lunes, 14 de agosto de 2023

Las referencias a la fe en el CIC83: A propósito del c. 205 (3/7) Cc. que aluden a la “fe divina y católica”, a la fe en Cristo y a la acción del Espíritu Santo en ella Cc. que relacionan la fe con la liturgia en general y en particular con los sacramentos y con los sacramentales

 

Las referencias a la fe en el CIC83
(texto revisado con las actualizaciones pontificias – 2023 –):
A propósito del c. 205

 

 

 


III. Cc. del CIC83 en los que se menciona la fe (Continuación 3/7)


Viene de https://teologocanonista2016.blogspot.com/2023/08/las-referencias-la-fe-en-el-cic83.html

ii. Cánones que aluden a la “fe divina y católica”, a la fe en Cristo y a la acción del Espíritu Santo en ella
iii. Cánones que relacionan la fe con la liturgia en general y en particular con los sacramentos y con los sacramentales



    ii.          Cánones que aluden a la “fe divina y católica”, a la fe en Cristo y a la acción del Espíritu Santo en ella

 

Habiendo observado de qué manera aparece la fe en el CIC83 como un acto eminentemente “personal”, sus características y las consecuencias que de ello derivan para la Iglesia en su conjunto y para cada uno de los fieles cristianos, pasamos ahora a examinar la fe desde el punto de vista “objetivo”, si así lo podemos llamar, por cuanto al fiel cristiano no se le puede exigir tener una experiencia sólo o prevalentemente “mística” de la fe, sino, acorde con su condición humana integral, esto es, de buscador de la verdad (gradual, por vestigios), incluso en lo relacionado con Dios y con su Iglesia, como establece el c. 748 § 1 (https://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/04/l.html):

 

·       748 § 1: “Todos los hombres están obligados a buscar la verdad en aquello que se refiere a Dios y a su Iglesia y, una vez conocida, tienen, por ley divina, el deber y el derecho de abrazarla y observarla”.

 

El c. 750 en su primer parágrafo (https://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/04/l.html) establece, por su parte, de qué se trata esta experiencia “en la fe divina y católica” de la que públicamente se le pide confesión y profesión en el seno de la comunidad eclesial:

 

·       750 § 1. Se ha de creer con fe divina y católica todo aquello que se contiene en la palabra de Dios escrita o transmitida por tradición, es decir, en el único depósito de la fe encomendado a la Iglesia, y que además es propuesto como revelado por Dios, ya sea por el magisterio solemne de la Iglesia, ya por su magisterio ordinario y universal, que se manifiesta en la común adhesión de los fieles bajo la guía del sagrado magisterio; por tanto, todos están obligados a evitar cualquier doctrina contraria”.

 

“Todo aquello”, afirma el c. Se refiere en general, por supuesto, a la Verdad de Dios y de su Iglesia, pero también a las “verdades” particulares que conforman el “depósito de la fe”, y sólo a ellas ( Denzinger, Heinrich - Schönmetzer, Adolfus , 1967 , págs. 851-853).

 

De “fe divina” quiere decir que tales verdades se soportan y encuentran en la Revelación misma de Dios, tal como ella ha sido recibida y consignada en sus textos: la Biblia, principalmente, y la Tradición viva. Son los denominados “dogmas de la fe” cristiana que, sin embargo, pueden ser “accesibles a la razón humana” (DV 6; 7-8).

 

De “fe católica” significa la respuesta que el “magisterio infalible de la Iglesia” da a dicha Revelación cuando establece que una verdad de la fe ciertamente forma parte de dicha Revelación, y se lo sabe debido a dicha infalibilidad.

 

Por supuesto, en el caso del cristianismo, la Revelación se centra en Jesucristo, en quien ella culmina (cf. DV 4; la Tradición la ha denominado por eso “economía cristiana”[1] y “alianza nueva y definitiva”, cf. (Juan Pablo II, 2023) n. 1066):

 

“En el Símbolo de la fe, la Iglesia confiesa el misterio de la Santísima Trinidad y su "designio benevolente" (Ef 1,9) sobre toda la creación: El Padre realiza el "misterio de su voluntad" dando a su Hijo Amado y al Espíritu Santo para la salvación del mundo y para la gloria de su Nombre. Tal es el Misterio de Cristo (cf. Ef 3,4), revelado y realizado en la historia según un plan, una "disposición" sabiamente ordenada que san Pablo llama "la Economía del Misterio" (Ef 3,9) y que la tradición patrística llamará "la Economía del Verbo encarnado" o "la Economía de la salvación".

 

De otra parte, es necesario considerar la relación que existe entre el Espíritu Santo y la vida cristiana, que es vida de fe, y entre el Espíritu Santo y la liturgia en particular. Se trata de una riqueza tal que ha sido bellamente expresada desde los inicios de la Iglesia en las invocaciones que se hacen de Él.

 

Ante todo, es necesario destacar que, gracias a la “asistencia” del Espíritu Santo (cf. c. 747), se conserva en la Iglesia la Revelación transmitida por los Apóstoles para ser expuesta, también con la asistencia del Espíritu, a las nuevas generaciones y a todos los pueblos (DS 3070; 3074; 3116).

 

Se ha de observar así mismo que la fe cristiana (“divina y católica”) es inspirada exclusivamente por el Santo Espíritu de Dios (cf. DS 780: 904; 1530), y es a esa inspiración a la que los fieles cristianos responden cuando piden su ingreso en la Iglesia y confirman con su adhesión personal y diligente durante el resto de su vida. Este elemento de “correspondencia” a la acción del Espíritu Santo por parte de los fieles es afirmada por el c. 206 § 1 cuando se refiere, precisamente, a los catecúmenos:

 

·       Can. 206 § 1: " Spiritu Sancto movente": “movidos por el Espíritu Santo.

 

Así pues, esta acción divina es un absoluto regalo de Dios (DS 443; 824; 3010; 3035). Observemos, sin embargo, el alcance de la expresión y su utilidad, dado que en el CIC83 no aparece la expresión “sensus fidei[2].

 

El Espíritu Santo, en efecto, así como lo hizo en Jesús, proporciona al creyente un “nuevo” sentido, una nueva capacidad, un nuevo “órgano” para captar los discretos, a veces sutiles, “estímulos” que provienen de las obras de Dios (minerales, vegetales, animales y, en especial, de aquellas que se encuentran en el mismo ser humano), como ocurre con el “tiempo”  (los “signos de los tiempos”[3],  a los cuales Jesús contraponía los “signos del cielo”, los milagros: cf. Mt 16,2-4) y que, en la tradición de la Iglesia y por parte de los teólogos, ha sido denominado “el sentido de la fe”.

 

Así, sin perder la “gloriosa” y santa “libertad de los hijos de Dios” (cf. Jn  8,31-36; Ga 3,13.28; Rm 8,2.21), y, todo lo contrario, para asegurarla, este “sentido” o “instinto” guía a los fieles cristianos hacia Dios: (1º) no sólo para que se mantengan en la profesión de la fe que enseña el Magisterio[4], sino para que, bajo ese mismo Magisterio (DS 125; 2020; 2390; 2875-2880; 3020; 3625; 3884s) y sobre todo ante los nuevos problemas (morales, en particular) que permanentemente se plantean en el mundo y en la sociedad[5], (2º) en ejercicio de esa “capacidad intuitiva” “conserven las verdades teológicas y las conclusiones ciertas que se han mantenido comunes y constantes” (DS 2880) en el pueblo de Dios a lo largo de los siglos[6] – con (y aprovechando también) los presupuestos filosóficos y de otra índole[7], eventualmente, sobre los que necesariamente reposan dichas verdades y conclusiones (cf. DS 2860; 2865; 2910; 3018; cf. c. 750 § 2) –.

 

Así, pues, cuando nos referimos al “sentido de la fe” debemos entender que este existe en los fieles cristianos con una doble finalidad, con un doble propósito, y con una doble actuación. Y el Magisterio, los teólogos y los canonistas aseguran que “no se equivoca” (“infalible «in credendo»”: cf. c. 750 §§ 1 y 2) el conjunto del pueblo de Dios cuando (es decir, tanto en uno como en otro caso), gracias al “Espíritu de verdad”, se mantiene en esta fe y cuando cultiva esta fe que tiene sus raíces en los Apóstoles[8]. Así lo ha descrito y reafirmado el S. P. Francisco al comentar el n. 12 de la LG, su fuente más cercana:

 

“En todos los bautizados, desde el primero hasta el último, actúa la fuerza santificadora del Espíritu que impulsa a evangelizar. El Pueblo de Dios es santo por esta unción que lo hace infalible «in credendo». Esto significa que cuando cree no se equivoca, aunque no encuentre palabras para explicar su fe. El Espíritu lo guía en la verdad y lo conduce a la salvación. Como parte de su misterio de amor hacia la humanidad, Dios dota a la totalidad de los fieles de un instinto de la fe —el sensus fidei— que los ayuda a discernir lo que viene realmente de Dios. La presencia del Espíritu otorga a los cristianos una cierta connaturalidad con las realidades divinas y una sabiduría que les permite captarlas intuitivamente, aunque no tengan el instrumental adecuado para expresarlas con precisión”[9].

 

Esto, por una parte. De otra – y ahora en relación ya no sobre todo al entendimiento cuanto a la voluntad – se ha de tener en cuenta que, el mismo S. P. Francisco, p. ej., continuando y actualizando también en esto la Tradición, ha subrayado – en tres tiempos (y sentimientos) – de qué manera se expresa esta relación entre el Espíritu Santo y la vida cristiana en su conjunto y en su cotidianidad, como ha existido y continúa existiendo a partir de la solemne “presentación en sociedad” de la Iglesia el día de Pentecostés:

 

En un primer momento destaca la condición natural humana del “miedo” (aprehensión, desconfianza, temor) ante un peligro eventual y probable de juicio y/o de muerte que pudiera llegar a sobrevenirles a los “discípulos de Jesús” y como a Él, por lo cual deciden encerrarse[10]:

 

Al atardecer de ese mismo día, el primero de la semana, estando cerradas las puertas del lugar donde se encontraban los discípulos, por temor a los judíos, llegó Jesús y poniéndose en medio de ellos, les dijo: «¡La paz esté con ustedes!»” (Jn 20,19).

 



En un segundo momento, tras la ascensión, se puede advertir que esa situación humana de encerramiento y miedo no cambia (cf. He 1,13), pero, en virtud de la promesa que les ha hecho Jesús y de “sus instrucciones” (He 1,2.4.8), el grupo – esto es: “Pedro, Juan, Santiago, Andrés, Felipe y Tomás, Bartolomé, Mateo, Santiago, hijo de Alfeo, Simón el Zelote y Judas, hijo de Santiago… en compañía de algunas mujeres, de María, la madre de Jesús, y de sus hermanos... alrededor de ciento veinte personas”: He 1,15 – asume una actitud nueva: orar juntos (“íntimamente unidos”), a fin de que la promesa se cumpla (cf. He 1,14).



En un tercer momento, estando “reunidos” en las mismas condiciones (“encerramiento-miedo”-“oración de súplica”) “todos”, a saber, los Apóstoles y demás discípulos, ocurre la manifestación y efusión del Espíritu Santo en Pentecostés. A partir de ese momento, Pedro y los demás dan comienzo, con valor y decisión, a la misión pública de testimoniar al Resucitado que Él mismo les ha encomendado (He 2,2-36). Ha ocurrido en ellos un cambio procesual pero radical. El miedo, seguramente, todavía sigue existiendo; pero es vencido por el amor, es dominado por la acción enérgica y “balsámica” del Espíritu en los discípulos.



Así se ha expresado el Santo Padre, en texto completo que transcribo por su oportunidad:

 

“Queridos hermanos y hermanas, ¡buenos días!

Hoy, solemnidad de Pentecostés, el Evangelio nos lleva al Cenáculo, donde los apóstoles se habían refugiado tras la muerte de Jesús (Jn 20,19-23). El Resucitado, en la tarde de Pascua, se presenta precisamente en aquella situación de miedo y angustia y, soplando sobre ellos, les dice: “Reciban el Espíritu Santo” (v. 22). Así, con el don del Espíritu, Jesús quiere liberar a los discípulos del miedo, de ese miedo que los mantiene encerrados en sus casas, y los libera para que puedan salir y convertirse en testigos y anunciadores del Evangelio. Detengámonos un poco sobre esto que hace el Espíritu: libera del miedo.

Los discípulos habían cerrado las puertas, dice el Evangelio, “por miedo” (v. 19). La muerte de Jesús les había desanimado, sus sueños se habían hecho añicos, sus esperanzas se habían desvanecido. Y se habían encerrado. No solo en aquella pequeña habitación, sino en su interior, en su corazón. Quisiera subrayar esto: encerrados. ¿Cuántas veces nos encerramos en nosotros mismos? ¿Cuántas veces, por alguna situación difícil, por algún problema personal o familiar, por el sufrimiento que padecemos o por el mal que respiramos a nuestro alrededor, corremos el riesgo de caer poco a poco en la pérdida de la esperanza y nos falta el valor para seguir adelante? Muchas veces sucede esto. Entonces, como los apóstoles, nos encerramos en nosotros mismos, atrincherándonos en el laberinto de las preocupaciones.

Hermanos y hermanas, este “encerrarnos en nosotros mismos” sucede cuando, en las situaciones más difíciles, permitimos que el miedo tome el control y levante la voz dentro de nosotros. Cuando entra el miedo, nosotros nos cerramos. La causa, entonces, es el miedo: miedo a no ser capaces de enfrentar algo, a estar solos ante las batallas cotidianas, a arriesgarse y luego decepcionarse, a tomar decisiones equivocadas. Hermanos, hermanas, el miedo bloquea, el miedo paraliza. Y también aísla: pensemos en el miedo hacia el otro, al extranjero, al diferente, al que piensa distinto. E incluso puede haber miedo a Dios: miedo a que me castigue, a que se enfade conmigo... Si damos espacio a estos falsos miedos, se cierran las puertas: las puertas del corazón, las puertas de la sociedad, ¡e incluso las puertas de la Iglesia! Donde hay miedo, hay cerrazón. Y eso no está bien.

El Evangelio, sin embargo, nos ofrece el remedio del Resucitado: el Espíritu Santo. Él libera de las prisiones del miedo. Al recibir el Espíritu —lo celebramos hoy—, los apóstoles abandonan el Cenáculo y salen al mundo para perdonar los pecados y proclamar la Buena Nueva. Gracias a Él, se vencen los miedos y se abren las puertas. Porque esto es lo que hace el Espíritu: nos hace sentir la cercanía de Dios y así su amor echa fuera el temor, ilumina el camino, consuela, sostiene en la adversidad. Ante los temores y las cerrazones invoquemos al Espíritu Santo para nosotros, para la Iglesia y para el mundo entero: para que un nuevo Pentecostés ahuyente los miedos que nos asaltan y reavive el fuego del amor de Dios.

Que María Santísima, la primera que fue colmada del Espíritu Santo, interceda por nosotros.”[11]

 

Así, pues, al misterio redentor de Cristo, a la inagotable acción vivificante del Espíritu, a su gracia y a los dones que se nos ofrecen, a la mujer y al hombre creyentes pertenece hacer una libre y sincera “correspondencia”. Esta correspondencia ha sido denominada también, figuradamente, “asimilación” y “apropiación subjetiva” de la salvación y de la santificación. Una acción y un efecto que, por cierto, no se dan sólo en un cierto momento, ni, inclusive, de un día para otro, sobre todo en su plenitud[12], sino tras un esfuerzo ojalá constante (es decir, a pesar de sus limitaciones, caídas y retrocesos) de respuesta y correspondencia al Amor de Dios (cf. 1 Jn 4,8) que en su Hijo y en el Espíritu se nos ha revelado. Ya lo expresaba santa Teresita del Niño Jesús en sus dichos, así como en dos de sus Cartas:

 

“¡Oh Jesús! Sé muy bien que el amor con amor se paga. Por eso busqué y hallé el modo de desahogar mi corazón devolviéndote amor por amor”[13].

“Me duele mucho recibir siempre y nunca dar”: Carta 216 de Santa Teresita a la Madre Inés (9 de enero de 1897); y

“el Señor parece no querer concederme otro martirio que el del amor”: Carta 224 al padre Bellière (25 de abril de 1897)[14].

 

 

 

 

 

 

      iii.          Cánones que relacionan la fe con la liturgia en general y en particular con los sacramentos y con los sacramentales

 

Gracias a nuestra condición corpórea es posible manifestar y hacer visibles, audibles tangibles, olfativos y verbales no sólo nuestros pensamientos, afectos, deseos, decisiones y acciones más interiores (con emoción y conmoción), sino establecer también nuestras relaciones sociales y las expresiones culturales individuales. Más aún, ello se requiere para establecer conformar una pareja humana, una familia, un barrio, una ciudad, un departamento o provincia, una nación, un Estado, la comunidad internacional, un equipo, una sociedad, una empresa, una organización, etc.

 

De igual manera, sacramental, la existencia cristiana con todos sus componentes (carácter sacerdotal, profético y real, la donación de la gracia y nuestra correspondencia al amor, nuestra libertad cristiana, etc.) tiene una expresión en la vida personal individual pero también en la vida social, y la requiere, sobre todo en el culto. Esta vida social eclesial, entre otros aspectos característicos, es también regulada por sus normas (el CIC y todas las leyes eclesiásticas).

 

Existe, ante todo, como hemos dicho, una relación entre el Espíritu Santo y la vida cristiana que se efectúa de modo muy particular en la liturgia, en los sacramentos, especialmente en la Eucaristía y en la Plegaria eucarística que la ofrece. De ello eran muy conscientes las comunidades cristianas de los primeros siglos. Así lo encontramos en la fórmula muy breve, del siglo III, que refiere la Traditio apostólica[15] (atribuida a san Hipólito de Roma – 170-236 –):

 

“(…) Al hacer memoria. pues, de su muerte y resurrección, te ofrecemos este pan y este cáliz, dándote gracias porque nos hiciste dignos de estar en su presencia y servirte. y te pedimos que envíes tu Espíritu Santo sobre la oblación de tu santa Iglesia. Congregándolos en la unidad, llena con el Espíritu Santo a cuantos participan de las cosas santas, para confirmar su fe en la verdad, a fin de que te alabemos y glorifiquemos por tu Hijo Jesucristo, por quien te sea dada la gloria y el honor, con el Espíritu Santo, en tu santa Iglesia, ahora y por los siglos de los siglos. Amén.” (Texto tomado de Phase 75 junio 2006 27, en (consulta del 31 de mayo de 2023): http://rnavarro.info/Liturgia_-_ITSF_%22San_Fulgencio%22_(Murcia)/LE_Tema_1_files/DOC%203%20-%20Traditio%20Apostolica.pdf

 

Este rasgo característico se encuentra también en el canon romano[i], creación del Papa San Gregorio Magno (540-604), que ha llegado prácticamente inmodificada hasta nosotros.

 

Se trata entonces de un fundamental principio teológico que, ex professo, ha querido ser conservado en todas las plegarias eucarísticas elaboradas a raíz de la reforma conciliar (Vaticano II) – y que es destacado en forma explícita, del mismo modo, en los demás sacramentos; aunque no es este, por supuesto, el lugar para mostrarlo –. Por eso, siendo la Eucaristía “fuente y culmen de toda la vida cristiana” (LG 11), necesariamente debería tener un impacto consciente y eficaz sobre la vida de cada una de las comunidades y de sus miembros (parroquias, diócesis, movimientos, asociaciones, etc.: todas ellas expresión viva y operante de la Iglesia), inclusive – y especialmente en nuestras condiciones sociopolíticas y eclesiales actuales – urgiendo a cada cual a poner al servicio de los demás sus “bienes propios” (cf. c. 222 § 2), “lo que soy y lo que tengo” (dones y capacidades intelectuales, materiales, etc.), para que “ninguno pase necesidad” (He 2,42), así como “promoviendo la participación de los laicos en las responsabilidades pastorales”[16].

Así sucede también en el calendario litúrgico[17] que se ha conformado y reformado, para el que, v. gr., con motivo de la solemnidad de Pentecostés, se creó la Secuencia Veni Sancte Spiritus[18], texto que posee quizás ya más de ocho siglos de existencia.

 

Ahora bien, el CIC83 recoge en unos pocos cc. los grandes principios que recién hemos resaltado. Indiquemos algunos de ellos:

 

En los cc. mismos introductorios del Libro II sobre el pueblo de Dios nos refiere a la naturaleza e identidad de la Iglesia: ella posee una condición “visible”, es decir, “sujeta al espacio y al tiempo”, pero este es sólo un aspecto de su realidad, y no el más importante, por cuanto el principal e insustituible consiste en que ella está “unida a Cristo”: es decir, ella se comprende a sí misma como una realidad divina y al mismo tiempo humana, que se expresa “mediante los vínculos de la profesión de la fe, de los sacramentos y del régimen eclesiástico”:

 

· C. 205: "in eius compage visibili cum Christo iunguntur, vinculis nempe professionis fidei, sacramentorum et ecclesiastici regiminis": “se unen a Cristo dentro de la estructura visible de aquélla, es decir, por los vínculos de la profesión de fe, de los sacramentos y del régimen eclesiástico”.

 

Como se ve, el c. expresa el carácter y el sentido mismo de la sacramentalidad de la Iglesia y en la Iglesia. Más adelante – y nos hemos referido ya, por su importancia, al c. 840 del Libro IV en párrafos anteriores – se nos ofrece sintéticamente la noción de “sacramento”, el efecto que este tiene, y el modo como él se expresa:

 

·

C. 840: “Sacramenta Novi Testamenti, a Christo Domino instituta et Ecclesiae concredita, utpote actiones Christi et Ecclesiae, signa exstant ac media quibus fides exprimitur et roboratur, cultus Deo redditur et hominum sanctificatio efficitur...”: “Los sacramentos del Nuevo Testamento, instituidos por Cristo Nuestro Señor y encomendados a la Iglesia, en cuanto que son acciones de Cristo y de la Iglesia, son signos y medios con los que se expresa y fortalece la fe, se rinde culto a Dios y se realiza la santificación de los hombres (…)”.

 

El autor de los sacramentos del Nuevo Testamento es Jesucristo y los ha confiado a la Iglesia; son acciones simultáneamente de Cristo y de la Iglesia; son actos de culto a Dios y, al mismo tiempo, obran en las personas la santificación: todo ello a través de “signos”, es decir, de “medios por los cuales se expresa la fe y se robustece la fe”.

Sin duda, de la Iglesia en su globalidad, así como en su singularidad, se puede aplicar el carácter “personal” y “sacramental”, que hemos resaltado, pero que poseen también las normas del CIC al exigir que todas sus actuaciones se realicen de manera consciente, libre y responsable, y, ciertamente, no sólo cuando se trata de efectuar las acciones sacramentales.

 

Insiste, en efecto, como lo hacía el Libro II, que se obre con esta conciencia y cumpliendo las normas canónicas al asumir las tareas inherentes a los ministerios, sobre todo aquellas que se refieren, p. ej., a la vida y a la actividad parroquial:

· Can. 542 "Sacerdotes quibus in solidum: (…) 3° curam pastoralem obtinent tantum a momento captae possessionis; eorundem moderator in possessionem mittitur ad normam praescriptorum can. 527, § 2; (…) locum tenet captae possessionis”: “Los sacerdotes a los que, de acuerdo con el c. 517 § 1, se encomienda solidariamente la cura pastoral de una o varias parroquias: (…) 3º se hacen cargo de la cura pastoral sólo a partir del momento en que toman posesión; a su moderador se otorga la toma de posesión según las prescripciones del c. 527 § 2 y, para los demás sacerdotes, la profesión de fe legítimamente emitida hace las veces de la toma de posesión”.

De igual manera, este mismo carácter personal y sacramental se exige (Libro III) a todos aquellos que deben asistir, por derecho propio o por convocación legítima, a alguna expresión de la sinodalidad de la Iglesia – a cualquier nivel, sea con voz y voto, o no –, y cuando se asumen tareas pastorales, sobre todo si llevan consigo la misión de la enseñanza y la investigación de la doctrina:

 

·       C. 833: “(Tienen obligación de) emittendi personaliter professionem fidei”: “Tienen obligación de emitir personalmente la profesión de fe”.

 

Y, finalmente, al referirse al crecimiento en la santidad (Libro IV), se nos pone de presente que cada día deberíamos ser más conscientes de lo que se realiza en el culto cristiano de tal manera que nuestra participación personal en él – y no sólo “a control remoto” o “desde la distancia” o empleando algún medio radial, televisivo, etc. – sea siempre más “plena, activa y comunitaria”, por cuanto, nuestro título de “Christifideles” se ejerce, precisamente, en él:

 

·       C. 836: “(…) in quo sacerdotium commune christifidelium exercetur”: “(…) en el que se ejerce el sacerdocio común de los fieles (…)”.

 

Ya en particular, la fe cristiana es exigida para la realización de las diferentes celebraciones litúrgicas y “paralitúrgicas”[ii], y, especialmente, por parte de quienes en ellas deben desempeñar algún oficio o ministerio, y entre ellas (Libro IV):



· C. 767 § 1: “Inter praedicationis formas eminet homilia, quae est pars ipsius liturgiae et (…) reservatur; in eadem per anni liturgici cursum (…)”: “Entre las formas de predicación destaca la homilía, que es parte de la misma liturgia y está reservada al sacerdote o al diácono; a lo largo del año litúrgico…”: La norma del c. es clara y razonable: no sería lógico que el predicador de la palabra de Dios, y, más aún, el homileta, no fueran una persona de fe. Es una norma general que abarca, por supuesto, a los ministros ordenados, pero también a todos los religiosos y laicos que efectúan esta misión en un momento determinado.



· C. 787 § 2: “Curent ut quos (…) aestiment paratos, (…) libere id petentes ita quidem ut ipsi ad baptismum recipiendum”: “Cuiden (…) a quienes consideren preparados (…) pidiéndolo ellos libremente, puedan ser admitidos a la recepción del bautismo”: La participación personal, libre y al mismo tiempo gozosa en la liturgia y en las demás celebraciones de la fe – que se efectuarán en diversos momentos del proceso, y de manera especialísima en la celebración de su bautismo - es una clara manifestación, por parte de la Iglesia, de su afecto hacia quienes han pedido su ingreso en la comunidad cristiana al dotarlos de unos rituales llenos de signos que evocan y manifiestan esta fe, esta alegría y esta libertad; y por parte del catecúmeno, de su aceptación del don de la fe. De ahí que la norma, en su exigencia, se haga eco de esta realidad, que, además, preceptúa el c. 788 § 1: “liturgicis caeremoniis admittantur ad catechumenatum”.



· C. 836: “Cum cultus christianus, (…) opus sit quod a fide procedit et eadem innititur”: “Siendo el culto cristiano, (…), una obra que procede de la fe y en ella se apoya (…)”: La norma encierra un contenido teológico de máxima importancia, y sus repercusiones en la liturgia y en el Derecho canónico son, por supuesto, muy significativas. Ya hemos tratado sobre el culto cristiano, ahora el texto insiste en que éste proviene de la fe y sólo en ella se lo comprende, ya que en ella hunde sus raíces. El concepto de opus igualmente es interesante, por cuanto se refiere a una “obra”, es decir, a una “composición” y a una “producción” (con todos sus tonos o sus “esfumaturas”), en la que está involucrado plenamente el sujeto, el artista, el actor, el fiel cristiano.



· C. 865 § 2: “Adultus, qui in periculo mortis versatur, quovis modo intentionem suam baptismum recipiendi manifestaverit et promittat se christianae religionis mandata esse servaturum baptizari potest si, (…)”: “Puede ser bautizado un adulto que se encuentre en peligro de muerte si, (…) manifiesta de cualquier modo su intención de recibir el bautismo y promete que observará los mandamientos de la religión cristiana”: La manifestación de la voluntad de querer ser bautizado debe ser efectuada por el adulto en peligro de muerte, pero, como hemos dicho, forma parte sustancial de esa decisión, el haber sido tomada por razones de fe (aquí expresada por la enunciación “christianae religionis mandata”, equivalente, y de importante significado canónico), no por otras motivaciones.



· C. 874 § 1: “(...) confirmatus et sanctissimum Eucharistiae sacramentum iam receperit”: “3 sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el santísimo sacramento de la Eucaristía”: Ninguno puede dar lo que no tiene: ello se refiere, y el c. así lo sanciona en el caso, a quien va a desempeñar el oficio de padrino en los sacramentos de la iniciación: debe haberlos recibido ya.



· C. 879: “Sacramentum confirmationis, iter initiationis christianae prosequentes”: “El sacramento de la confirmación (…) por el que los bautizados, avanzando por el camino de la iniciación cristiana”: el camino de la iniciación cristiana, cuya importancia y significado para la fe hemos destacado en otros momentos, es proseguido, en su analogía, por el sacramento de la confirmación.



· C. 913 § 1: “pueris, ut ipsi sufficienti cognitione (...) et Corpus Domini cum fide et devotione sumere valeant”: “(…) a los niños, se requiere que tengan suficiente conocimiento (…), y puedan recibir el Cuerpo del Señor con fe y devoción”: La comunión eucarística, término de la iniciación cristiana, debe ser recibida por los niños que se han preparado suficientemente para hacerla. E insiste en que dicha preparación no se reduce al solo conocimiento o información acerca de ella, sino, precisamente, al discernimiento realizado por ellos de que se trata, no de otra cosa sino del Cuerpo y Sangre del Señor, que se nos da como alimento, y el cual se debe “comulgar con fe y devoción”.



· C. 1029: “Ad ordines ii soli promoveantur (…)”: “Sólo deben ser ordenados aquellos (…) tienen una fe íntegra (…)”: Uno de los factores que deben estar presentes, a manera de requisito obligatorio, en los candidatos a las Órdenes sagradas, es, precisamente, el de la fe debidamente atestiguada.



· C. 1071 § 1: “quis assistat: (...) 4° matrimonio”: “Excepto en caso de necesidad, nadie debe asistir sin licencia del Ordinario del lugar: (…) 4 al matrimonio de quien notoriamente hubiera abandonado la fe católica (…)”: Algo similar preceptúa el c. al señalar la atención pastoral de quienes efectuarán la celebración de su matrimonio. En casos muy frecuentes ocurre que uno de ellos, o ambos, han llevado una vida de cierto alejamiento y frialdad en relación con la práctica sacramental de su fe, o, inclusive, puede ocurrir que ésta misma se encuentre debilitada, o en crisis, cuando no adormilada por completo. Entonces una nueva especie de “catecumenado” o de “revisión de vida” o de “ejercicios espirituales” podría ser no sólo conveniente, sino imprescindible, por supuesto, contando con la buena voluntad y disposición que han manifestado los solicitantes. A veces, por el contrario, es tanta su premura, que, a duras penas queda espacio para lo mínimo e indispensable. En tal caso, también quien asiste al Matrimonio no debería dejar pasar la ocasión para invitar a una renovación de la fe y a proponer un seguimiento del Señor “revitalizado” y congruente con el bautismo.



· C. 1184 § 1 : “Exequiis ecclesiasticis”: “(…) negar las exequias eclesiásticas (…)”: El c. se refiere y reitera el derecho, por supuesto, a la concesión de “exequias cristianas” a los fieles cristianos (es profundamente coherente con su fe); pero, por el contrario, la denegación de las mismas a quienes no mostraron arrepentimiento, durante su vida o al menos en el último momento, de situaciones muy concretas y “notorias” (patentes o manifiestas), que fueron o son atentatorias contra la fe cristiana y/o contra algún capítulo de la misma (el caso de la cremación del cadáver, v. gr.) y/o contra la comunión eclesial, cuyo elenco hace el resto del c. De acuerdo con la norma, a quienes estuvieron en esta última condición, se les debe negar también la “misa exequial” (c. 1185).


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Notas de pie de página

[1] (87) (Hernández Medina, 2009).

[2] (88) Como sí, según anotábamos previamente, en relación con, con el “sentido genuino de la penitencia” (c. 1252), y con el “sentido más perfecto de la responsabilidad” (c. 795).

[3] (89) Volveremos a mencionarlos más adelante al tratar sobre la “esperanza”, a propósito del c. 868 § 1, 2º, en III, vi, 1º) Virtudes teologales. Sin embargo, la exposición sobre el tema puede verse completa en mi tesis doctoral en teología (Mejía Álvarez, El anuncio, acogida, estudio y seguimiento de Jesucristo en el ámbito de una universidad católica, 2017), Cap. IV, I.6.d.1)c), n. 15 “los signos de los tiempos” y sus efectos morales y jurídicos, en: https://teologo-
canonista2017.blogspot.com/2017/04/capitulo-iv-continuacion-i6b-d.html; con la nt 34, en: 
https://teologo-canonista2017.blogspot.com/2017/04/capitulo-iv-continuacion-i-5.html

[4] (90) Se refiere san Agustín, en primer término, al tesoro que son los Libros de la Sagrada Escritura – en particular habla del libro de la Sabiduría que siempre empleó la Iglesia y lo consideró parte integral de la misma – y que se conserva en la Iglesia. A ellos, “desde los Obispos hasta los últimos fieles laicos” “deben oír con veneración” en razón de “la autoridad divina que en ellos reposa”: De praedestinatione sanctorum 14,27 en PL 44,980: https://books.google.com.co/books?id=63PYAAAAMAAJ&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false Pero, sin duda, su radio de acción se extiende legítimamente a todas esas “verdades y conclusiones” que se han ido desarrollando a partir de la Escritura, de la profesión y tradición de la fe apostólica, “bajo la dirección del Magisterio”.

[5] (91) Cf. GS 4 y 11. Cf. (Espinosa-Arce, 15/32 2016),
El S. P. Francisco lo ha reiterado en diversas ocasiones, como en su discurso a la Asociación Teológica Italiana, el 29 de diciembre de 2017: https://www.vatican.va/content/francesco/es/speeches/2017/december/documents/papa-francesco_20171229_associazione-teologica-italiana.html Y concretamente pidió profundizar en ello y actuar de acuerdo con ello a la Academia Alfonsiana, en su discurso del 23 de marzo de 2023: https://www.vatican.va/content/francesco/es/speeches/2023/march/documents/20230323-accademia-alfonsiana.html

[6] (92) ¿Acaso es equivalente al “sentir cristiano” o al “sentido cristiano” (“sensu christiano”) – tan amplio – que se encuentra en el c. 855?  O, ¿existe alguna relación entre ellos?: https://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/10/l.html). El c., como se recordará, es el resultado de la reforma hecha al c. 761* del CIC17.

Llamo la atención sobre el hecho de que, junto con el texto conciliar (1964), a este propósito se han de recordar, entre otros, dos pronunciamientos distantes uno del otro por un espacio de cuarenta años. Ellos, se refieren "al sentido de la fe" y directamente lo relacionan con la "infalibilidad" que posee el entero pueblo de Dios "en cuestiones relacionadas con la fe y las costumbres" por participación en la infalibilidad divina que ha recibido (cf. LG 12): el primero de ellos, la declaración Mysterium Ecclesiae del 24 de junio de 1973, expuesta por la S. C. para la Doctrina de la Fe, n. 2 (https://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_19730705_mysterium-ecclesiae_sp.html); el segundo, para citar sólo una de sus intervenciones al respecto, la exposición del S. P. Francisco en la exh. ap. Evangelii gaudium, "sobre el anuncio del Evangelio en el mundo actual", del 24 de noviembre de 2013 (https://www.vatican.va/content/francesco/es/apost_exhortations/documents/papa-francesco_esortazione-ap_20131124_evangelii-gaudium.html), en la que escribió y explicó:
"119. En todos los bautizados, desde el primero hasta el último, actúa la fuerza santificadora del Espíritu que impulsa a evangelizar. El Pueblo de Dios es santo por esta unción que lo hace infalible «in credendo». Esto significa que cuando cree no se equivoca, aunque no encuentre palabras para explicar su fe. El Espíritu lo guía en la verdad y lo conduce a la salvación[96]. Como parte de su misterio de amor hacia la humanidad, Dios dota a la totalidad de los fieles de un instinto de la fe —el sensus fidei— que los ayuda a discernir lo que viene realmente de Dios. La presencia del Espíritu otorga a los cristianos una cierta connaturalidad con las realidades divinas y una sabiduría que les permite captarlas intuitivamente, aunque no tengan el instrumental adecuado para expresarlas con precisión".

[7] (93) De ahí la importancia que adquiere en la “escuela católica” una formación que, a la par de ser de indudable calidad “científica” y “pedagógica” (cf. cc. 806 § 2; 804 § 2), sea estupenda también en su aspecto “humanístico”, en su componente “profesional y técnico y otro que se requiera por necesidades especiales” (cf. c. 802 § 2: https://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/06/l_20.html), y en cuanto comporte la “educación integral” de la persona (deporte, arte y demás componentes obligatorios, electivos y optativos).
Desde el punto de vista de los aspectos intelectuales vinculados con la fe debe hacerse cuanto sea posible para que estos lleguen a todo el pueblo de Dios mediante una catequesis progresiva y el ofrecimiento de estudios teológicos que implementen adecuadas pedagogías, se organicen convenientemente y se distribuyan pertinentemente a lo largo de todo el camino de la vida, en particular para responder a esos “momentos fuertes” que son los sacramentos (cf. c. 777, en: https://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/05/l.html).
Pero no sólo se refiere a esa formación general en la fe, sino también a la especializada, que debe ofrecerse a todos – y de lo cual dan muestra excelente los miembros de los institutos de vida consagrada y numerosas laicas y laicos –, pero de la que deben dar cabal muestra los que se preparan para el ministerio diaconal o para el ministerio sacerdotal. Existe, pues, una relación directa entre esta norma del c. 750 § 2 y la del c. 251, en el contexto de las prescripciones del Libro II, Parte I, Título III, Capítulo I, sobre la “formación de los clérigos” (cf. https://teologocanonista2016.blogspot.com/2018/03/l.html).
Dos apuntes más al respecto. Sobre la importancia del latín en esta formación, no puede olvidarse que el texto “oficial” de la Sagrada Escritura para la Iglesia es la “Vulgata” y que los textos de los concilios posteriores al siglo VIII están redactados y aprobados principalmente en la lengua latina, por lo cual, para comprenderlos adecuadamente – y poderlos explicar –, se requiere conocerla suficientemente.
Y, sobre la importancia de la filosofía (“metafísica” u “ontología”, etc.), es necesario recordar que esta se requiere no sólo, en el caso de los textos bíblicos, para reconocer los puntos comunes que se establecen entre la cultura hebrea y otras de la antigüedad, sino para establecer sus notables diferencias. Pero, más aún, sobre todo en orden a la comprensión del dogma cristiano, cuyas características lingüísticas y filosóficas son propias y peculiares, no sólo cuando se trata conocer las doctrinas establecidas en el primer milenio (Santísima Trinidad, Jesucristo, las imágenes religiosas), sino, incluso, las del segundo (en especial, Eucaristía, infalibilidad pontificia). Los textos del Concilio Vaticano II también fueron escritos en la que ha sido hasta el momento – salvo cada vez más numerosas excepciones – su “lengua oficial”, el latín.
Sobre la acogida actual del latín en Alemania – pero que, probablemente, también se le concede en otros países – puede verse el art. de (Breitenbach, 2023).

[8] (94) Así, creo, podemos distinguir en este “conjunto” (“cualitativo” de “verdades pertenecientes al depósito de la fe”) un grupo de ellas que ha recibido una sanción o calificación de “infalibilidad” por parte del Magisterio del Santo Padre y del Colegio de los Obispos (con lo cual, expresamente señala el CIC, se restringe notablemente el ámbito de tales verdades “de fe divina y católica”), y otro grupo que no la ha recibido y que (probablemente: habría que irlas evidenciando) sin embargo también conforman el ámbito de lo que pertenece a dicho depósito pero sólo como “infalibles in credendo”, y así han permanecido a través de los siglos.

[9] (95) Cf. (Francisco, Exhortación apostólica 'Evangelii gaudium' a los Obispos, a los presbíteros y diáconos, a las personas consagradas y a los fieles laicos sobre el anuncio del Evangelio en el mundo actual, 24 de noviembre de 2013) n. 119.

[10] (96) Otras manifestaciones análogas también se pueden experimentar, como lo afirma la secuencia de Pentecostés: “(…) Mira el vacío del alma si tú le faltas por dentro. Mira el poder del pecado cuando no envías tu aliento. Riega la tierra en sequía…”

[12] (98) No por parte de Dios, ciertamente, pero sí subjetivamente, ya que ninguno, en realidad, en esta vida, puede considerarse definitivamente justificado y salvado: en el misterio de nuestra libertad (afectada por “nuestros sentimientos o nuestras obras”) podríamos en cualquier momento rechazarla: cf. Concilio de Trento: DS 1533-34; (Catecismo de la Iglesia Católica) n. 2005).

El S. P. Francisco ha querido, en las actuales circunstancias de la Iglesia y del mundo, volver a proponer la actualidad y la necesidad del carisma y del mensaje que tiene el testimonio de Santa Teresita del Niño Jesús y de la Santa Faz a ciento cincuenta años de su nacimiento, mediante la exh. ap. C’est la confiance sobre la confianza en el amor misericordioso de Dios. Véase en: https://www.vatican.va/content/francesco/es/apost_exhortations/documents/20231015-santateresa-delbambinogesu.html
De igual manera, era esa la enseñanza de san Juan de la Cruz: “El amor sólo con amor se paga, las heridas de amor sólo con amor se pueden curar” (https://akifrases.com/autor/juan-de-la-cruz).

[14] (100) En: http://www.clerus.org/bibliaclerusonline/es/h5r.htm

[15] (101) Al parecer, la mejor reconstrucción textual en latín se debe a Bernard Botte (Botte, 1963); pero se asegura que la mejor traducción y comentario es el de Paul F. Bradshaw, Maxwell E. Johnson y L. Edward Phillips (Bradshaw, 2023).

[16] (102) Cf. Sínodo de los Obispos de 1987 (Propositio 11) y Juan Pablo II: Exhortación Apostólica
Post-Sinodal Christifideles Laici sobre la vocación y misión de los laicos en la Iglesia y en el mundo, n. 26d, en:
https://www.vatican.va/content/john-paul-ii/es/apost_exhortations/documents/hf_jp-ii_exh_30121988_christifideles-laici.html#_ftnref99

[17] (103) Véanse el m. p. Mysterii Paschalis, de san Pablo VI, del 14 de febrero de 1969, y su implementación mediante las “Normas universales sobre el año litúrgico y el calendario”, en: https://liturgiapapal.org/attachments/article/563/Nuevas%20Normas%20Universales%20Calendario.pdf

[18] (104) Cf. la versión que invitamos a escuchar interpretada por el Coro de Monjes del Monasterio de Silos (Anónimo). Agradecemos a los productores y proveedores de esta grabación.




Notas finales

[i] (xxix) Mencionemos estas frases: en Pentecostés: “Communicántes, et diem sacratíssimum Pentecóstes celebrántes, quo Spíritus Sanctus Apóstolis in ígneis linguis appáruit” (“Reunidos en comunión con toda la Iglesia para celebrar el día de Pentecostés, en que el Espíritu Santo se manifestó a los apóstoles en lenguas de fuego”); desde la Vigilia pascual hasta el segundo Domingo de Pascua y en los bautismos: “Hanc ígitur oblatiónem servitútis nostrae, sed et cunctae famíliae tuae, quam tibi offérimus pro his quoque, quos regeneráre dignátus es ex aqua et Spíritu Sancto, tríbuens eis remissiónem ómnium peccatórum” (“por aquellos que has hecho renacer del agua y del Espíritu Santo perdonándoles todos sus pecados ordena en tu paz nuestros días”); en las confirmaciones: “que hoy te ofrecemos especialmente por N. y N. (aquellos) que, renacidos en el bautismo, han sido confirmados hoy por el don del Espíritu Santo; recíbela en tu bondad y conserva en tus hijos el don que les has dado”; durante la Plegaria, en la epíclesis, con las manos extendidas sobre las ofrendas, el sacerdote celebrante dice: “Quam oblatiónem tu, Deus, in ómnibus, quaesumus, benedíctam, adscríptam, ratam, rationábilem, acceptabilémque fácere dignéris: ut nobis Corpus et Sanguis fiat dilectíssimi Fílii tui, Dómini nostri Iesu Christi”; y en la doxología, al final de la Plegaria, se afirma mientras se elevan un poco el Pan y el Cáliz: “Per ipsum, et cum ipso, et in ipso, est tibi Deo Patri omnipoténti, in unitáte Spíritus Sancti, omnis honor et glória per ómnia saecula saeculórum.”

[ii] (xxx) “La palabra paraliturgia no está en el Diccionario” de la lengua española, actualización 2022 (consulta del 8 de junio de 2023, en: https://dle.rae.es/paraliturgia). Por el contrario, sí se encuentra en él la definición de liturgia (https://dle.rae.es/liturgia).

No es empleada tampoco ni por el (Catecismo de la Iglesia Católica (11 de octubre de 1992. 15 de agosto de 1997)) ni por el CIC. Pero sí se ha hecho muy popular para referirse a las diversas maneras (muchas veces no existen parámetros para su ejecución) como se puede llevar a cabo una “celebración de la palabra”, en muchos casos sin la presidencia de un ministro ordenado (o, inclusive, sin la necesidad de que los participantes se encuentren presentes en el mismo lugar y/o momento).

Las “celebraciones de la palabra”, en cambio, como ejercicio pastoral ordinario y muy provechoso, sí constan en los libros litúrgicos, v. gr. en los Rituales de la Iniciación Cristiana, de los demás Sacramentos (Bautismo, Confirmación, Penitencia, Eucaristía fuera de misa y a los enfermos, Matrimonio, Unción de los Enfermos), de las Exequias, de la colación de Ministerios, de la Consagración de Vírgenes, de los diversos momentos de la Profesión religiosa, y de la Dedicación de iglesias y de altares.

Por exigencia de su misma realidad sacramental y según la tradición, las ordenaciones de diáconos, presbíteros y Obispos sólo se hacen dentro de una misa, preferentemente en domingo o en día de fiesta, a la que puedan concurrir muchos fieles (cf. v. gr. el testimonio que nos ha quedado del “rito hispánico”, llamado también “visigótico”, que (Abad Ibáñez, 10/3 1978 ) cita a partir del estudio de (Ferotin, 1912 (1904)): "missa pro solo episcopo dicenda" (pp. 287-292) y "missa generalis pro sacerdotibus" (285-287), en (Abad Ibáñez, 10/3 1978 )). Véanse las normas litúrgicas en (Departamento de Liturgia del CELAM, 1978).

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