jueves, 21 de noviembre de 2019

L. IV P. I. T. V Sacramento de la unción de los enfermos Celebración Ministro Sujetos Materia Dolor, sufrimiento, enfermedad


L. IV
P. I
T. V





XVI. El Sacramento de la Unción de los enfermos




Cánones 998-1007



Contenido


Canon introductorio

Capítulo I. De la celebración del sacramento
1.         El ministro de la bendición del óleo (aceite) de los enfermos
2.         Se siga el rito 
3.         Se efectúe en el momento oportuno 
4.         Celebración simultánea para muchos 

Capítulo II. Del ministro de la unión de los enfermos 
1.         ¿Quién administra válidamente este sacramento? 
2.         ¿Quién está obligado a administrarlo? 

Capítulo III. De aquellos a quienes se ha de administrar la unión de los enfermos 
1.         Condiciones 
2.         Reiteración 
3.         En caso de duda 
4.         Enfermo que carece de uso de razón 
5.         Enfermo obstinado en un pecado grave 

Excursus 

Sección I. Los presupuestos de la fe cristiana en relación con la materia prima del Sacramento de la unción de los enfermos 
1.         Si nos acercamos al tema desde la historia,
2.         Si consideramos ahora sus aspectos científicos,
3.         Desde el punto de vista cultural,
4.         Desde el punto de vista social,
5.         Si miramos el aspecto religioso,

Sección II. El dolor y el sufrimiento, factores inherentes a los procesos relacionados con la enfermedad y con el envejecimiento: su vinculación con la Pascua cristiana y con el Sacramento de la unción de los enfermos 
6.         Los fundamentos del sacramento en el ministerio del Señor Jesús 
7.         La práctica apostólica 
8.         En algunos Padres de la Iglesia y en Concilios y sínodos del primer milenio 
9.         En algunos teólogos del Medio Evo y en los Concilios de Florencia y Trento 
10.       En el Concilio Vaticano II 
11.       En el Catecismo de la Iglesia Católica 

Bibliografía 
Notas de pie de página 
Notas finales 






TÍTULO V. DEL SACRAMENTO DE LA UNCIÓN DE LOS ENFERMOS
TITULUS V. DE SACRAMENTO UNCTIONIS INFIRMORUM



Texto oficial
Traducción castellana
Can. 998 — Unctio infirmorum, qua Ecclesia fideles periculose aegrotantes Domino patienti et glorificato, ut eos allevet et salvet, commendat, confertur eos liniendo oleo atque verba proferendo in liturgicis libris praescripta.
998 La unción de los enfermos[1], con la que la Iglesia encomienda los fieles gravemente enfermos al Señor doliente y glorificado, para que los alivie y salve[i], se administra ungiéndoles con óleo y diciendo las palabras prescritas en los libros litúrgicos.



Un aviso inicial: el texto del CIC83 presenta muchos cambios en relación con la normativa del CIC17 que estuvo vigente[ii], comenzando por el nombre del Título.

El legislador optó por la denominación de sacramento “de la unción de los enfermos”, acorde con la doctrina más reciente depurada por el Concilio Vaticano II.




Canon introductorio


C. 998

Se define en el c. qué es el sacramento de la unción de los enfermos por los elementos que lo componen:

·         “La Iglesia encomienda al Señor”, “doliente y glorificado”: centra el sacramento en lo fundamental, la Pascua del Señor: razón de la fe, fuente de esperanza, motivo de caridad.
·         A los fieles “periculose aegrotantes”: “los que están enfermos, los que languidecen, padecen o sufren”[2] “con peligro”, “con riesgo”[3] (de muerte): expresión muy amplia en los destinatarios sin desvirtuar el sentido original del sacramento.
·         Mediante la unción:
o   “liniendo oleo”: del griego ali,no: “untar, ungir, dar ungüento o untura, friccionar”[4] con aceite.
o   “Diciendo las palabras prescritas en los libros litúrgicos” (véase en nt la introducción del Ritual correspondiente).



Capítulo I. De la celebración del sacramento


CAPÍTULO I. DELA CELEBRACIÓN DEL SACRAMENTO
CAPUT I. DE SACRAMENTI CELEBRATIONE



Texto oficial
Traducción castellana
Can. 999 — Praeter Episcopum, oleum in unctione infirmorum adhibendum benedicere possunt:
1° qui iure Episcopo dioecesano aequiparantur;
2° in casu necessitatis, quilibet presbyter in ipsa tamen celebratione sacramenti.
999 Además del Obispo, pueden bendecir el óleo que se emplea en la unción de los enfermos: l quienes por derecho se equiparan al Obispo diocesano; 2 en caso de necesidad, cualquier presbítero, pero dentro de la celebración del sacramento[iii].
Can. 1000 — § 1. Unctiones verbis, ordine et modo praescriptis in liturgicis libris, accurate peragantur; in casu tamen necessitatis, sufficit unctio unica in fronte vel etiam in alia corporis parte, integra formula prolata.
§ 2. Unctiones peragat minister propria manu, nisi gravis ratio usum instrumenti suadeat.
1000  § 1.    Las unciones han de hacerse cuidadosamente, con las palabras orden y modo prescritos en los libros litúrgicos; sin embargo, en caso de necesidad, basta una sola unción en la frente, o también en otra parte del cuerpo, diciendo la fórmula completa.
 § 2.    El ministro ha de hacer las unciones con la mano, a no ser que una razón grave aconseje el uso de un instrumento.
Can. 1001 — Curent animarum pastores et infirmorum propinqui, ut tempore opportuno infirmi hoc sacramento subleventur.
1001  Los pastores de almas y los familiares del enfermo deben procurar que sea reconfortado en tiempo oportuno con este sacramento.
Can. 1002 — Celebratio communis unctionis infirmorum, pro pluribus infirmis simul, qui apte sint praeparati et rite dispositi, iuxta Episcopi dioecesani praescripta peragi potest.
1002  La celebración común de la unción de los enfermos para varios enfermos al mismo tiempo, que estén debidamente preparados y rectamente dispuestos, puede hacerse de acuerdo con las prescripciones del Obispo diocesano.




1.      El ministro de la bendición del óleo (aceite) de los enfermos


C. 999

·         En relación con el sacramento, ya no se usa la expresión “ministro ordinario”, como sí la empleaba el CIC precedente, que decía que el párroco lo era.
·         Una innovación importante corresponde con el segundo inciso del c.: en caso de necesidad, cualquier sacerdote puede bendecir el óleo para el sacramento, con tal que lo haga dentro del acto litúrgico de la administración del sacramento.[5]


2.      Se siga el rito


C. 1000

El § 1 destaca que la celebración se ha de efectuar no sólo de acuerdo con el Ritual, sino que las unciones se deben hacer “cuidadosamente”, y, en caso de necesidad, la única que se realice, en la frente o en otra parte del cuerpo.

El § 2 prescribe que para las unciones el ministro emplee su propia mano, salvo que, por una razón grave, se indique que sea mejor el uso de un instrumento.


3.      Se efectúe en el momento oportuno


C. 1001

Encomienda el c. a los pastores y a los familiares del enfermo o del anciano que éstos reciban el sacramento “en tiempo oportuno”, es decir, cuando todavía ellos pueden participar activa y conscientemente en la celebración y pueden acercarse a los demás sacramentos “de curación”.



4.      Celebración simultánea para muchos


C. 1002

Se prevé también la celebración común de este sacramento, es decir, para varios enfermos a la vez. La norma puede tener mucha aplicación en determinadas circunstancias, en un hospital o en una casa de ancianos, dado que la ancianidad misma puede considerarse como motivo suficiente para poder recibir este sacramento, y puede resultar una ceremonia litúrgica muy consoladora para ellos.[6]






Capítulo II. Del ministro de la unión de los enfermos[iv]


CAPÍTULO II. DEL MINISTRO DE LA UNCIÓN DE LOS ENFERMOS
CAPUT II. DE MINISTRO UNCTIONIS INFIRMORUM



Can. 1003 — § 1. Unctionem infirmorum valide administrat omnis et solus sacerdos.
§ 2. Officium et ius unctionis infirmorum ministrandi habent omnes sacerdotes, quibus demandata est cura animarum, erga fideles suo pastorali officio commissos; ex rationabili causa, quilibet alius sacerdos hoc sacramentum ministrare potest de consensu saltem praesumpto sacerdotis de quo supra.
§ 3. Cuilibet sacerdoti licet oleum benedictum secumferre ut, in casu necessitatis, sacramentum unctionis infirmorum ministrare valeat.

1003  § 1.    Todo sacerdote, y sólo él, administra válidamente la unción de los enfermos.
 § 2.    Todos los sacerdotes con cura de almas tienen la obligación y el derecho de administrar la unción de los enfermos a los fieles encomendados a su tarea pastoral; pero, por una causa razonable, cualquier otro sacerdote puede administrar este sacramento, con el consentimiento al menos presunto del sacerdote al que antes se hace referencia.
 § 3.    Está permitido a todo sacerdote llevar consigo el óleo bendito, de manera que, en caso de necesidad, pueda administrar el sacramento de la unción de los enfermos.




1.      ¿Quién administra válidamente este sacramento?


C. 1003 § 1

El legislador mantuvo este principio: el ministro de la válida administración del sacramento es el sacerdote. Podría parecer que no se requiere potestad de orden para administrar este sacramento, con tal de que la materia, el óleo, haya sido bendecido previamente.

De hecho, ha habido en estos últimos años una tendencia notable, incluso de insistencia a las autoridades superiores, a la Santa Sede, para que se conceda el poder administrar este sacramento por parte de personas que no son sacerdotes: diáconos, religiosas o religiosos, catequistas, cualquier laico, en caso de necesidad, cuando no haya sacerdotes. Se apoya esta orientación en algunos textos de la Iglesia primitiva, hasta el siglo IV, donde consta que simples fieles ungían con óleo bendecido a los enfermos. El problema de índole histórica, exegética, es saber si esa unción tenía carácter sacramental o era sencillamente un rito, una forma de oración. Es lo que hoy en día llamaríamos un sacramental, un rito semejante a un sacramento, pero que no produce efectos ex opere operato sino ex opere operantis, según las disposiciones del sujeto. En el estado actual de la teología es mucho más probable, con la generalidad de los autores, que se tratase solamente de una oración de la Iglesia, y no del sacramento de la unción de los enfermos.

Por otra parte, hay un principio fundamental en materia sacramental, y es que, cuando se trata de la validez de los sacramentos, no puede aplicarse el probabilismo. La Iglesia tiene que tener certeza moral de que el sacramento es válido (porque su estructura misma es de derecho divino). Admitir en el estado actual de la doctrina el que personas que no son sacerdotes administren este sacramento, es exponer el sacramento a la invalidez. Corresponde vigilar sobre este punto al Obispo (cf. cc. 392 § 2[7] y 1379[8]).[9]


2.      ¿Quién está obligado a administrarlo?


C. 1003 § 2

·         Todos los pastores con cura de almas[10] tienen este deber y derecho con respecto a los fieles que les han sido encomendados.
·         En caso de necesidad, cualquier sacerdote
o   Con el consentimiento, al menos presunto, del sacerdote que tiene a ese fiel o a esos fieles a su cuidado.




Apostilla

NdE

CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE
Nota acerca del ministro del sacramento
de la Unción de los enfermos

Algunos órganos de prensa han publicado recientemente el texto de la Nota de la Congregación para la doctrina de la fe acerca del ministro del sacramento de la Unción de los enfermos, redactada para los dicasterios de la Curia romana, para las Conferencias episcopales y para los Sínodos orientales. Por este motivo, esa Congregación ha creído conveniente publicarla en "L'Osservatore Romano", juntamente con el texto de la carta que la acompañaba, dirigida a los presidentes de las Conferencias episcopales y de los Sínodos orientales, firmada por el entonces cardenal Joseph Ratzinger, prefecto del dicasterio.

Texto de la Nota

El Código de derecho canónicoen el canon 1003, 1 (cf. también canon 739, 1 del Código de cánones de las Iglesias orientales) recoge exactamente la doctrina manifestada por el concilio de Trento (Sesión XIV, canon 4:  DS 1719; cf. también Catecismo de la Iglesia católican. 1516), según la cual sólo los sacerdotes (obispos y presbíteros) son ministros del sacramento de la Unción de los enfermos.

Esta doctrina es definitive tenenda. Ni los diáconos ni los laicos pueden desempeñar dicho ministerio y cualquier acción en este sentido constituye simulación del sacramento.

Roma, sede de la Congregación para la doctrina de la fe, 11 de febrero de 2005, memoria de la Santísima Virgen María de Lourdes.

Card. JOSEPH RATZINGER
Prefecto
ANGELO AMATO, s.d.b.
Arzobispo titular de Sila
Secretario



La carta que acompañaba la Nota

A los presidentes de las Conferencias episcopales: 
En estos últimos años han llegado a la Congregación para la doctrina de la fe varias preguntas acerca del ministro del sacramento de la Unción de los enfermos.

Al respecto, este dicasterio cree conveniente enviar a todos los pastores de la Iglesia católica la anexa Nota acerca del ministro del sacramento de la Unción de los enfermos (cf. Anexo 1[11]).

Por su utilidad, se envía también un comentario sintético sobre la historia de la doctrina al respecto, preparado por un experto en esta materia (cf. Anexo 2).

Al comunicarle lo anterior, aprovecho la circunstancia para saludarlo y confirmarme suyo afectísimo en Jesucristo,
Cardenal JOSEPH RATZINGER
Prefecto





Capítulo III. De aquellos a quienes se ha de administrar la unión de los enfermos[v]



CAPÍTULO III. DE AQUELLOS A QUIENES SE HA DE ADMINISTRAR EL SACRAMENTO DE LA UNCIÓN DE LOS ENFERMOS

CAPUT III. DE IIS QUIBUS UNCTIO INFIRMORUM  CONFERENDA SIT



Can. 1004 — § 1. Unctio infirmorum ministrari potest fideli qui, adepto rationis usu, ob infirmitatem vel senium in periculo incipit versari.
§ 2. Hoc sacramentum iterari potest, si infirmus, postquam convaluerit, denuo in gravem infirmitatem inciderit aut si, eadem infirmitate perdurante, discrimen factum gravius sit.
1004  § 1.    Se puede administrar la unción de los enfermos al fiel que, habiendo llegado al uso de razón, comienza a estar en peligro por enfermedad o vejez.
 § 2.    Puede reiterarse este sacramento si el enfermo, una vez recobrada la salud, contrae de nuevo una enfermedad grave, o si, durante la misma enfermedad, el peligro se hace más grave.
Can. 1005 — In dubio utrum infirmus rationis usum attigerit, an periculose aegrotet vel mortuus sit, hoc sacramentum ministretur.
1005  En la duda sobre si el enfermo ha alcanzado el uso de razón, sufre una enfermedad grave o ha fallecido ya, adminístresele este sacramento.
Can. 1006 — Infirmis qui, cum suae mentis compotes essent, hoc sacramentum implicite saltem petierint, conferatur.
1006  Debe administrarse este sacramento a los enfermos que, cuando estaban en posesión de sus facultades, lo hayan pedido al menos de manera implícita[vi].
Can. 1007 — Unctio infirmorum ne conferatur illis, qui in manifesto gravi peccato obstinate perseverent.
1007  No se dé la unción de los enfermos a quienes persisten obstinadamente en un pecado grave manifiesto.




1.      Condiciones


C. 1004 § 1

El c. quiere insistir sobre dos situaciones:
·         en la importancia de que el fiel que recibirá la unción haya llegado a la edad del uso de razón, de modo que discierna y quiera recibir el sacramento (elemento subjetivo);
·         que se encuentre su salud en peligro de muerte, sea por enfermedad, sea por senectud (elemento objetivo).



Apostilla

NdE

Trascribo a continuación la rúbrica que trae el Ritual de la Confirmación[12] (cf. c. 883, 3°: http://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/10/l.html) que en este contexto cobra particular importancia canónica, por cuanto el c. se refiere a quienes han llegado “a la edad del uso de razón”:

Confirmación de un enfermo en peligro de muerte.
Normalmente todo bautizado debe llegar a la plenitud de la iniciación cristiana por medio de los sacramentos de la confirmación y de la eucaristía; por tanto, el fiel cristiano que está enfermo en peligro de muerte, si ha llegado al uso de razón, debe ser exhortado a que, antes de recibir el viático, sea fortalecido también con el sacramento de la confirmación, previa una necesaria catequesis, según las posibilidades.
Sin embargo, la confirmación en peligro de muerte y la unción de los enfermos no se deben conferir, de ordinario, en un solo rito conjunto.
Al niño que no ha llegado aún al uso de razón se le debe conferir la confirmación observando los mismos principios y normas indicados para el bautismo de los niños.
Siempre que las circunstancias lo permitan, debe celebrarse el rito en su totalidad, tal como se ha descrito anteriormente.
Confirmación en caso de urgente necesidad […] Confirmación en caso de extrema necesidad […]”



2.      Reiteración[vii]


C. 1004 § 2

Respecto a las condiciones para administrar el sacramento más de una vez durante la misma enfermedad, el legislador ha procurado darle una formulación más positiva: no cambia la disciplina, más bien tiende a facilitar el que se pueda recibir este sacramento repetidas veces durante la misma enfermedad, o si el peligro de muerte aumenta.[13]



3.      En caso de duda


C. 1005

El c. presenta tres situaciones en las cuales se debe proceder a administrar el sacramento:

·         Cuando no se sabe a ciencia cierta si la persona ha llegado a alcanzar el uso de razón (a pesar de su edad);
·         Si no se sabe bien si el enfermo sufre una enfermedad efectiva o suficientemente grave (que, probablemente no le permite solicitar el sacramento, o no le permite discernir la celebración);
·         Si se duda que la persona esté ya muerta.



4.      Enfermo que carece de uso de razón


C. 1006

El c. establece una presunción para administrarle el sacramento a una persona que actualmente no está en pleno uso de sus facultades (no es dueño de sí mismo): se le debe administrar el sacramento si, al menos de manera implícita, lo pidió cuando tenía posesión de sus facultades.



5.      Enfermo obstinado en un pecado grave


C. 1007

Por el contrario, no se debe administrar este sacramento a quien públicamente se obstina en mantenerse en pecado grave.





NdE

Excursus


Como un subsidio he elaborado estas notas para los amables lectores. El tema requiere ser abordado desde la doble perspectiva desde donde lo ha considerado la fe cristiana, a saber: la de la creación y la de la redención, en su inescindible interrelación[14]. La encarnación del Verbo sintetiza esta doble perspectiva.

El nombre de sacramento de la unción de los enfermos alude a los dos elementos que lo componen: “unción” y “enfermos”. Comenzaremos, en una primera sección, con los asuntos más relacionados con la unción con óleo (aceite vegetal, no mineral) y su dimensión cósmica; luego, en una segunda sección, se analizarán algunos aspectos más relacionados con las personas que sufren alguna enfermedad grave o experimentan los rigores de la vejez, a quienes, precisamente, se unge con “el óleo de los enfermos” (OI).


Sección I. Los presupuestos de la fe cristiana en relación con la materia prima del Sacramento de la unción de los enfermos


         1.         Si nos acercamos al tema desde la historia,

hay que decir que el aceite ha sido extraído de las plantas, especialmente de sus semillas[viii], desde tiempos pretéritos, por los miembros de diversas culturas en todo el mundo.

Se sabe, por ejemplo, con evidencia arqueológica, que las aceitunas eran trituradas y exprimidas para convertirlas en aceite de oliva desde el tardío neolítico y temprano calcolítico (del cobre), es decir, desde hace no menos de cinco mil años en zonas de la costa vecina al Monte Carmelo, en la costa sur de Haifa, en territorios de los actuales Israel y Palestina. De la misma manera, en África Occidental, por la misma época, se empleaba el aceite de palma, y su uso se extendió hasta Egipto mil años después. Y, por evidencia antropológico-arqueológica, hallada a orillas del Río Ohio, en Indiana (USA), en territorio del Parque Estatal de Charlestown, se sabe que pueblos nómadas de lengua álgica-algonquina que habitaban esas comarcas hace no menos de cuatro mil años, trituraban nueces de nogal con pedruscos de caliza a los que les daban forma, y, ya molidas las nueces, las colocaban en agua hirviendo para sacar de ellas su aceite, que empleaban durante la temporada de invierno[ix].

De esa época procede también su uso botánico y farmacéutico, según el cual se aprovechaban, junto a sus propiedades cosméticas, sus cualidades nutricionales. La India, Babilonia y Egipto proveyeron estos conocimientos, primero a Grecia[x], luego, a Roma[xi]. Precisamente en Grecia los asclépides, sacerdotes de Asclepio, en el siglo V a. C., y los templos de este dios, fueron dispensadores de brebajes y ungüentos (de múltiples plantas, para sumar sus efectos) – recibidos tras varios días de ayuno – en esos primeros “centros sanitarios”: la religión se unía, pues, a la medicina en sus diversas escuelas.

         2.         Si consideramos ahora sus aspectos científicos,

el aceite de plantas bioquímicamente es un triglicérido (tri ésteres de ácidos grasos y glicerol), componente principal de las grasas corporales humanas – se metaboliza y se emplea como fuente de energía–, de otros animales y de plantas; también está presente en la piel y en la sangre (llega incluso al cerebro convertido en glucosa)[xii].


         3.         Desde el punto de vista cultural,

el aceite de plantas, así como se lo ha empleado para cocinar los alimentos – en diversos casos, inclusive con consecuencias nocivas para la salud[xiii] - y como ingrediente en la preparación de alimentos (concentrados) para animales, también se lo ha aprovechado directamente para la iluminación con lámparas, o en la manufactura de otros productos industriales (jabones, perfumes, etc.), y, en nuestros tiempos, como combustible en la forma de biodiesel – cuyos efectos contaminantes están siendo tratados ecológicamente[xiv]  –.


         4.         Desde el punto de vista social,

no sólo se lo empleó primeramente como ingrediente culinario (productos cocinados, condimentados o fritos), sino también y especialmente como combustible para la iluminación y como una higiénica crema en las termas que los atletas se untaban antes de entrenarse en la arena o en el gimnasio. De esta forma protegían su piel del sol y la hidrataban. Por esas virtudes, se empleaban también por parte de los luchadores en el circo.

         5.         Si miramos el aspecto religioso[xv],

se encuentra que aplicar aceites sobre el cuerpo tenía desde las culturas más antiguas una finalidad cultual cosmética, pero también estética y, sobre todo, festiva, sea que el producto de donde se tomara fuera un animal, un vegetal o, inclusive, otro humano.

Afirman los estudiosos que cuando el aceite procedía de un humano – enemigo o amigo – o de un animal, el clan ampliamente lo consideraba, de acuerdo con las tendencias animistas de la época, una manera de transmitir las fuerzas divinas. Años después, pueblos árabes del este de África – como antes en Egipto y en Roma – todavía le atribuían al aceite de león (o de oso, de hipopótamo, de cocodrilo, de serpiente o de gacela), por ejemplo, un carácter mágico a esa práctica, pues consideraban que ello les daba valentía.

Volviendo a los aceites vegetales, en Grecia se consultaba a Trofonio (héroe, demonio o dios de la Beocia) en su oráculo durante las fiestas dionisíacas y sus fieles se untaban costosos (“divinos”, decía Homero) aceites perfumados – regiones enteras y lejanas se especializaron en la producción y elaboración de esas sustancias –, sobre todo para pedir la fertilidad. Pero los griegos no sólo le dieron ese uso: ungían también las piedras y otros objetos sagrados, como las estatuas y los templos, para darles un olor aromático y como medio protector del oro y del marfil, o de su vieja madera fina, con los que los habían construido.

No puede olvidarse tampoco que, en otras latitudes, los aceites vegetales eran mezclados con otras sustancias narcóticas para su uso en el culto a sus divinidades, por ejemplo, en sacrificios de víctimas humanas: se les proporcionaban a esas personas, a quienes había que aliviar sus dolores. Algo similar ocurría en el culto de los muertos: a quienes pasaban a la inmortalidad, sus tumbas eran ungidas, inclusive varias veces al año.

En Israel el óleo de la unción, aromatizado, tuvo una importancia enorme, pues era símbolo de alegría y de honor, con él eran ungidos y consagrados sacerdotes, reyes y profetas, y con él se tenía una atención delicada hacia los huéspedes[xvi]. Los ungüentos vegetales, aromatizados o no, fueron empleados por el cristianismo para distintas ceremonias, además de los nacimientos, ordenaciones sacerdotales, proclamaciones de reyes, admisión al catecumenado y bautismos, e, inclusive en ritos funerarios, como lo hicieron con Jesús antes (Mt 26,6-13; Mc 14,1-9; Lc 7,36-48; Jn 12,1-8) y después de su muerte (Mc 16, 1; Lc 24,1; Jn 19,39-40).


Sección II. El dolor y el sufrimiento, factores inherentes a los procesos relacionados con la enfermedad y con el envejecimiento: su vinculación con la Pascua cristiana y con el Sacramento de la unción de los enfermos


Dolor[15], enfermedad[16] y procesos conducentes a la ancianidad[17] son tres condiciones de la existencia de los seres vivos, sobre las cuales, durante su historia, los diversos pueblos han reflexionado y a las cuales han querido atender[18] – en muchos casos solícitamente – como realidades que los afectan de una manera particular. Tales situaciones, que impiden o dificultan el desarrollo de las propias actividades, son, además, muestras de la debilidad y de la limitación humana. Sobre ellas la fe cristiana posee una visión muy propia[19].

Estas experiencias, por ser tan humanas, fueron asumidas personalmente por el Señor Jesucristo en su encarnación, pasión, muerte y resurrección; pero, al ser experiencias vividas también por personas que se relacionaron con Él durante su ministerio, fueron convertidas por Él en objetivo y componente básico y particular de uno de los sacramentos que instituyó.

La primera parte de este escrito – antes de entrar a analizar las normas mismas – se dedicará, precisamente, a destacar los fundamentos teológicos e históricos del sacramento de la unción de los enfermos. Seguidamente se verán algunas notas acerca de este sacramento en la historia de la Iglesia hasta llegar a las definiciones tridentinas y a las referencias que, sobre el mismo, elaboró el Concilio Vaticano II; y se concluirá con una referencia al Ritual y a las enseñanzas del Catecismo.



         6.         Los fundamentos del sacramento en el ministerio del Señor Jesús


Algunos autores subrayan el hecho de que en los textos de los Evangelios no se encuentre referencia alguna a que Jesús mismo, expresamente, hubiera instituido o dado órdenes a los Apóstoles de instituir un “sacramento” para los enfermos. Cuando se plantean las cosas así, se está queriendo examinar el tema desde una perspectiva racional y poco consecuente con el contexto genuino e histórico en el que se debe ubicar y leer la persona y la obra del Señor, que una lectura meramente literal de los textos evangélicos no puede proporcionar.

Por el contrario, en los numerosos textos de los cuatro Evangelios y en el resto de los escritos del Nuevo Testamento sí encontramos reiteradamente la referencia al trato y, más aún, a la relación que Jesús estableció con los enfermos, y ello en el contexto de la “salvación” y del “anuncio del reino de Dios”, categorías claves para acercarnos a su misterio.

Ante todo, los encuentros de Jesús con los enfermos no eran encuentros cualesquiera: en los relatos evangélicos se describen como su “cita” misericordiosa a quienes y con quienes recibieron la curación “milagrosa” de las enfermedades que los aquejaban, como expresión de la vinculación concreta y expresa que Jesús quería instaurar entre esa condición de enfermedad y la salvación y el anuncio del reino de Dios del que Él era portador.

Ha de decirse que, ante las incógnitas que se suscitan en las personas a raíz de la presencia de la enfermedad y del envejecimiento, en la propia existencia y en la de los demás, y del dolor y del sufrimiento que los acompañan[xvii], el Antiguo Testamento presentaba una propuesta, que se expresaba, en últimas, en el libro de Job[20]: cuando se llega la hora de la prueba, sencillamente, todo está en las manos inescrutables de Dios, ante cuya omnipotencia sólo conviene inclinarse.

En el Nuevo Testamento, por el contrario, encontramos en Jesús una propuesta, y, mejor aún, una respuesta concreta a ese enigma, en su persona y en la revelación de su misterio.

Tres puntos vale la pena resaltar a este propósito:

1°) De diversas maneras Jesús expresó su relación con estas realidades humanas: anunció la llegada del reino de Dios y de los signos que la manifestaban: las curaciones de los enfermos eran, en efecto, uno de los indicios principales de dicho anuncio, por lo cual su fama se extendió por toda la región[21].

En estas curaciones Jesús, con su propia compasión y participación de las limitaciones y miserias humanas – “se hizo pecado”, como luego escribió de él san Pablo –, expresaba el amor que Dios tiene por todos los hombres y su deseo por reintegrarlos a la comunión con Él, salvándolos del pecado y de la muerte.

La salvación que anunciaba y obraba Jesús atañía no sólo a la dimensión corpórea del ser humano, sino a toda la unidad humana psico-somático-espiritual, de modo que cuando Jesús perdonaba los pecados también curaba los cuerpos, y viceversa.

Él, que se llamaba a Sí mismo “médico para los enfermos y pecadores” (cf. Mc 2,1-12[22]), se identificó también con los enfermos (cf. Mt 25,36[23]).

Para Jesús, en fin, curar a las personas en lugares y momentos concretos de la historia – aquí y ahora: restablecer en ellas la salud y la integridad de la vida humana – eran signo de la que será, en un segundo momento, la salvación mediante la sangre redentora de la cruz y la resurrección (cf. Jn 1,29[24]), y luego, al final de los tiempos, la plena realización del reino de Dios – manifestación total de la misericordia de Dios y del perdón de los pecados – (cf. Lc 7,18-23[25]).

Los discípulos entendieron en esos comportamientos y enseñanzas de Jesús un llamado suyo para que ellos y todos los que creerían en Él, mediante el servicio a los enfermos, adoloridos, ancianos, excluidos y demás débiles y sufrientes, llegaran a configurarse con él y a unirse a su pasión salvadora, a fin de participar con él en su gloria.

2°) De diversas maneras Jesús empleó las criaturas y sus propios gestos para curar: en este contexto realizó algunas “unciones” a los enfermos, empleando primeramente su saliva, junto con la imposición de sus manos (cf. Mc 8,22-26[26]); pero también usando el barro que confeccionó (cf. Jn 9,6[27]). Por medio de esos gestos y a través de esos instrumentos se expresaba la “fuerza que salía de Él y sanaba” (Lc 6,17-19[28]).

3°) Como se dijo, “el Hijo de hombre tiene sobre la tierra el poder de perdonar los pecados” (Mc 2,1-12); y, junto con éste, quiso comunicar también a sus discípulos, a quienes envió a anunciar el reino de Dios, el poder curar a los enfermos y expulsar los espíritus inmundos.
Los discípulos, efectivamente, así lo hicieron bajo su dirección, como se lee tanto en el Evangelio de Marcos (6,12-13[29]: ¡muy interesante la anotación de que “ungían con óleo” a los enfermos!) como en el de Mateo (10,7-8[30]: interesantes anotaciones: aquí el envío con poder de curar se hace sólo a los Doce; y les prohíbe cobrar por las curaciones) y en el de Lucas (9,1-2[31]).

Por todo ello, el Concilio de Trento sacó una conclusión: que, si bien los textos no afirman la institución directa y expresa por Jesús del sacramento de la unción de los enfermos, y ni siquiera la constancia explícita de que se la hubiera encomendado a los Doce Apóstoles, sin embargo, no cabe duda de que tales procederes, suyos y de los Apóstoles, junto con las palabras que el Señor les expresó a este respecto, todavía en su indeterminación, reflejan e incluyen las intenciones de Jesús –un preanuncio, una “alusión” suya (Mc 6,13)[xviii]  en relación con lo que un día, técnicamente, se denominaría la “extremaunción” y que luego se llegaría a llamar el “sacramento de la unción de los enfermos”[32].


         7.         La práctica apostólica


Los textos reseñados dan cuenta del ejercicio del poder de curar confiado por Jesús a los Apóstoles y a otros discípulos como signo y muestra del anuncio del reino de Dios para el que los enviaba.

Luego de la Pascua, los Apóstoles siguieron haciendo uso de dicho poder curativo taumatúrgico excepcional y exclusivo que, sin embargo, no puede confundirse propiamente con la práctica que el Apóstol Santiago considerará expresamente como propia, y ya en ejercicio, de todas las (primeras) comunidades cristianas.

Veamos lo primero. En relación con las curaciones milagrosas, en efecto, el Libro de los Hechos de los Apóstoles menciona varias de ellas, considerándolas particularmente indicadas para la protección de la difusión de la fe en sus comienzos. En efecto, ante todo, se debe mencionar la ocasión cuando, estando en Jerusalén, Pedro y Juan curaron a un paralítico en la puerta del templo[xix]. Lucas afirma que después de esta, junto con otras expresiones prodigiosas, hubo “numerosas” curaciones[xx]. Posteriormente, al reseñar el caso del diácono Felipe, quien predicaba a Cristo en una ciudad de Samaria, el relator afirma que sus oyentes veían los signos que él hacía en nombre del Señor[xxi]. Después, narra el caso de la curación de Eneas por parte de Pedro y los efectos que ello tuvo para la difusión de la fe[xxii]. De Pedro y de los otros Apóstoles también mencionó el ejercicio de su poder taumatúrgico para responder a otras circunstancias negativas que se estaban presentando en la comunidad[xxiii] y desvirtuaban su carácter evangélico.

No menos destacadas son las narraciones del ciclo misionero del Apóstol Pablo. Éste, todavía recién convertido (cf. He 9 y 12,25), de Antioquía viajó a Chipre con Bernabé y Juan Marcos, y, estando con ellos, empleó el poder milagroso que tenía, en un único caso, para rechazar las trabas que se le querían imponer a su predicación del Evangelio[xxiv]. Luego, en su primer viaje apostólico con Bernabé, estando en Iconio, realizaron “signos y prodigios”, y luego, en Listra, en la misma región, una curación[xxv]. Después, a su paso por Filipos, curaron de un espíritu maligno a una mujer esclava que hacía de adivina y daba muchas ganancias a sus amos[xxvi]. Luego, en Tróade, Pablo, acompañado de otros fieles y de Timoteo, resucitó a Eutico, quien se había caído desde un tercer piso, desde la ventana del sitio en el que Pablo estaba celebrando la eucaristía dominical[xxvii]. Finalmente, durante su viaje a la corte imperial romana, a donde se dirigía acusado, estando en Malta, curó a muchos[xxviii].

En relación con lo segundo, observemos que en la carta del Apóstol Santiago, si bien se refiere a los enfermos como en los casos anteriores, no se trata – al menos directa e inmediatamente – de efectuar una curación (milagrosa, extraordinaria) de la enfermedad que pudieran ellos estar padeciendo. Se trata, más bien, de una práctica o atención ordinaria de emplear con ellos el óleo, práctica que, por cierto, como se vio, ya antes habían implementado los discípulos estando con el Señor:
“Si alguien está afligido, que ore. Si está alegre, que cante salmos. Si está enfermo, que llame a los presbíteros de la Iglesia, para que oren por él y lo unjan con óleo en el nombre del Señor. La oración que nace de la fe salvará al enfermo[33], el Señor lo aliviará[34], y si tuviera pecados, le serán perdonados[35]” (St 5,13-15).


·         El texto se refiere a una práctica ya conocida por la comunidad a la que se dirige la carta.

·         Y se refiere a quienes están enfermos, diríamos hoy, tanto física o corporalmente como mentalmente.

·         Por otra parte, la enfermedad que tienen, es grave[36],
o   en el sentido de que les imposibilita ir a donde los “presbíteros de la Iglesia” – no meramente los “ancianos” presentes en la comunidad –,
o   de tal modo que son éstos quienes deben ir hasta donde están aquellos.

·         Los enfermos pueden haber pecado o no, pero la enfermedad no necesariamente se debe atribuir a los pecados cometidos (causa-efecto) por ellos.

·         A los presbíteros[37], precisamente, se les encomienda
o   el oficio de la oración, pero también,
o   el de ungir a los enfermos con aceite[38]:
·         aceite, unción, oración, los tres elementos claves y necesarios del sacramento…


El efecto de esta acción, cuando ella está vinculada con Cristo y con su Pascua (“en el nombre del Señor”: ejercida con su poder y autoridad; no se trata, pues, de un gesto o poder mágico), consiste en proporcionar ante todo ayuda espiritual al enfermo que se encuentra en su difícil trance: “la gracia”, “la salvación”, “el alivio”, “el perdón de los pecados”. Algo más de la eficacia que, en este caso, se obtendría de la sola oración recomendada por el Señor (y que encomienda el mismo Santiago: cf. 1,5-7).

Para Santiago no existe duda de que tal acción se vincula con el querer de su Señor Jesucristo, y de que ella es real signo de su gracia. Gracias a la obra de la comunidad cristiana, y en particular de los presbíteros en ella, se continúa la obra salvadora de Jesús, y la oración y el aceite de la unción indican la acción de la gracia de Dios que quiere liberar a todos de su estado humano de flaqueza y debilidad.

La Iglesia dirá que en ello se funda la institución del sacramento, un sacramento estable en la vida de la comunidad cristiana y distinto, sin embargo, del sacramento de la penitencia, a pesar de la vecindad que tiene el texto citado con el versículo siguiente (v. 16)[39]. Y, como se ha dicho, sobre esta misma perspectiva y fundamentos las Iglesias de Oriente y de Occidente, sobre todo a partir del siglo V, han gozado el acuerdo formal y explícito en relación con el sacramento en su sentido estricto, así como se basó sobre ello el Concilio de Trento para su decisión.



         8.         En algunos Padres de la Iglesia y en Concilios y sínodos del primer milenio


La práctica de la unción de los enfermos en las comunidades de su tiempo, de la que el Apóstol Santiago dio cabal testimonio, se mantuvo invariable por siglos, tanto en Iglesias de Oriente como de Occidente, incluso a pesar de los problemas teológicos que condujeron a diversos cismas. Así sucedió, por ejemplo, en las Iglesias Asirias (llamadas a veces monofisitas[40] y nestorianas[41]) que hasta el siglo V mantuvieron este rito, posteriormente considerado por sus teólogos, no sacramental. 

En las Iglesias dependientes del Patriarcado de Constantinopla, como en la Griega Ortodoxa, por el contrario, se ha mantenido con el carácter sacramental (“misterios” los denominan) desde siempre[42]. En otras Iglesias Ortodoxas[43], igualmente han conservado con ese carácter la unción de los enfermos[44].

Junto con estas constataciones, debe indicarse que los comentarios a la Carta de Santiago fueron escasos en los primeros siglos. Se conservan fragmentos de ellos por parte de san Clemente Alejandrino, Dídimo, San Agustín y san Cirilo de Alejandría[45].

El tema, probablemente, apenas de pasada habría sido mencionado en la preparación de los catecúmenos. Con todo, ha de advertirse que por entonces, no eran pocas las unciones que se hacían con óleo consagrado a diversas personas en diversas circunstancias, por razones de tipo carismático, por ejemplo, en cuya práctica no era clara su atribución a los Apóstoles, lo cual no ha de confundirse con la práctica del empleo del mismo en la extremaunción. De la misma manera, no existía una reflexión teológica sistemática, que contribuyera a hacer claridad en todos estos pormenores.

De otra parte, los testimonios de Padres de la Iglesia[46] como san Ireneo de Lyon y Orígenes (+254) acerca de esta práctica sacramental y sus criterios sobre la doctrina subyacente a la misma, son apenas indirectos. Orígenes, p. ej., escribía a propósito del perdón de los pecados:
“[…] quantae sint remissiones peccatorum in Evangeliis. […] Est adhuc et septima, licet dura et laboriosa, per paenitentiam remissio peccatorum, cum lavat peccator in lacrymis stratum suum, et fiunt ei lacrymae suae panes die et nocte, et cum non erubescit sacerdote Domini iudicare peccatum suum, et quaerere medicinam, secundum qui ait: “Dixi: Pronuntiabo adversum me iniustitiam meam Domino, et tu remisisti impietatem cordis mei”. In quo impletur et illud, quod Jacobus apostolus dicit: “Si quis autem infirmatur, vocet presbyteros Ecclesiae, et imponant ei manus, ungentes eum oleo in nomine Domini, et oratio fidei salvabit infirmum, et si in peccatis fuerit, remittentur ei”. (Hom. ii, in Levit., in P.G., XII, 419)[47]

El texto se refería principalmente a la “séptima forma” de “remisión de los pecados”, la “ardua y penosa”, que, como se vio (http://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/11/l.html) tiene más qué ver con el sacramento de la penitencia y de la reconciliación, por cuanto implica la confesión de los pecados al sacerdote para recibir de sus manos “la medicina saludable”. Argumentaba citando las palabras del salmista en favor de esa confesión. Sin embargo, seguidamente, cita las palabras del Apóstol Santiago. Su mención de los “presbíteros de la Iglesia”, de la “imposición de las manos”, y la “remisión de los pecados” parecieran confirmar la práctica del sacramento de la penitencia en la comunidad de Alejandría, desde donde escribe. A Orígenes se le ha atribuido la interpretación alegórica de los textos bíblicos, y, en consecuencia, de este pasaje: en tal caso, se trataría del pecador como de un “enfermo” (de enfermedad de su espíritu). En tal caso, su texto estaría diciendo: “Si es pecador, que llame a los presbíteros de la Iglesia, para que oren por él y lo unjan con óleo en el nombre del Señor. La oración que nace de la fe salvará al enfermo, el Señor lo aliviará, y si tuviera pecados, le serán perdonados”. Pero tal interpretación sería absurda en el gran alejandrino, o, peor aún, si se la atribuyera la misma al Apóstol. Puede decirse que Orígenes, quizá, no es del todo claro al tratar del asunto; pero, cualesquiera que haya sido su punto de vista sobre esa relación, evidentemente quiere decir que habla de todo el rito de la unción, y que afirma que ella se realiza como un medio para remitir el pecado a los enfermos.

De otra parte, autores posteriores como san Basilio el Grande, san Juan Crisóstomo, san Cirilo de Alejandría y Serapión, Obispo de Thmuis en el Delta del Nilo – gran amigo de san Atanasio - transcribieron en sus escritos oraciones que (se) empleaban en el rito sacramental. Del Sacramentario de Serapión, v. gr., la décimo séptima oración, es una amplia fórmula empleada para la consagración del óleo de los enfermos, en la que se pide a Dios que conceda al aceite la eficacia sobrenatural que otorgue “la buena gracia y la remisión de los pecados, para la salud y firmeza del alma, cuerpo, espíritu, para el fortalecimiento perfecto”.

En el siglo V, por iniciativa propia el Papa Inocencio I (401-417) escribió en una carta al Obispo Decencio de Gubbio (19 de marzo de 416), proponiéndole algunas de sus inquietudes al respecto:
“A la verdad, puesto que acerca de este punto, como de los demás, quiso consultar tu caridad, añadió también mi hijo Celestino diácono en su carta que había sido puesto por tu caridad lo que está escrito en la Epístola del bienaventurado Santiago Apóstol: Si hay entre vosotros algún enfermo, llame a los presbíteros, y oren sobre él, ungiéndole con óleo en el nombre del Señor; y la oración de la fe salvará al enfermo y el Señor le levantará y, si ha cometido pecado, se le perdonará [Iac. 5, 14 s]. Lo cual no hay duda que debe tomarse o entenderse de los fieles enfermos, los cuales pueden ser ungidos con el santo óleo del crisma que, preparado por el obispo, no sólo a los sacerdotes, sino a todos los cristianos es lícito usar para ungirse en su propia necesidad o en la de los suyos. Por lo demás, vemos que se ha añadido un punto superfluo, como es dudar del obispo en cosa que es lícita a los presbíteros. Porque si se dice a los presbíteros es porque los obispos, impedidos por otras ocupaciones, no pueden acudir a todos los enfermos. Por lo demás, si el obispo puede o tiene por conveniente visitar por sí mismo a alguno, sin duda alguna puede bendecir y ungir con el crisma, aquel a quien incumbe preparar el crisma. Con todo, éste no puede derramarse sobre los penitentes, puesto que es un género de sacramento. Y a quienes se niegan los otros sacramentos, ¿cómo puede pensarse ha de concedérselas uno de ellos?”[48]

Los autores en esos siglos aportaron muchas más referencias en relación con el sacramento, sobre todo cuando indicaron que la bendición del óleo por parte del Obispo era considerada tan fundamental que ella daba el nombre al sacramento y no propiamente el gesto de la unción[49], cambio que se efectuará en el período siguiente. Esos mismos autores reseñaron las oraciones consecratorias del óleo, en las que se pide al Espíritu Santo su efusión. En este sentido se encuentran: san Efrén Sirio (+373), las Didascaliæ Apostolorum de autor desconocido, en sus versiones griega y etiópica, el Testamentum Domini, también de autor desconocido, en sus versiones siríaca, etiópica y árabe. Luego, san Agustín, en su Speculum de Scriptura [50](del año 427), confirma que la práctica del sacramento está generalizada en la Iglesia en su tiempo, y, de él mismo contaba Posidio en su Vida de Agustín[51] que imponía las manos sobre los enfermos y oraba por ellos, como sugería Santiago y había aprendido de san Ambrosio[52].

El más completo y antiguo documento que se conserva de esa época se atribuye a san Beda, llamado desde la antigüedad “el Venerable” (+735). Siguió una línea interpretativa del texto del Apóstol Santiago similar a la que hemos encontrado en Orígenes, es decir, vinculando la remisión de los pecados más con la penitencia que con la unción, sólo que para Beda la penitencia era “más apropiada”, pero no niega absolutamente que “también la unción” posea ese efecto.

Los textos fueron cada vez más abundantes[53]. Ellos concuerdan en afirmar que el sacramento de la unción complementa al sacramento de la penitencia, y que era administrado inmediatamente antes de dar el viático. Se puede presumir que, en este orden, tradicionalmente se celebraban estos sacramentos, seguramente en forma privada, como no es frecuente que aludan a ello los documentos, lo cual en parte explicaría por qué algunas veces no es mencionado este sacramento.


Pasemos ahora a los sínodos y concilios de la época, que trataron sobre el sacramento de la extremaunción.

En primer término se ha de mencionar el II Concilio de Châlon-sur-Saône (813), que en su c. 48 prescribe como obligatoria la unción a la que se refería Santiago, por cuanto “una medicina de esta clase, que cura las enfermedades del alma y del cuerpo no debe ser estimada a la ligera”[54].

El Concilio de Aquisgrán del año 836 exhortó a los sacerdotes a no descuidar la administración de los sacramentos de la penitencia y de la unción a las personas enfermas cuando su enfermedad llega a ser seria, y cuando su final pareciera inminente, “encomendar su alma a Dios a la manera sacerdotal con la distribución de la sagrada comunión”[55].

El I Concilio de Mainz del 847, presidido por Rábano Mauro, prescribió en el mismo orden la administración de la penitencia, la unción y el viático[56].

El Concilio de Pavía (Ticinense) del 850, pide a los predicadores ser más diligentes en la instrucción de la fe en relación con “ese saludable sacramento que recomienda Santiago el Apóstol, misterio tan grande y tan deseado, por el cual, cuando se pide con fe, tanto los pecados son remitidos como la salud corporal es recuperada”[57]

Concluyamos este período señalando que, por lo general, sobre todo al comienzo de este período, el sentido de la oración que acompañaba la unción pedía a Dios la curación del enfermo, más que un gesto preparatorio de la muerte. Se administraba por eso incluso a los inválidos y a los posesos. Una señal de confianza renovada en Jesucristo, sobre todo en épocas en las que las prácticas mágicas eran tan frecuentes y difundidas. No era un sacramento que se administrara a los excomulgados, pero sí a los penitentes.

A finales de este período encontraremos paulatinamente algunos cambios: aparecerán los rituales de la unción, conservando la intervención del Obispo, pero centrándose más en la unción misma; en muchos casos se la juntó de tal manera con la penitencia, que se convirtió en la fórmula penitencial misma; se desplazó el sacramento para el final de la vida (“extremaunción”) y las oraciones correspondientes pedían el perdón de los pecados (de ahí las unciones a los cinco sentidos, con los que se había pecado) y la buena disposición para la muerte, más que una fortaleza para el cuerpo. Las unciones quedan totalmente reservadas a los sacerdotes, siguiendo más estrictamente la mencionada Carta del Papa Inocencio I al Obispo Decencio del 416.


         9.         En algunos teólogos del Medio Evo y en los Concilios de Florencia y Trento



Las decisiones que los Concilios de Florencia y Trento tomaron en relación con los sacramentos, en general, y en relación con la extremaunción, en particular, fueron largamente preparadas por todos los sucesos señalados en la sección anterior, pero también, primordialmente, gracias a la obra de personajes fundamentales que vivieron a partir del siglo X.

En efecto, Hugo de san Víctor (1096-1141)[58], Pedro Lombardo (1096-1160)[59] y muy especialmente san Buenaventura (1217-1274)[60], fueron de la opinión de que al tratar de la extremaunción, correspondía con ésta la definición (“categorías”) de sacramento en el sentido estricto que había sido elaborado por la primera Escolástica: destinatario de ella eran los moribundos: en consecuencia, debía administrarse al final de la vida; en cuanto al efecto: la remisión de los pecados y la ayuda espiritual proporcionada al enfermo que se encuentra haciendo su último esfuerzo.

Las dudas de las que ellos eran portadores consistían básicamente, sin embargo, en la atribución de la institución del mismo, que ellos consideraban había sido realizada por los Apóstoles luego de la venida del Espíritu Santo y bajo su inspiración. A diferencia de ellos, el Concilio de Trento afirmará que la institución de todos los sacramentos, incluido entre ellos el de la extremaunción, se atribuye a Cristo mismo. Con posterioridad a Trento, la doctrina se fue orientando más hacia la autoría mediata de Cristo, Dios y hombre que obra con autoridad, en la institución de este sacramento, es decir, de su eficacia como signo de la gracia a través de las palabras de la oración y de la unción que así lo expresan. A los Apóstoles, sobre esa determinación genérica, habría correspondido determinar los elementos físicos del sacramento, su materia y forma.

Diferencias de opinión se presentaron también, p. ej., en relación con la remisión de los pecados: mientras san Buenaventura era de la opinión de que el sacramento perdona sólo los pecados veniales, santo Tomás consideraba que la unción cancela tanto los pecados que el enfermo ha olvidado, como las faltas incurridas por las propias flaquezas e ineptitudes, y las reliquias o residuos que en nosotros han dejado el pecado original y los pecados personales. Por todo ello, y para ello, el fiel es fortalecido con la santa unción.

Así, pues, era claro que a quien se hubiere administrado el sacramento no sólo quedaba reconfortado para pasar a la gloria eterna (efecto espiritual) sino revigorizado en su cuerpo debilitado (efecto físico) en la medida de su provecho para la vida espiritual. De esta manera, este sacramento completa en cierto modo la curación que había comenzado con el sacramento de la penitencia, liberando a la persona de la pena temporal debida por sus pecados, de modo que nada le impida alcanzar la gloria.

Finalmente, era opinión común considerar la necesidad de que el óleo fuera bendecido por el Obispo a fin de que recibiera la fuerza del Espíritu Santo y entonces proporcionara al enfermo los efectos señalados.

Dos hechos tuvieron mucha importancia a partir de ese momento en orden a fijar la doctrina de la Iglesia sobre el sacramento: en primer término, la epístola Eius exemplo del Papa Inocencio III (1198-1216) al Arzobispo de Tarragona, del 18 de diciembre de 1208, en la que se incluyen los términos doctrinales bajo los cuales Bernardo Primero y los Valdenses[61] fueron recibidos en la Iglesia (DS 790-797), y dentro de los cuales se afirma que la “unción de los enfermos con óleo consagrado es venerada” como uno de los “sacramentos” que la Iglesia “celebra con la cooperación de la fuerza inestimable e invisible del Espíritu Santo” (DS 793-794).

El segundo suceso acaeció en el pontificado de Gregorio X (1271-1276), durante el Concilio de Lyon, en su sesión IV del 6 de julio de 1274, cuando el emperador Miguel Paleólogo, mediante su profesión de fe[62], firma la unión de la Iglesia Griega con la Iglesia Católica: en ella se enuncia simplemente que la “extrema unctio” es “aliud” (otro) de los “siete sacramentos”[63].

Estando así las cosas, durante la celebración del Concilio de (Basilea-Ferrara-)Florencia(-Roma) (http://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/11/l.html) – convocado entre otros asuntos, como es sabido, para tratar sobre la unión con las Iglesias Griega y Armenia – el Papa Eugenio IV promulgó la Bula Exultate Deo (22 de noviembre de 1439) en la que incluyó numerosas citas del texto de santo Tomás sobre los sacramentos[64]. En lo atinente al sacramento de la extremaunción (DS 1324-1325), es mencionado como el quinto de los siete, y de él señala su materia (el óleo de oliva bendecido por el obispo) y su forma (la fórmula de la oración que acompaña a la unción de los sentidos del hombre, en la que se pide al Señor que, por su misericordia, le perdone los pecados cometidos), el sujeto (el destinatario es un enfermo cuya muerte se teme) y el ministro del mismo, y los efectos que tiene (su efecto principal es la salud de la mente y, en cuanto convenga al alma, también la salud del cuerpo)[65].

Posteriormente, el Concilio de Trento (Sesión XIV del 25 de noviembre de 1551[66]) declaró cómo este sacramento era de institución divina:

·         En el cap. I enseñó que

“esta sagrada unción del enfermo fue instituido por Jesucristo, nuestro Señor, como un sacramento del Nuevo Testamento, verdadera y propiamente llamado así, como fue insinuado, efectivamente, en (el Evangelio de) Marcos (6,13), pero fue encomendado a los creyentes y promulgado por Santiago (el Apóstol) (5,14-15))” (DS 1695).

San Alberto Magno y santo Tomás de Aquino[67] habían sido de la opinión de que el sacramento había sido instituido por Cristo y consignado y promulgado después por Santiago en su Carta: fue esta la decisión del Concilio al asumir esta enseñanza. La tradición surgida de esta Carta, según la misma enseñanza, ha mantenido su práctica, en la que se indican también el gesto, el ministro y el efecto saludable del sacramento. Y se insistió con fuerza en la institución del sacramento por Cristo por cuanto en su momento la doctrina había sido negada por la Reforma, algunos de cuyos autores consideraban que la unción había sido sólo un carisma provisional de curación concedido a los Apóstoles.

·         Indistintamente llama a este sacramento “extremaunción” y “unción de los enfermos” (DS 1695; 1698; 1717), decisión importante, por cuanto indica que el sacramento no es exclusivamente para los moribundos. Superaba así cierta tensión que existía entre quienes defendían la rigidez para administrarla a ellos y quienes tenían una concepción más amplia y fundaban su tesis en el texto de Santiago. El Concilio explicó así este punto:

o   Por una parte, “no hay ningún otro tiempo en el que el enemigo del hombre concentre con más vehemencia las fuerzas de su astucia para perdernos del todo y arrebatarnos también, si pudiera, la confianza en la divina misericordia, que cuando ve ya inminente para nosotros el final de la vida” (DS 1694).
o   Por la otra, “se declara asimismo que esta unción ha de ser hecha a los enfermos, sobre todo a los que estén tan graves que parezcan llegados al final de su vida: de ahí la apelación de sacramento de los moribundos” (DS 1698).

·         Y añadió:
“Tal realidad es la gracia del Espíritu Santo, cuya unción limpia los pecados, si es que quedan algunos por expiar, y las reliquias del pecado; alivia y conforta el alma del enfermo suscitando en él gran confianza en la divina misericordia, con lo cual el enfermo, confortado de este modo, sobrelleva mejor los sufrimientos y el peso de la enfermedad, resiste más fácilmente las tentaciones del demonio que ‘lo hiere en el talón’, y consigue a veces la salud del cuerpo si fuera conveniente a la salud de su alma” (DS 1696).

El efecto, pues, tiene un doble carácter, positivo, de una parte, por cuanto da la gracia del Espíritu Santo que alivia y da nuevo vigor a quien se abandona a la misericordia de Dios; negativo, de la otra, porque elimina lo que de pecaminoso aún quedara en el enfermo. De esta manera, queda éste mejor provisto para afrontar su enfermedad, sus dolores y sufrimientos; la cada vez mayor pérdida de sus fuerzas; y las pruebas y tentaciones que lo impulsan al mal. La salud física ocurrirá cuando ella, efectivamente, le sirve para alcanzar la salvación.

·         Según su pensamiento, el óleo para los enfermos es sólo uno de los medios con que Cristo comunica su gracia, fortifica y conforta al hombre que se encuentra en un particular estado de necesidad (DS 1694).

·         El sacramento, finalmente, perfecciona el camino penitencial, subrayando que la penitencia cristiana ha de ser una característica de toda la vida cristiana ya que coloca ante la cruz del Señor a todos los fieles.


Como se ve, la armonía alcanzada por el Concilio, al respecto, es notable, volviéndose en sus expresiones a los textos neotestamentarios y a las fuentes de la tradición original, pero abriéndose, al mismo tiempo, a los desarrollos posteriores que se fueron logrando.

A la doctrina expuesta siguieron los cc. sobre el sacramento[68]. En el c. 1 se afirma que “cualquiera que dijera que la extremaunción no es verdadera y propiamente un sacramento instituido por Cristo nuestro Señor, y promulgado por el bendito Apóstol Santiago, sino un mero rito recibido desde la época de los padres, o una invención humana” sea considerado anatema[69].


       10.       En el Concilio Vaticano II


El Concilio, fundamentalmente trató dos asuntos. Sobre el primero, en orden cronológico, la Const. sobre la Liturgia señaló:
“73. La «extremaunción», que también, y mejor, puede llamarse «unción de enfermos», no es sólo el Sacramento de quienes se encuentran en los últimos momentos de su vida. Por tanto, el tiempo oportuno para recibirlo comienza cuando el cristiano ya empieza a estar en peligro de muerte por enfermedad o vejez.

74. Además de los ritos separados de la unción de enfermos y del viático, redáctese un rito continuado, según el cual la unción sea administrada al enfermo después de la confesión y antes del recibir el viático.

75. Adáptese, según las circunstancias, el número de las unciones, y revísense las oraciones correspondientes al rito de la unción de manera que respondan a las diversas situaciones de los enfermos que reciben el sacramento.”

·         Se observa que el Concilio, sin abandonar la denominación tradicional del sacramento (“extremaunción”), prefiere la otra (“unción de los enfermos”), igualmente tradicional, pero ampliando el contenido o alcance del sacramento y, en consecuencia, de la expresión “enfermo”: “el tiempo oportuno para recibirlo comienza cuando el cristiano ya empieza a estar en peligro de muerte por enfermedad o vejez”. Insistió además el Concilio, en que los presbíteros son los ministros del sacramento, y en que el propósito del mismo es producir “alivio” (remedio y consuelo) en quienes lo reciben (cf. PO 5).

·         Reiteró y confirmó la práctica tradicional de la Iglesia de conferir la unción después de haber recibido el sacramento de la penitencia y antes de recibir el viático (cf. PO 5b)[xxix].

·         Pidió la revisión del rito mismo de la celebración, pidiendo una mejor adaptación de la misma a las diversas situaciones de los enfermos.

El segundo asunto que deliberó el Concilio se refiere a los efectos del sacramento. En la Const. LG 11 afirmó:
“El carácter sagrado y orgánicamente estructurado de la comunidad sacerdotal se actualiza por los sacramentos y por las virtudes. […] Con la unción de los enfermos y la oración de los presbíteros, toda la Iglesia encomienda los enfermos al Señor paciente y glorificado, para que los alivie y los salve (cf. St 5,14-16), e incluso les exhorta a que, asociándose voluntariamente a la pasión y muerte de Cristo (cf. Rm 8,17; Col 1,24; 2 Tm 2,11-12; 1 P 4,13), contribuyan así al bien del Pueblo de Dios.”
  
Se observa en este texto el enriquecimiento bíblico con que se ha querido dotar la teología del sacramento, y a través de este, se ha centrado aún mejor la relación del mismo con la Pascua del Señor y con una renovada concepción de la Iglesia: la eficacia del sacramento proviene de la pasión y muerte de Cristo, y ella no sólo une más al fiel con el Señor configurándose con Él, sino que aumenta la unión de todo el pueblo de Dios, que, por cierto, en el sacramento, ejerce su sacerdocio bautismal.

Con posterioridad al Concilio, el Papa san Pablo VI puso en marcha la reforma litúrgica, y uno de los puntos en los que tomó decisiones fue, precisamente, en relación con el sacramento de la unción de los enfermos. En efecto, mediante la Const. ap. Sacram unctionem infirmorum del 30 de noviembre de 1972[70], puso en vigor el Ordo Unctionis Infirmorum (se lo llamará en adelante Ritual de la unción de los enfermos y su cuidado pastoral[xxx]) que debía ser empleado en toda la Iglesia Latina a más tardar a partir del 1° de enero de 1974. El texto, después de una breve relación histórica y doctrinal, estableció:
“El sacramento de la unción de los enfermos se administra a los gravemente enfermos ungiéndolos en la frente y en las manos con aceite de oliva debidamente bendecido o según las circunstancias con otro aceite de plantas, y pronunciando una sola vez estas palabras: «Per istam sanctam unctionem et suam piisimam misericordiam adiuvet te Dominus gratia Spiritus Sancti, ut a peccatis lieratum te salvet atque propitius allevet» (“Por esta santa unción y por su bondadosa misericordia, te ayude el Señor con la gracia del Espíritu Santo, para que libre de tus pecados, te conceda la salvación y te conforte en tu enfermedad”).”
  
De acuerdo con la norma, en la fórmula y en el rito revisados se retoma el texto fuente de Santiago; se expresan mejor los efectos del sacramento; se permite emplear un aceite distinto al de oliva cuando, por razón de las circunstancias, éste sea difícil de conseguir; se disminuyó el número de unciones, e inclusive se las redujo a una en caso de necesidad; y se dio la posibilidad de reiterar el sacramento, sea que la persona hubiera recaído en su enfermedad, sea que, en la misma, se hubiera agravado[xxxi].


       11.       En el Catecismo de la Iglesia Católica


Con posterioridad a estas acciones, el Papa san Juan Pablo II publicó el Catecismo. En la “Segunda parte: La celebración del misterio cristiano: Segunda sección: Los siete sacramentos de la Iglesia: Capítulo segundo: Los sacramentos de curación”, encontramos el “Artículo 5. La Unción de los Enfermos”.

Después de la definición del mismo (n. 1499) el texto desarrolla los puntos centrales de la doctrina en las siguientes secciones[xxxii]:

I. Fundamentos en la economía de la salvación

  • · La enfermedad en la vida humana (nn. 1500- 1501)
  • · El enfermo ante Dios (n. 1502)
  • · Cristo, médico (nn. 1503-1505)
  • · “Sanad a los enfermos...” (nn. 1506-1510)
  • · Un sacramento de los enfermos (nn. 1511-1513)

II. Quién recibe y quién administra este sacramento

  • · En caso de grave enfermedad... (nn. 1514-1515)
  • · "...llame a los presbíteros de la Iglesia" (n. 1516)

III. La celebración del sacramento (nn. 1517-1519)

IV. Efectos de la celebración de este sacramento (nn. 1520-1523).





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Notas de pie de página


[1] En algunas Iglesias Orientales se conoce a este sacramento como euchelaion (esto es, “oración-aceite); pero también le dan otros nombres: elaion a.gion (santo), elaion e.gismenon (consagrado), elaiou Crisij, cri,sma. El texto oficial latino del CCEO lo denomina simplemente “sacramentum unctionis infirmorum” (Título XVI, Capítulo V, cc. 737-742).
[2] (Segura Munguía, pág. 21)
[3] (Diccionario etimológico Latino-Español, pág. 522)
[4] (Segura Munguía, pág. 406)
[5] (Navarrete, pág. 199)
[6] (Libro IV. La función de santificar de la Iglesia (cc. 834-1253), pág. 199)
[7] “§ 2. Ha de vigilar para que no se introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica, especialmente acerca del ministerio de la palabra, la celebración de los sacramentos y sacramentales, el culto de Dios y de los Santos y la administración de los bienes.” (Véase: http://teologocanonista2016.blogspot.com/2018/10/l_9.html).
[8] “Quien, fuera de los casos de los que se trata en el c. 1378, simula la administración de un sacramento, debe ser castigado con una pena justa.”
[9] (Navarrete, Libro IV. La función de santificar de la Iglesia (cc. 834-1253), 1987, págs. 199-200)
[10] La persona a la que se ha confiado, mediante nombramiento legítimo (orden y jurisdicción), la instrucción y la santificación de los fieles mediante los sacramentos: el Papa, los Obispos en sus diócesis, los Párrocos en sus parroquias, o quienes subordinadamente o con delegación les ayudan a conocerlos, a dispensarles los medios de salvación, con obediencia y celo en el cumplimiento de sus obligaciones, y para promover los objetivos de la Iglesia.
[11]Comentario a la Nota de la Congregación para la doctrina de la fe
En estos últimos decenios se han manifestado tendencias teológicas que ponen en duda la doctrina de la Iglesia según la cual el ministro del sacramento de la Unción de los enfermos "est omnis et solus sacerdos". El tema se afronta casi siempre desde el punto de vista pastoral, especialmente teniendo en cuenta las regiones donde la escasez de sacerdotes hace difícil la administración tempestiva del sacramento, mientras que esa dificultad podría resolverse si los diáconos permanentes e incluso laicos cualificados pudieran ser designados ministros del sacramento.
La Nota de la Congregación para la doctrina de la fe quiere llamar la atención sobre esas tendencias, para prevenir el peligro de que constituyan intentos de ponerla en práctica, en detrimento de la fe y con grave daño espiritual de los enfermos a los que se quiere ayudar.
La teología católica ha visto en la carta de Santiago (St 5, 14-15) el fundamento bíblico para el sacramento de la Unción de los enfermos. El autor de la carta, después de dar varios consejos relativos a la vida cristiana, da también una norma para los enfermos: "¿Está enfermo alguno de vosotros? Llame a los presbíteros de la Iglesia, que oren sobre él y le unjan con óleo en el nombre del Señor. Y la oración de la fe salvará al enfermo, y el Señor hará que se levante, y si hubiera cometido pecados, le serán perdonados". En este texto, la Iglesia, bajo la acción del Espíritu Santo, ha reconocido a lo largo de los siglos los elementos esenciales de la Unción de los enfermos, que el concilio de Trento (Sesión XIV, cap. 1-3, cánones 1-4: DS 1695-1700, 1716-1719) propone de forma sistemática: a) sujeto: el fiel gravemente enfermo; b) ministro: "omnis et solus sacerdos"; c) materia: la unción con el óleo bendecido; d) forma: la oración del ministro; e) efectos: gracia salvífica, perdón de los pecados, alivio del enfermo.
Prescindiendo ahora de los demás aspectos, interesa subrayar aquí el dato doctrinal relativo al ministro del sacramento, al cual exclusivamente se refiere la Nota de la Congregación.
Las palabras griegas de la carta del apóstol Santiago (St 5, 14), que la Vulgata traduce "presbyteros Ecclesiae", de acuerdo con la tradición no pueden referirse a los ancianos de la comunidad según la edad, sino a la categoría particular de fieles que, por la imposición de las manos, el Espíritu Santo había puesto para apacentar a la Iglesia de Dios.
El primer documento del Magisterio que habla de modo explícito de la Unción de los enfermos es una carta del Papa Inocencio I a Decencio, obispo de Gubbio (19 de marzo de 416). El Papa, comentando las palabras de la carta de Santiago, como reacción a la interpretación según la cual sólo los presbíteros serían ministros del sacramento, excluyendo a los obispos, rechaza esa limitación, afirmando que ministros del sacramento son los presbíteros, pero también el obispo (cf. DS 216). En cualquier caso, la carta del Papa Inocencio I, como los demás testimonios del primer milenio (san Cesáreo de Arlés, san Beda el Venerable), no proporcionan ninguna prueba de la posibilidad de introducir ministros no sacerdotes para el sacramento de la Unción de los enfermos.
En el Magisterio y en la legislación posteriores hasta el concilio de Trento se encuentran los siguientes datos: Graciano, en su Decretum (alrededor del año 1140) recoge casi literalmente la parte dispositiva de la mencionada carta de Inocencio I (parte I, distinción 95, canon 3). Luego, en las Decretales de Gregorio IX se inserta una decretal de Alejandro III (1159-1164) en la que responde afirmativamente a la pregunta si el sacerdote puede administrar el sacramento de la Unción de los enfermos estando totalmente solo, sin la presencia de otro clérigo o de un laico (X, 5, 40, 14). Por último, el concilio de Florencia, en la bula Exsultate Deo (22 de noviembre de 1439) afirma como verdad totalmente aceptada que "el ministro de este sacramento es el sacerdote" (DS 1325).
La enseñanza del concilio de Trento toma posición con respecto a la contestación de los Reformadores, según los cuales la Unción de los enfermos no sería un sacramento, sino una invención humana, y los "presbíteros" de los que habla la carta del apóstol Santiago no serían los sacerdotes ordenados sino los ancianos de la comunidad. El Concilio expone ampliamente la doctrina católica al respecto (cf. Sesión XIV, cap. 3: DS 1697-1700) y condena a los que niegan que la Unción de los enfermos es uno de los siete sacramentos (cf. ib., canon 1: DS 1716) y que el ministro de este sacramento es sólo el sacerdote (cf. ib., canon 4: DS 1719).
Desde el concilio de Trento hasta la codificación de 1917 sólo existen dos intervenciones del Magisterio que atañen de algún modo a este tema. Se trata de la constitución apostólica Etsi pastoralis (26 de mayo de 1742; cf. 5, n. 3: DS 2524) y de la encíclica Ex quo primum (1 de marzo de 1756) de Benedicto XIV. En el primer documento se dan normas en materia litúrgica sobre las relaciones entre los latinos y los católicos orientales llegados al sur de Italia huyendo de las persecuciones; en el segundo se aprueba y comenta el Eucologio (Ritual) de los orientales que habían vuelto a la plena comunión con la Sede apostólica (se nota que también los ortodoxos consideran que el ministro de la Unción es sólo el obispo o el presbítero). Por lo que atañe al sacramento de la Unción de los enfermos, se supone como verdad plenamente aceptada que el ministro del sacramento es "omnis et solus sacerdos".
La doctrina tradicional, expresada por el concilio de Trento sobre el ministro del sacramento de la Unción de los enfermos, fue codificada en el Código de derecho canónico promulgado en el año 1917 (canon 938, 1) y repetida casi con las mismas palabras en el Código de derecho canónico promulgado en 1983 (canon 1003, 1) y en el Código de cánones de las Iglesias orientales de 1990 (canon 739, 1).
Por otra parte, todos los Rituales del sacramento de la Unción de los enfermos siempre han dado por supuesto que el ministro del sacramento es un obispo o un sacerdote (cf. Ordo Unctionis infirmorum eorumque pastoralis curae, Editio typica, Typis Polyglottis Vaticanis 1972, Praenotanda, nn. 5, 16-19). Por eso, nunca han contemplado la posibilidad de que el ministro sea un diácono o un laico.
La doctrina según la cual el ministro del sacramento de la Unción de los enfermos "est omnis et solus sacerdos" goza de tal certeza teológica, que debe ser calificada como doctrina "definitive tenenda". El sacramento es inválido si un diácono o un laico intenta administrarlo. Esa acción constituiría un delito de simulación en la administración del sacramento, punible a tenor del canon 1379 del Código de derecho canónico (cf. canon 1443 del Código de cánones de las Iglesias orientales).
Como conclusión, conviene recordar que el sacerdote, por el sacramento que ha recibido, hace presente de una manera totalmente particular a nuestro Señor Jesucristo, Cabeza de la Iglesia. En la administración de los sacramentos actúa in persona Christi Capitis y también in persona Ecclesiae. Quien actúa en este sacramento es Jesucristo; el sacerdote es el instrumento vivo y visible. Representa y hace presente a Cristo de modo especial, por lo cual este sacramento tiene una dignidad y eficacia particulares con respecto a un sacramental, pues, como dice la Palabra inspirada acerca de la Unción de los enfermos, "el Señor hará que se levante" (St 5, 15). El sacerdote actúa también in persona Ecclesiae. Los "presbíteros de la Iglesia" recogen en su plegaria (cf. St 5, 14) la oración de toda la Iglesia; como dice santo Tomás de Aquino a este respecto: "oratio illa non fit a sacerdote in persona sua (...), sed fit in persona totius Ecclesiae" (Summa Theol., Suppl., q. 31, a. 1, ad 1). Esa oración es escuchada.”
[12] (Consejo Episcopal Latinoamericano . Departamento de Liturgia, 1976, págs. 474-475)
[13] (Navarrete, Libro IV. La función de santificar de la Iglesia (cc. 834-1253), pág. 199)
[14] Hermosamente lo expresa el Exultet en sus dos primeras estrofas: “Alégrense por fin los coros de los ángeles,/ Alégrense las jerarquías del cielo,/ y por la victoria de Rey tan poderoso/ que las trompetas anuncien la salvación.// Goce también la tierra, inundada de tanta claridad,/ y que, radiante con el fulgor del Rey eterno,/ se sienta libre de la tiniebla,/ que cubría el orbe entero.” Véase en: (https://misadiaria.blogspot.com/2019/03/sabado-20-abril-2018-sabado-santo-y.html).
[15] La palabra viene del latín dolor-is. En griego antiguo la palabra correspondiente es ἀλγηδών (algedon), con la cual se crearon palabras castellanas empleadas sobre todo en la medicina y sus relacionadas como (an)-algesia y (odont)-algia.
[16] La palabra viene del latín infirmitas-tis. En griego antiguo νόσoj-ου  (nosos) pero también ασθένεια (asthéneia). De νόσoj  deriva en castellano nosología, la parte de la medicina que describe, diferencia y clasifica las enfermedades.
[17] La palabra griega ge,rwn gerontoj  (géron-gerontos), que significa anciano, hombre viejo. De ahí derivan dos palabras en nuestra lengua, muy relacionadas entre sí, las cuales dan origen a sendas actividades humanas. La geriatría es una especialidad médica dedicada al estudio de la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y la rehabilitación de las enfermedades en las personas de la tercera edad. La gerontología es la ciencia que se dedica a estudiar los diversos aspectos de la vejez y el envejecimiento de una población, tales como los biológicos psicológicos, sociales, económicos y culturales.
[18] En el Antiguo Testamento ya se hacía un elogio de los médicos y de quienes se dedican a fabricar a partir de las plantas medicinales los ungüentos y otros remedios que se aplican o dan por indicación médica. En el Eclo (Si) 38, 1-8 leemos: “Honra al médico por sus servicios, como corresponde, porque también a él lo ha creado el Señor. La curación procede del Altísimo, y el médico recibe presentes del rey. La ciencia del médico afianza su prestigio y él se gana la admiración de los grandes. El Señor hizo brotar las plantas medicinales, y el hombre prudente no las desprecia. ¿Acaso una rama no endulzó el agua, a fin de que se conocieran sus propiedades? El Señor dio a los hombres la ciencia, para ser glorificado por sus maravillas. Con esos remedios el médico cura y quita el dolor, y el farmacéutico prepara sus ungüentos. Así, las obras del Señor no tienen fin, y de él viene la salud a la superficie de la tierra.”
[19] El Papa san Juan Pablo II escribió a este propósito: “Este es el sentido del sufrimiento, verdaderamente sobrenatural y a la vez humano. Es sobrenatural, porque se arraiga en el misterio divino de la redención del mundo, y es también profundamente humano, porque en él el hombre se encuentra a sí mismo, su propia humanidad, su propia dignidad y su propia misión. El sufrimiento ciertamente pertenece al misterio del hombre. Quizás no está rodeado, como está el mismo hombre, por ese misterio que es particularmente impenetrable. El Concilio Vaticano II ha expresado esta verdad: « En realidad, el misterio del hombre sólo se esclarece en el misterio del Verbo encarnado. Porque... Cristo, el nuevo Adán, en la misma revelación del misterio del Padre y de su amor, manifiesta plenamente el hombre al hombre y le descubre la sublimidad de su vocación »[Conc. Ecum. Vat. II, Constitución pastoral sobre la iglesia en el mundo actual, Gaudium et spes, 22]. Si estas palabras se refieren a todo lo que contempla el misterio del hombre, entonces ciertamente se refieren de modo muy particular al sufrimiento humano. Precisamente en este punto el «manifestar el hombre al hombre y descubrirle la sublimidad de su vocación» es particularmente indispensable. Sucede también —como lo prueba la experiencia— que esto es particularmente dramático. Pero cuando se realiza en plenitud y se convierte en luz para la vida humana, esto es también particularmente alegre. «Por Cristo y en Cristo se ilumina el enigma del dolor y de la muerte»[ibíd.].”
[20] Jb 42, 1-6: “Job respondió al Señor, diciendo: Yo sé que tú lo puedes todo y que ningún proyecto es irrealizable para ti. Sí, yo hablaba sin entender, de maravillas que me sobrepasan y que ignoro. «Escucha, déjame hablar; yo te interrogaré y tú me instruirás». Yo te conocía sólo de oídas, pero ahora te han visto mis ojos. Por eso me retracto, y me arrepiento en el polvo y la ceniza.”
[21] Mt 4,23-24: “Jesús recorría toda la Galilea, enseñando en las sinagogas, proclamando la Buena Noticia del reino y curando todas las enfermedades y dolencias de la gente. Su fama se extendió por toda la Siria, y le llevaban a todos los enfermos, afligidos por diversas enfermedades y sufrimientos: endemoniados, epilépticos y paralíticos, y él los curaba. Lo seguían grandes multitudes que llegaban a Galilea, de la Decápolis, de Jerusalén, de Judea y de la Transjordania.”
[22] Mc 2,1-12: “Unos días después, Jesús volvió a Cafarnaúm y se difundió la noticia de que estaba en la casa. Se reunió tanta gente, que no había más lugar ni siguiera delante de la puerta, y él les anunciaba la Palabra. Le trajeron entonces a un paralítico, llevándolo entre cuatro hombres. Y como no podían acercarlo a él, a causa de la multitud, levantaron el techo sobre el lugar donde Jesús estaba, y haciendo un agujero descolgaron la camilla con el paralítico. Al ver la fe de esos hombres, Jesús dijo al paralítico: «Hijo, tus pecados te son perdonados». Unos escribas que estaban sentados allí pensaban en su interior: «¿Qué está diciendo este hombre? ¡Está blasfemando! ¿Quién puede perdonar los pecados, sino sólo Dios?» Jesús, advirtiendo en seguida que pensaban así, les dijo: «¿Qué están pensando? ¿Qué es más fácil, decir al paralítico: "Tus pecados te son perdonados", o "Levántate, toma tu camilla y camina"? Para que ustedes sepan que el Hijo de hombre tiene sobre la tierra el poder de perdonar los pecados – dijo al paralítico – yo te lo mando, levántate, toma tu camilla y vete a tu casa». Él se levantó en seguida, tomó su camilla y salió a la vista de todos. La gente quedó asombrada y glorificaba a Dios, diciendo: «Nunca hemos visto nada igual».”
[23] Mt 25,34-40: “Entonces el Rey dirá a los que tenga a su derecha: "Vengan, benditos de mi Padre, y reciban en herencia el Reino que les fue preparado desde el comienzo del mundo, porque tuve hambre, y ustedes me dieron de comer; tuve sed, y me dieron de beber; estaba de paso, y me alojaron; desnudo, y me vistieron; enfermo, y me visitaron; preso, y me vinieron a ver". Los justos le responderán: "Señor, ¿cuándo te vimos hambriento, y te dimos de comer; sediento, y te dimos de beber? ¿Cuándo te vimos de paso, y te alojamos; desnudo, y te vestimos? ¿Cuándo te vimos enfermo o preso, y fuimos a verte?". Y el Rey les responderá: "Les aseguro que cada vez que lo hicieron con el más pequeño de mis hermanos, lo hicieron conmigo".”
[24] Jn 1,29: “Al día siguiente, Juan vio acercarse a Jesús y dijo: «Este es el Cordero de Dios, que quita el pecado del mundo».”
[25] Lc 7,18-23: “Juan fue informado de todo esto por sus discípulos y, llamando a dos de ellos, los envió a decir al Señor: «¿Eres tú el que ha de venir o debemos esperar a otro?». Cuando se presentaron ante él, le dijeron: «Juan el Bautista nos envía a preguntarte: "¿Eres tú el que ha de venir o debemos esperar a otro?"». En esa ocasión, Jesús curó mucha gente de sus enfermedades, de sus dolencias y de los malos espíritus, y devolvió la vista a muchos ciegos. Entonces respondió a los enviados: «Vayan a contar a Juan lo que han visto y oído: los ciegos ven, los paralíticos caminan, los leprosos son purificados y los sordos oyen, los muertos resucitan, la Buena Noticia es anunciada a los pobres. ¡Y feliz aquel para quien yo no sea motivo de escándalo!».”
[26] Mc 8,22-26: “Presentaron a Jesús un ciego y le pidieron que le tocase. Jesús tomó de la mano al ciego y lo condujo fuera de la aldea. Allí le untó los ojos con saliva, le puso las manos encima y le preguntó: -¿Ves algo? El ciego abrió los ojos y dijo: -Veo a la gente. Son como árboles que andan. Jesús le puso otra vez las manos sobre los ojos, y entonces el ciego vio perfectamente. Estaba curado; podía ver ya con toda claridad. Después Jesús le mandó a casa, encargándole que ni siquiera entrase en la aldea.”
[27] Jn 9,6: “Después que dijo esto, escupió en la tierra, hizo barro con la saliva y lo puso sobre los ojos del ciego”.
[28] Lc 6,17-19: “Al bajar con ellos se detuvo en una llanura. Estaban allí muchos de sus discípulos y una gran muchedumbre que había llegado de toda la Judea, de Jerusalén y de la región costera de Tiro y Sidón, para escucharlo y hacerse curar de sus enfermedades. Los que estaban atormentados por espíritus impuros quedaban curados; y toda la gente quería tocarlo, porque salía de él una fuerza que sanaba a todos.”
[29] Mc 6,12-13: “Entonces fueron a predicar, exhortando a la conversión; expulsaron a muchos demonios y curaron a numerosos enfermos, ungiéndolos con óleo.”
[30] Mt 10,7-8: “Por el camino, proclamen que el Reino de los Cielos está cerca. Curen a los enfermos, resuciten a los muertos, purifiquen a los leprosos, expulsen a los demonios. Ustedes han recibido gratuitamente, den también gratuitamente.”
[31] Lc 9-1-6: “Jesús convocó a los Doce y les dio poder y autoridad para expulsar a toda clase de demonios y para curar las enfermedades. Y los envió a proclamar el Reino de Dios y a sanar a los enfermos, diciéndoles: «No lleven nada para el camino, ni bastón, ni alforja, ni pan, ni dinero, ni tampoco dos túnicas cada uno. Permanezcan en la casa donde se alojen, hasta el momento de partir. Si no los reciben, al salir de esas ciudad sacudan hasta el polvo de sus pies, en testimonio contra ellos». Fueron entonces de pueblo en pueblo, anunciando la Buena Noticia y curando enfermos en todas partes.”
[32] “Instituta est autem sacra haec unctio infirmorum tamquam vere et proprie sacramentum Novi Testamenti a Christo Domino nostro, apud Marcum quidem insinuatum (Mc 6,13), per Iacobum autem Apostolum ac Domini fratrem fidelibus commendatum ac promulgatum (can. 1). “Infirmatur quis in vobis? Advocet presbyteros ecclesiae, et orent super eum, unguentes eum oleo in nomine Domini. Et oratio fidei salvabit infirmum, et allevabit eum Dominus; et si peccata operatus fuerit, dimittentur ei.” (Iac 5,14-15). Quibus verbis, ut ex apostolica traditione per manus accepta Ecclesia didicit, docet materiam, formam, proprium ministrum et effectum huius salutaris sacramenti. Intellexit enim Ecclesia, materiam esse óleum ab episcopo benedictum; nam unctio aptissime Spiritus Sancti gratiam, qua invisibiliter anima aegrotantis inungitur, repraesentat; formam deinde esse illa verba: “Per istam unctionem”, etc.”: “Ahora bien, esta sagrada unción de los enfermos fue instituida como verdadero y propio sacramento del Nuevo Testamento por Cristo Nuestro Señor, insinuado ciertamente en Marcos [Mc. 6, 13] y recomendado y promulgado a los fieles por Santiago Apóstol y hermano del Señor [can. 1]. ¿Está —dice— alguno enfermo entre vosotros? Haga llamar a los presbíteros de la Iglesia y oren sobre él, ungiéndole con óleo en el nombre del Señor; y la oración de la fe salvará al enfermo y le aliviará el Señor; y si estuviere en pecados, se le perdonarán [Iac. 5, 14 s]. Por estas palabras, la Iglesia, tal como aprendió por tradición apostólica de mano en mano transmitida, enseña la materia, la forma, el ministro propio y el efecto de este saludable sacramento. Entendió, en efecto, la Iglesia que la materia es el óleo bendecido por el obispo; porque la unción representa de la manera más apta la gracia del Espíritu Santo, por la que invisiblemente es ungida el alma del enfermo; la forma después entendió ser aquellas palabras: Por esta unción, etc.”
[33] La expresión, en sentido general, quiere decir que una persona no será condenada, superará el juicio final y alcanzará la vida eterna. Referida a la enfermedad y a la muerte, indica la superación o liberación de estos peligros. Como fue la fe de la hemorroísa que tocaba el manto de Jesús, o como la del ciego Bartimeo (cf. Mc 5, 28-34; Mt 9, 21 y Mc 10, 52.
[34] La expresión se encuentra en los Evangelios sinópticos con el significado de liberar de la enfermedad, pero también de la resurrección de los muertos. Pero, estando junto al témino anterior (“salvación”) significan una oración y una acción cuyo fin es la curación del enfermo. Lo mismo que sugiere la unción con el óleo, para fortalecimiento del cuerpo y de toda la persona. No se trata, pues, de un efecto para el más allá, al menos en un primer momento.
[35] Gracias a los presbíteros, que obran en persona y por encargo del Señor, el enfermo, si ha pecado, recibe el perdón por la oración y por la unción, es decir, la enfermedad y el sufrimiento se pueden convertir en ocasión de salvación, porque Dios quiere aliviar a los hombres en la tierra, y conducirlos a la vida eterna por en medio de una y otra.
[36] La enfermedad grave se expresa en griego por la palabra kamnonta, que es el participio presente en la voz activa del verbo kamno, y significa “estar agotado”, “estar exhausto”, “estar fatigado en extremo”.
[37] La expresión es técnica y se encuentra también, empleada por san Pablo, en He 20, 17.28: “Desde Mileto, mandó llamar a los presbíteros de la Iglesia de Éfeso […] Velen por ustedes, y por todo el rebaño sobre el cual el Espíritu Santo los ha constituido guardianes para apacentar a la Iglesia de Dios, que él adquirió al precio de su propia sangre”. Cf. He 11,30; 14,23; 15,2.4.6; 16, 4.
[38] No se trata, pues, de un gesto carismático que un fiel cristiano pudiera realizar.
[39] Se debe observar el texto literariamente. Se trata seguramente de la referencia no al sacramento de la penitencia propia y distintamente, sino a una acción litúrgica (como solemos hacer al comienzo de la Eucaristía) en la que oraban los unos por los otros por el perdón de los pecados: “Confiesen mutuamente sus pecados y oren los unos por los otros, para ser curados. La oración perseverante del justo es poderosa”.
[40] En sus liturgias (Armenias, Sirias, Coptas) se contiene el rito para la bendición del óleo, siguiendo el texto apostólico, a pesar de su separación de la Iglesia Católica en 451.
[41] Véase (consulta del 15 de noviembre de 2019) en: Hans Boersma - Matthew Levering (eds.): The Oxford Handbook of Sacramental Theology Oxford University Press 2015 539 en: https://books.google.com.co/books?id=rgkWCgAAQBAJ&pg=PA539&lpg=PA539&dq=holy+assyrian+apostolic+catholic+church+of+the+east+Anointing+of+the+Sick&source=bl&ots=mklB1x1hzL&sig=ACfU3U1UQMWV-68OhXXRXp5oW9yjDBQaJg&hl=es&sa=X&ved=2ahUKEwiM5eKk_OzlAhVSo1kKHR5gBpA4ChDoATADegQICRAB#v=onepage&q=holy%20assyrian%20apostolic%20catholic%20church%20of%20the%20east%20Anointing%20of%20the%20Sick&f=false
El c. 19 del Sínodo de Seleucia del año 554, presidido por el Patriarca José, establecía que “a quienes fueran adictos a las prácticas diabólicas y supersticiosas, para que se convirtieran se les debería aplicar, como a uno que está corporalmente enfermo, el aceite de la oración bendecido por los presbíteros” (J. B. Chabot: Synodicon Orientale. Recueil de Synodes Nestoriens Imprimerie National Paris 1902, p. 363, en: https://archive.org/details/ChabotSynodiconOrientale/page/n17).
[42] Consulta del 15 de noviembre de 2019, en: https://www.goarch.org/holyunction
[43] Ya se señaló (http://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/04/l.html; http://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/09/l_23.html) que la Ortodoxia abarca quince Iglesias denominadas “autocéfalas”, que se consideran según un orden de precedencia. De ellas, las nueve primeras son lideradas por Patriarcas, las demás, por Arzobispos o Metropolitas: Constantinopla, Alejandría, Antioquía, Jerusalén, Rusia (1589), Serbia (1219), Rumania (1925), Bulgaria (1927), Georgia (1466), Chipre (1434), Grecia (1850), Polonia (1924), Albania (1937), Checa y Eslovaca (1951), y en América (1970).
[44] La usanza en muchas de estas Iglesias es que en semana santa, generalmente en la tarde del miércoles santo, se reúna la comunidad para recibir este sacramento, sea que uno se encuentre bien o mal de salud, porque lo importante es la ayuda espiritual que de él se recibe: tanto para confortar a la persona como para pedir la liberación de la enfermedad eventualmente por la muerte. Pero también se puede administrar individualmente, así como es posible que uno pueda guardar en su casa el aceite bendecido. Se conserva así la tradición recordada por el Apóstol Santiago. En (consulta del 15 de noviembre de 2019): http://factsanddetails.com/russia/People_and_Life/sub9_2b/entry-5004.html#chapter-11
[45] De Adorat. in Spiritu et Veritate, VI, in P.G., LXVIII, 470 sq.
[46] Se mencionan también textos de Tertuliano; de Afraates (+345) en la Iglesia persa (sobre el uso del aceite consagrado en diferentes sacramentos, inclusive de la unción de los enfermos: Demonstratio xxiii, 3, en René L. M. Graffin (ed.): Patrologia Syriaca: Complectens Opera Omnia Ss. Patrum, Doctorum Scriptorumque Catholicorum, Quibus Accedunt Aliorum Acatholicorum Auctorum Scripta quae ad Res Ecclesiasticas pertinent, quotquot Syriace supersunt, secundum Codices praesertim Londinenses, Parisienses, Vaticanos Firmin-Didot Paris 1894 vol. I, p. lv).
[47] Consulta del 15 de noviembre de 2019, en: http://www.documentacatholicaomnia.eu/20vs/103_migne_pg_g/1815-1875,_Migne,_PG_012_(02-00)_Origenes._Opera_Omnia,_GM.pdf
[48] “Sane quoniam de hoc sicut de ceteris consulere voluit dilectio tua, adiecit etiam filius meus Caelestinus diaconus in epistola sua, esse a tua dilectione positum illud, quod in beati Apostoli Jacobi epistola conscriptum est: 'Si infirmus aliquis in vobis est, vocet presbyteros, et orent super eum, ungentes eum oleo in nomine Domini: et oratio fidei salvabit laborantem, et suscitabit illum Dominus, et si peccatum fecit, remittet ei' (Iac 5, 14 s). Quod non est dubium de fidelibus aegrotantibus accipi vel intelligi debere, qui sancto oleo chrismatis perungi possunt, quod ab episcopo confectum, non solum sacerdotibus, sed et omnibus uti Christianis licet in sua aut in suorum necessitate ungendum. Ceterum illud superfluum esse videmus adiectum, ut de episcopo ambigatur quod presbyteris licere non dubium est. Nam idcirco presbyteris dictum est, quia episcopi occupationibus alii impediti ad omnes languidos ire non possunt. Ceterum si episcopus aut potest aut dignum ducit aliquem a se visitandum, et benedicere et tangere chrismate sine cunctatione potest, cuius est chrisma conficere. Nam paenitentibus istud infundi non potest, quia genus est sacramenti. Nam quibus reliqua sacramenta negantur, quomodo unum genus putatur posse concedi?” (DS 216).
[49] Así, bendecido de esta manera el óleo, quedaba dispuesto para que se pudiera ungir con él al enfermo por parte de los presbíteros, pero también, eventualmente, por un diácono o por otro laico.
[50] P.L., XXXIV, 887-1040.
[51] Cap. xxvii, in P.L., XXXII, 56.
[52] De Poenit., VIII, in P.L., XVI, 477: « (Agustín) si por casualidad era requerido por algún enfermo para que rezara al Señor por él en su presencia y le impusiera las manos, acudía sin demora».
[53] Comenzando por los de los Obispos y los de los teólogos de la época: Amalarius de Metz: De Eccles. Offic., I, xii, in P.L., CV, 1011 sq.); Paschasius Radbertus: De Corp. et Sang. Domini, c. viii, in P.L., CXX, 1292; Haymo, Obispo de Halberstadt: Homilía sobre Lucas 9,6 (P.L., CXVIII, 573); Amulo, Obispo de Lyons: Carta a Theobaldo (P.L., CXVI, 82); Prudentius, Obispo de Treves (P.L., CXV, 1374; cf. Acta SS., 21 Sept., p. 272); y Jonás, Obispo de Orléans: Institutio Laicalis (III, xiv, in P.L., CVI, 122 sq.). Para sus diócesis, encontramos primeramente los Estatutos (631) de san Sonnatio, Arzobispo de Reims, quien indicó (n. 15) que “la extremaunción debe ser administrada a la persona que la solicite” y que “el pastor debe visitarla por sí mismo a fin de prepararla adecuadamente para la futura gloria” (P.L., LXXX, 445). Luego, san Bonifacio, Obispo de Maguncia, promulgó unos Cánones (745) en los que prohibió a los sacerdotes “salir de viaje sin el crisma, sin el óleo bendito y sin la eucaristía”, por cualquier emergencia que se les pudiera presentar (P.L., LXXXIX, 821 sq). El Arzobispo de York, Egberto (732-766), en sus Excerptiones menciona la extremaunción entre la penitencia y la eucaristía, y ordenó que fuera administrada diligentemente (P.L., LXXXIX, 382). Luego, en su obra Capitulare (789) advirtió a los presbíteros que llevaran a los fieles enfermos a la Iglesia con el fin de administrarles no sólo el sacramento de la extremaunción sino también la penitencia y la eucaristía (P.L., CV, 220 sq.).
[54] Jean Hardouin: Conciliorum collectio regis maxima. Acta conciliorum, et epistolae decretales ac constitutiones summorum pontificum Paris 1726 IV, 1040.
[55] Jean Hardouin: Conciliorum collectio regis maxima. Acta conciliorum, et epistolae decretales ac constitutiones summorum pontificum, cap. ii, can. v, IV, 1397.
[56] Jean Hardouin: Conciliorum collectio regis maxima. Acta conciliorum, et epistolae decretales ac constitutiones summorum pontificum, cap. xxvi, ibíd.., V, 13.
[57] Jean Hardouin: Conciliorum collectio regis maxima. Acta conciliorum, et epistolae decretales ac constitutiones summorum pontificum, cap. VIII, ibíd.. III, 27; DS 620.
[58] De sacramentis fidei L. II, p. XV, c. ii.
59] Libros de Sentencias IV, dist. xxiii.
[60] Comentario sobre las sentencias de Pedro Lombardo Dist. 23, a. 1, qq. 3-4.
[61] Contemporáneo a este movimiento existió otro, el de los Cátaros o Albigenses, durante los siglos XI a XIII. De acuerdo con sus tesis, originadas en principios dualistas y reencarnacionistas maniqueos y gnósticos sobre los que se fundaban, la encarnación del Verbo era una “corrupción” y los sacramentos, comenzando por el bautismo y la eucaristía, no tenían consistencia alguna. Sus doctrinas fueron declaradas herejía y sus promotores fueron inclusive perseguidos por la Inquisición hasta, prácticamente, su extinción.
[62] La misma profesión de fe fue pronunciada por el Patriarca Juan XI Veccus (Bekkos) con su Sínodo en abril de 1277 (Enchiridion Symbolorum definitionum et declarationum de rebus fidei et morum, pág. 275).
[63] (Alberigo, Josephus et alii (Curantibus), pág. 305).
[64] De articulis fidei et Ecclesiae sacramentis.
[65] Se ha de mencionar que estos puntos habían sido puestos en duda por parte del inglés John Wyclif (1330-1384), del bohemio Jan Huss (1370-1415), de Jerónimo de Praga (1379-1416) y sus seguidores.
Las tesis fueron debatidas en el Concilio de Constanza (1414-1418), y en las sesiones VIII, del 4 de mayo de 1415, y XV, del 15 de junio de 1415, fueron condenados los errores de los dos primeros, respectivamente (Alberigo, Josephus et alii (Curantibus), págs. 422-426; 426-431), y en la del 30 de mayo de 1416, los del último de ellos ( (Conciliorum Oecumenicorum Decreta, págs. 433-434). El Papa Marín V (1417-1431), elegido para terminar el cisma de los tres Papas (Denzinger, Henricus - Schönmetzer, Adolfus, pág. 315), sancionó las decisiones conciliares el 22 de febrero de 1418.
[66] (Alberigo, Josephus et alii (Curantibus), págs. 710-711)
[67] Suplemento, ya citado arriba.
[68] (Alberigo, Josephus et alii (Curantibus), pág. 713)
[69] Como se ve, la decisión fue tomada directa y principalmente contra la Reforma iniciada en el siglo XVI (Lutero, Calvino). Se ha de advertir que, en el Libro de Oración adoptado por la Iglesia Anglicana a partir del rey Eduardo (1551) se mantenía el rito de la unción de los enfermos con sus oraciones de clara índole católica, pero, a partir de la segunda edición, desapareció. Similar conducta fue asumida por numerosos protestantes. Hoy en día, por el contrario, son diversas las comunidades anglicanas que han restaurado el sacramento de la unción de los enfermos dentro de sus doctrinas y prácticas.
A partir de los antiguos Sacramentarios y de otras obras posteriores a ellos en los que se contenían las oraciones y las normas empleadas para la realización del sacramento – ninguno de ellos con carácter único, exclusivo y obligatorio – se llegó al Sacerdotale de Albert Castellani (1537) y a su versión véneta de 1579 realizada por Grancesco Samarino. Con todo, fue el Cardenal Julio Antonio Santorio quien, a solicitud del Papa Gregorio XIII en 1584, se dedicó cuidadosa y dedicadamente a elaborar el texto a partir del cual se elaboraría el que sería denominado Rituale sacramentorum romanum, publicado en 1614 por el Papa Pablo V (Const. Apostolicae Sedis del 17 de junio) y puesto en vigor para la Iglesia en Occidente (el Eucologio en Oriente). En éste se leía la fórmula del sacramento de esta manera: “Per istam sanctam unctionem, et suam piissimam misericordiam, indulgeat tibi Dominus quidquid deliquisti", y se añadía “por el (tacto, v. gr.)…”, mientras se tocaba, el sentido correspondiente. El antiguo rito especificaba que se ungían las palmas al laico y el reverso a los sacerdotes cuyas palmas ya estaban ungidas.
[70] (Pablo VI, 1972)


Notas finales


[i] NdE. Fue santo Tomás de Aquino en el Suplemento (de la Tercera Parte, q. 30 (2019, págs. 57-58)) de la Suma Teológica quien expresó de manera muy completa los efectos que tiene el sacramento de la unción: “Ahora bien, este sacramento se administra a modo de cierto medicamento, como el bautismo se emplea a modo de ablución; y las medicinas se usan para combatir la enfermedad. Luego este sacramento fue instituido principalmente para sanar la enfermedad producida por el pecado. Si el bautismo es una regeneración espiritual y la penitencia una resurrección, la extremaunción viene a constituir una curación o medicación espiritual. Y así como la medicina corporal presupone la vida del cuerpo en el enfermo, así también la medicina espiritual presupone la vida espiritual. Por eso, este sacramento no se administra contra los pecados que privan de la vida espiritual, que son el pecado original y el mortal personal, sino contra aquellos otros defectos que hacen enfermar al hombre espiritualmente y le restan fuerzas para llevar a cabo los actos de la vida de la gracia y de la gloria. Y esos defectos no son más que cierta debilidad o ineptitud que dejan en nosotros el pecado actual o el original. Y contra esa debilidad, el hombre cobra fuerzas mediante este sacramento».

[ii] “TITULUS V. De extrema unctione.
Can. 937*. Extremae unctionis sacramentum conferri debet per sacras unctiones, adhibito oleo olivarum rite benedicto, et per verba in ritualibus libris ab Ecclesia probatis praescripta.
CAPUT I. De ministro extremae unctionis.
Can. 938*. §1. Hoc sacramentum valide administrat omnis et solus sacerdos. §2. Salvo praescripto can. 397, n. 3, 514, §§1-3, minister ordinarius est parochus loci, in quo degit infirmus; in casu autem necessitatis, vel de licentia saltem rationabiliter praesumpta eiusdem parochi vel Ordinarii loci, alius quilibet sacerdos hoc sacramentum ministrare potest.
Can. 939*. Minister ordinarius ex iustitia tenetur hoc sacramentum per se ipse vel per alium administrare, et in casu necessitatis ex caritate quilibet sacerdos.
CAPUT II. De subiecto extremae unctionis.
Can. 940*. §1. Extrema unctio praeberi non potest nisi fideli, qui post adeptum usum rationis ob infirmitatem vel senium in periculo mortis versetur. §2. In eadem infirmitate hoc sacramentum iterari non potest, nisi infirmus post susceptam unctionem convaluerit et in aliud vitae discrimen inciderit.
Can. 941*. Quando dubitatur num infirmus usum rationis attigerit, num in periculo mortis reipsa versetur vel num mortuus sit, hoc sacramentum ministretur sub conditione.
Can. 942*. Hoc sacramentum non est conferendum illis qui impoenitentes in manifesto peccato mortali contumaciter perseverant; quod si hoc dubium fuerit, conferatur sub conditione.
Can. 943*. Infirmis autem qui, cum suae mentis compotes essent, illud saltem implicite petierunt aut verisimiliter petiissent, etiamsi deinde sensus vel usum rationis amiserint, nihilominus absolute praebeatur.
Can. 944*. Quamvis hoc sacramentum per se non sit de necessitate medii ad salutem, nemini tamen licet illud negligere; et omni studio et diligentia curandum ut infirmi, dum sui plene compotes sunt, illud recipiant.
CAPUT III. De ritibus et caeremoniis extremae unctionis.
Can. 945*. Oleum olivarum, in sacramento extremae unctionis adhibendum, debet esse ad hoc benedictum ab Episcopo, vel a presbytero qui facultatem illud benedicendi a Sede Apostolica obtinuerit.
Can. 946*. Oleum infirmorum parochus loco nitido et decenter ornato in vase argenteo vel stamneo diligenter custodiat, nec domi retineat nisi ad normam can. 735.
Can. 947*. §1. Unctiones verbis, ordine et modo in libris ritualibus praescripto, accurate peragantur; in casu autem necessitatis sufficit unica unctio in uno sensu seu rectius in fronte cum praescripta Forma breviore, salva obligatione singulas unctiones supplendi, cessante periculo. §2. Unctio renum semper omittatur. §3. Unctio pedum ex qualibet rationabili causa omitti potest. §4. Extra casum gravis necessitatis, unctiones ipsa ministri manu nulloque adhibito instrumento fiant.”

[iii] NdE. En las Iglesias de Ritos Orientales es frecuente y tradicional que en la celebración participen dos o más presbíteros, y la práctica ha sido sancionada y alentada por el CCIO (c. 737 § 2). En esa circunstancia, pueden bendecir el óleo de los enfermos, como ocurre también en la Iglesia Latina. Pero, aceptada esta posibilidad, la tradición – que la Iglesia Latina no quiere perder – consiste en la insistencia de que el aceite sea bendecido por el Obispo, y esa fue la enseñanza del Concilio de Trento. Por eso se comprende también que el Santo Oficio hubiera decretado el 13 de enero de 1611 (DS 2763) que emplear óleo no bendecido por el Obispo debe considerarse “temerario y cercano al error”. No obstante, se trató de una decisión provisional, transitoria, porque, como se dijo, tal no ha sido la práctica de la Iglesia entera sino sólo de la Latina. Más aún, a los fieles de la Iglesia Griega del sur de Italia, en comunión por supuesto con la Sede de Pedro, la práctica fue aprobada por los Papas Clemente VIII en 1595 y Benedicto XIV en 1742, y de la misma manera se procedió con otras Iglesias de Oriente que entraron en la misma comunión eclesiástica (León XII: Carta ap. Orientalium dignitas Ecclesiarum, “De Disciplina Orientalium conservanda et tuenda” fechada en las vísperas de las calendas de diciembre de 1894, en Acta S. Sedis, XXVII, pp. 257 sq., en, consulta del 19 de noviembre de 2019: http://www.vatican.va/archive/ass/documents/ASS-27-1894-95-ocr.pdf). No queda duda, pues, de que los presbíteros pueden ser delegados por los Obispos para bendecir válidamente el óleo de los enfermos, y actualmente se hace de conformidad con la norma del supremo legislador en la Iglesia.

[iv] NdE. En cuanto al ministro de la unción, la opción y determinación del Concilio de Trento fue, en línea con gran parte de la tradición, seguir la indicación del Apóstol Santiago, precisando que esos “presbíteros de la Iglesia” a los que éste alude, son, efectivamente, los sacerdotes de la Iglesia, es decir, los Obispos y los presbíteros ordenados válidamente por ellos (Sesión XIV, cap. III con el c. IV sobre la Extremaunción).
Como se dijo en otro lugar, no faltaron quienes interpretaron las palabras del Papa Inocencio I en el siglo V, como testimonio de que, para favorecer la administración del viático a los moribundos, para reconciliar a los penitentes en esa circunstancia, se hubiera permitido también a diáconos – e, incluso, a laicos, hombres y mujeres – la administración de la unción, cuando faltaran los presbíteros que lo hicieran. La tesis o propuesta ha sido reiterada de vez en cuando, hasta nuestros días, por parte de algunos investigadores (Tomás Valdense, v. gr., en 1430; Auguste Boudinhon, en 1905). Pero contradice la enseñanza de Trento. No parece que el Papa Inocencio I hubiera querido hacer equivalentes las bendiciones dadas al aceite por un Obispo con las dadas por otros distintos de este, al menos siguiendo la práctica indicada por Santiago. En cambio, bien se puede considerar hoy un sacramental, la unción que se hace con aceites a los que se dé una bendición, pero no por parte de un Obispo y con la finalidad (expresada en la fórmula) específica para la que se destina el óleo de los enfermos, es decir, a la manera de una práctica devota. Inclusive, se ha desestimado la opinión de Giovanni Clericato (“Clericatus”), quien consideraba que un presbítero podía ungirse a sí mismo en caso de enfermedad – en analogía con la eucaristía –: la Congregación de Propaganda Fide rechazó esta opinión (23 de marzo de 1844).
Como se ha dicho, por otra parte, es práctica común en las Iglesias Orientales que varios sacerdotes (en algunas Iglesias, mínimo tres, en otras, deben ser siete) se reúnan para la celebración y administración del sacramento. La Iglesia Latina, por el contrario, no lo estima así. La expresión “presbíteros de la Iglesia” de la carta de Santiago – en plural, por lo tanto – se ve que surge de la práctica de comunidades en las que había un buen número de presbíteros, y por eso habla en plural, de una manera popular y familiar. No excluye que, siendo varios, pueda uno de ellos actuar, y tal fue la práctica en la Iglesia de los primeros siglos, tanto en Oriente como en Occidente. Por el contrario, el Papa Benedicto XIV (Const. ap. Etsi Pastoralis, de 1742), que permitió a los Griegos del sur de Italia continuar con su práctica de la unción de los enfermos, y por lo mismo permitió que un solo presbítero, o varios, realizaran el ministerio en la celebración, con la condición de que uno mismo ungiera y pronunciara la fórmula de la unción. Iglesias que permiten a varios ministros participar en el sacramento, obligan a cada uno de ellos a repetir todo el rito – palabras y acciones – al enfermo.
La doctrina, en tiempos recientes, fue nuevamente presentada por el Papa san Pablo VI en la Const. ap. Sacram unctionem infirmorum del 30 de noviembre de 1972, a la que hemos hecho referencia, y el documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe, que transcribimos al final de estas notas.

[v] NdE. El c. se refiere al fiel que recibe el sacramento de la unción. Se trata, como se ha dicho, de un enfermo que está verdaderamente frágil, padeciendo una dolencia considerada posible o presumiblemente como mortal. Debe tenerse sin embargo un criterio equilibrado, pues no se trata de un sacramento que se haya de administrar sólo a los pecadores ya moribundos, así como tampoco del sacramento que, en la forma de viático, se dará al recién bautizado que está para presentarse ante Dios. El cambio en el acento del sacramento, al hablarse sí de “extremaunción” pero sobre todo de “unción de los enfermos” – y, por extensión, de los ancianos – alcanza, por supuesto a los moribundos, pero también a quienes se van a someter a una cirugía compleja, arriesgada, y a quienes, a causa de su edad, van viendo, día tras día, más debilitada su salud física y aún mental.
De otra parte – y ello nunca debería olvidarse –, nuestra fe reivindica que los enfermos tienen una tarea social imprescindible tanto en el mundo como en la Iglesia. Ante el sufrimiento humano, en su amplio espectro, se experimenta la necesidad y la importancia de la vida, y de una vida vivida con plena humanidad. Y se sufre porque no se la tiene, porque se agota, y no se encuentran las fuerzas para volverla adquirir. El dolor ya no es sólo físico, y ocasiona una prueba dura para quien así sufre. ¿Qué es, entonces, lo fundamental en la vida? ¿Cuál, en últimas, es nuestro destino? El enfermo y el anciano provocan en nosotros estos cuestionamientos, más allá de las perspectivas y propuestas puramente inmediatistas, pragmáticas, que buscan sólo la eficiencia o los aspectos económicos, técnicos, sociales o políticos del progreso, tributándoles irrevocable sumisión. El sacramento de la unción, al apropiarse de este dolor, de esta angustia, de esta prueba, los ilumina con la fe y los transfigura con la fuerza de la esperanza, aportándoles sentido y alegría de vivir.
En la Iglesia, el enfermo – inspirándonos en san Pablo – está alegre en sus sufrimientos, que soporta por sí mismo y por los otros, porque se une a su Señor Jesucristo, y completa en su carne lo que falta a los padecimientos de Cristo en favor de su cuerpo, que es la Iglesia (cf. Col 1,24). El enfermo, el anciano, quien sufre, al apropiarse en su situación la unción sagrada aporta de manera indecible a la salvación del mundo, introduce gracia de Dios en los vericuetos y entresijos de la historia. Cristo, que vive para la eternidad a la diestra de Dios Padre después de haber experimentado el dolor, el abandono y la muerte, los hace partícipes de su muerte y resurrección.

[vi] NdE. Por cuanto se ha afirmado, bien se puede decir que el sacramento de la unción de los enfermos es sumamente importante. Más aún, necesario. Ya algunos teólogos han afirmado que, en alguna circunstancia, este sacramento puede ser el único medio de salvación que se le pueda proporcionar a una persona que está a punto de fallecer – y de desfallecer – y, por lo mismo, se convierte en necesario para ella. Piénsese en quien, por alguna razón, ha perdido el uso de razón, o en quien, sin haberlo perdido, interiormente experimenta la culpa de un pecado mortal, pero no puede expresarlo, y sólo le queda espacio para la atrición, o quizás para la contrición. Casos en los que, sin duda, al moribundo se le debe administrar el sacramento (cf. cc. 1001; 1004-1005). Pero, urgiendo el argumento, quien se encuentra en una de esas situaciones, no está obligado gravemente, ni por ley divina ni por ley eclesiástica, sobre todo si no encuentra conciencia de pecado mortal, a pedir el sacramento: se trata de un consejo, o, quizás, de una exhortación a pesar de la expresión jacobea: “llame a los presbíteros de la Iglesia”, como la ha entendido la Iglesia, y con tal de que no solicitarlo no signifique lo que ya había reprobado la Iglesia en Trento: “el desprecio de un sacramento tan grande no puede tener lugar sin un enorme crimen y una lesión al Espíritu Santo mismo" (Sesión XIV, cap. III: DS 1699).

[vii] NdE. El Concilio de Trento, en la Sesión XIV a la cual nos hemos referido en estas notas, en el cap. III sobre la Extremaunción, enseñó que, cuando el enfermo recobrara su salud después de recibir la unción, podía recibir de nuevo la ayuda de este sacramento tanto si recayera en la enfermedad, o se encontrara nuevamente en un peligro de muerte similar.
El Concilio zanjó así las dudas que provenían de siglos anteriores (año 1117) cuando en los monasterios benedictinos – lo mismo que en los cistercienses – se repetía la unción, mientras otros autores y pastores estimaban que este sacramento “no debía ser repetido” (PL CLVII, 87 ss). Dada la fuerte ligazón que existía en ese entonces entre los sacramentos de la penitencia y de la unción, se estimaba que el enfermo a quien se había ungido, una vez recuperado, podía volver a pecar, y, por lo tanto, el efecto de la remisión de los pecados prometido por Santiago, y que las palabras empleadas por él no sugerían que la unción sólo pudiera ser efectuada una sola vez, sino, más bien, lo contrario, "ut quoties quis infirmatus fuerit, toties inungatur" (P.L., CLXXXIX, 392 sq.), como explicó el Abad Pedro del monasterio de Cluny. La oposición, entonces, comenzó a disminuir, hasta que se llegó a la decisión señalada del Concilio de Trento.
Otro asunto al que se dedicaron entonces los teólogos postridentinos fue, por consiguiente, las circunstancias o condiciones que justificarían la repetición de la unción para que ella fuera no sólo válida sino lícita: se trata de casos en los que una persona, después de la recuperación, vuelve a enfermarse gravemente o, en caso de enfermedad persistente donde no se produce una recuperación completa, o sucede tan a menudo como el probable peligro de muerte, después de desaparecer, regresa. Para que ocurra esta última situación, los teólogos requerían que trascurriera cierto intervalo, como de un mes, de modo que el peligro se considerara que ya había pasado. San Buenaventura había destacado en su tiempo que “es absurdo que un sacramento sea regulado por el movimiento de las estrellas” (in IV Sent., dist. xxiii, a. 2, q. iv, ad 2), lo cual implica que lo mismo sea un mes que un año.
Muchos teólogos, en cambio, eran de la opinión de que la extremaunción no es válida cuando se repite si el peligro de muerte se mantenía el mismo, y lo veían en las expresiones del Concilio de Trento. Otros autores decían que era “probablemente válido” hacerlo en tal situación. Otros, en fin, argüían que no habían sido pocos los testimonios que acreditaban en los siglos noveno a duodécimo la práctica de repetir la unción al mismo enfermo durante una semana, o indefinidamente, mientras durara la enfermedad. Coincidían estos con la práctica que se realizaba en las Iglesias Orientales, como ocurría en el Rito Copto. Ha de recordarse, sin embargo, que muchas de estas prácticas no se referían, como se ha advertido, propiamente a un sacramento, sino a un sacramental.
Lo que sí es claro en la tradición es que este sacramento no imprime carácter, por lo cual no existe razón propiamente sacramental para que este sacramento sea repetido, como ocurre con la Penitencia y, sobre todo, con la sagrada Comunión, por cuanto se trata de un incremento de la gracia santificante y del derecho a una reconfortante revitalización espiritual, de lo cual derivará la abundancia de gracias actuales. Ya ello solo justificaría la repetición del sacramento, inclusive si el efecto de la unción previa permanece. 

[viii] Se usan, por ejemplo: la palma, tanto de su fruto como de su semilla; de semillas: uva, amapola, calabaza, ricino (tóxico y purgante), chía, girasol, soya, ajonjolí, maní, arroz, maíz, lino, cártamo, cáñamo y marihuana, colza (en especial la variedad “canola”, abreviatura de Canadian oil low acid), almendra, nuez y avellana; de frutos, especialmente del coco y del olivo.
[ix] Este párrafo ha sido redactado con información tomada (20 de noviembre de 2019) de: https://es.wikipedia.org/wiki/Chert_(roca); https://igws.indiana.edu/IGNIS/GeoNamesDetails.cfm?ID=26801B95%2DF4D1%2D4FDD%2D994B%2D14D9F949BB92; https://en.wikipedia.org/wiki/Charlestown_State_Park; https://es.wikipedia.org/wiki/Lenguas_%C3%A1lgicas; https://es.wikipedia.org/wiki/Lenguas_algonquinas; https://es.wikipedia.org/wiki/Shawnee; https://www.monografias.com/trabajos/indigenas/indigenas2.shtml; Diop, Anta (1 de julio de 1989). The African Origin of Civilization: Myth or Reality?; y, muy especialmente, de: https://www.stonepages.com/news/archives/001708.html; https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S030544039790193X

[x] Consulta del 20 de noviembre de 2019: https://gredos.usal.es/bitstream/handle/10366/127033/18%20-%20OrigenesFarmacia.pdf?sequence=1

[xi] Se mencionan entre sus propulsores y divulgadores: Escribonio Largo, quien fuera médico del emperador Claudio y autor de la recopilación De Compositione Medicamentorum, y Plinio el Viejo, autor de los cinco libros que componían su Historia Naturalis en los que quiso dejar el saber de su época sobre medicina y farmacia.

[xii] Fuentes: http://biomodel.uah.es/model2/lip/clasif-fahy-ref.htm; Nelson, D. L. - Cox, M. M. (2000). Lehninger, Principles of Biochemistry (3rd edición). Worth Publishing. New York; Lampe, M. A. - Burlingame, A. L. - Whitney, J. - Williams, M. L. - Brown, B. E. - Roitman, E. - Elias, M. (1983). «Human stratum corneum lipids: characterization and regional variations». J. Lipid Res. 24 (2): 120-130; White, H., y Venkatesh, B. (2011). Revisión clínica: cetonas y lesión cerebral. Cuidados críticos, 15 (2), 219-229 (https://ccforum.biomedcentral.com/articles/10.1186/cc10020).

[xiii] Por ejemplo, cardiopatías. Véase en Food and Nutrition (Canada). (2007). “Appendix 9iii
Consultation on the health implications of alternatives to trans fatty acids” (http://www.hc-sc.gc.ca/fn-an/nutrition/gras-trans-fats/tf-ge/tf-gt_app9iii_e.html).

[xiv] Véase en (consulta del 20 de noviembre de 2019): https://www.nationalgeographic.com.es/historia/grandes-reportajes/aceite-articulo-multiusos-romanos_11568/6

[xv] Véase en (consulta del 20 de noviembre de 2019): https://www.elsevier.es/es-revista-offarm-4-articulo-la-uncion-13076824

[xvi] Véase “unción” en el Vocabulario de Teología Bíblica de Xavier León Dufour (Herder) pp. 809-812 (consulta del 20 de noviembre de 2019) en: http://parroquiasanjeronimo.es/wp-content/uploads/2016/06/leondufour.pdf

[xvii] Para la teología del Antiguo Testamento – continuada en esto, por cierto en el Nuevo – la enfermedad, el sufrimiento, la muerte, son consecuencia del pecado original, fundamentalmente, pero también pueden serlo de las propias limitaciones creaturales y, por supuesto, de los propios pecados personales. Leemos en el Catecismo de la Iglesia Católica:
“387 La realidad del pecado, y más particularmente del pecado de los orígenes, sólo se esclarece a la luz de la Revelación divina. Sin el conocimiento que ésta nos da de Dios no se puede reconocer claramente el pecado, y se siente la tentación de explicarlo únicamente como un defecto de crecimiento, como una debilidad psicológica, un error, la consecuencia necesaria de una estructura social inadecuada, etc. Sólo en el conocimiento del designio de Dios sobre el hombre se comprende que el pecado es un abuso de la libertad que Dios da a las personas creadas para que puedan amarle y amarse mutuamente.
“399 La Escritura muestra las consecuencias dramáticas de esta primera desobediencia. Adán y Eva pierden inmediatamente la gracia de la santidad original (cf. Rm 3,23). Tienen miedo del Dios (cf. Gn 3,9-10) de quien han concebido una falsa imagen, la de un Dios celoso de sus prerrogativas (cf. Gn 3,5).
“400 La armonía en la que se encontraban, establecida gracias a la justicia original, queda destruida; el dominio de las facultades espirituales del alma sobre el cuerpo se quiebra (cf. Gn 3,7); la unión entre el hombre y la mujer es sometida a tensiones (cf. Gn 3,11-13); sus relaciones estarán marcadas por el deseo y el dominio (cf. Gn 3,16). La armonía con la creación se rompe; la creación visible se hace para el hombre extraña y hostil (cf. Gn 3,17.19). A causa del hombre, la creación es sometida "a la servidumbre de la corrupción" (Rm 8,21). Por fin, la consecuencia explícitamente anunciada para el caso de desobediencia (cf. Gn 2,17), se realizará: el hombre "volverá al polvo del que fue formado" (Gn 3,19). La muerte hace su entrada en la historia de la humanidad (cf. Rm 5,12).

“Consecuencias del pecado de Adán para la humanidad
402 Todos los hombres están implicados en el pecado de Adán. San Pablo lo afirma: "Por la desobediencia de un solo hombre, todos fueron constituidos pecadores" (Rm 5,19): "Como por un solo hombre entró el pecado en el mundo y por el pecado la muerte y así la muerte alcanzó a todos los hombres, por cuanto todos pecaron..." (Rm 5,12). A la universalidad del pecado y de la muerte, el apóstol opone la universalidad de la salvación en Cristo: "Como el delito de uno solo atrajo sobre todos los hombres la condenación, así también la obra de justicia de uno solo (la de Cristo) procura a todos una justificación que da la vida" (Rm 5,18).
403 Siguiendo a san Pablo, la Iglesia ha enseñado siempre que la inmensa miseria que oprime a los hombres y su inclinación al mal y a la muerte no son comprensibles sin su conexión con el pecado de Adán y con el hecho de que nos ha transmitido un pecado con que todos nacemos afectados y que es "muerte del alma" (Concilio de Trento: DS 1512). Por esta certeza de fe, la Iglesia concede el Bautismo para la remisión de los pecados incluso a los niños que no han cometido pecado personal (cf. ibíd., DS 1514).
404 ¿Cómo el pecado de Adán vino a ser el pecado de todos sus descendientes? Todo el género humano es en Adán sicut unum corpus unius hominis ("Como el cuerpo único de un único hombre") (Santo Tomás de Aquino, Quaestiones disputatae de malo, 4,1). Por esta "unidad del género humano", todos los hombres están implicados en el pecado de Adán, como todos están implicados en la justicia de Cristo. Sin embargo, la transmisión del pecado original es un misterio que no podemos comprender plenamente. Pero sabemos por la Revelación que Adán había recibido la santidad y la justicia originales no para él solo sino para toda la naturaleza humana: cediendo al tentador, Adán y Eva cometen un pecado personal, pero este pecado afecta a la naturaleza humana, que transmitirán en un estado caído (cf. Concilio de Trento: DS 1511-1512). Es un pecado que será transmitido por propagación a toda la humanidad, es decir, por la transmisión de una naturaleza humana privada de la santidad y de la justicia originales. Por eso, el pecado original es llamado "pecado" de manera análoga: es un pecado "contraído", "no cometido", un estado y no un acto.
405 Aunque propio de cada uno (cf. ibíd., DS 1513), el pecado original no tiene, en ningún descendiente de Adán, un carácter de falta personal. Es la privación de la santidad y de la justicia originales, pero la naturaleza humana no está totalmente corrompida: está herida en sus propias fuerzas naturales, sometida a la ignorancia, al sufrimiento y al imperio de la muerte e inclinada al pecado (esta inclinación al mal es llamada "concupiscencia"). El Bautismo, dando la vida de la gracia de Cristo, borra el pecado original y devuelve el hombre a Dios, pero las consecuencias para la naturaleza, debilitada e inclinada al mal, persisten en el hombre y lo llaman al combate espiritual.
406 La doctrina de la Iglesia sobre la transmisión del pecado original fue precisada sobre todo en el siglo V, en particular bajo el impulso de la reflexión de san Agustín contra el pelagianismo, y en el siglo XVI, en oposición a la Reforma protestante. Pelagio sostenía que el hombre podía, por la fuerza natural de su voluntad libre, sin la ayuda necesaria de la gracia de Dios, llevar una vida moralmente buena: así reducía la influencia de la falta de Adán a la de un mal ejemplo. Los primeros reformadores protestantes, por el contrario, enseñaban que el hombre estaba radicalmente pervertido y su libertad anulada por el pecado de los orígenes; identificaban el pecado heredado por cada hombre con la tendencia al mal (concupiscentia), que sería insuperable. La Iglesia se pronunció especialmente sobre el sentido del dato revelado respecto al pecado original en el II Concilio de Orange en el año 529 (cf. Concilio de Orange II: DS 371-372) y en el Concilio de Trento, en el año 1546 (cf. Concilio de Trento: DS 1510-1516).
Un duro combate...
407 La doctrina sobre el pecado original —vinculada a la de la Redención de Cristo— proporciona una mirada de discernimiento lúcido sobre la situación del hombre y de su obrar en el mundo. Por el pecado de los primeros padres, el diablo adquirió un cierto dominio sobre el hombre, aunque éste permanezca libre. El pecado original entraña "la servidumbre bajo el poder del que poseía el imperio de la muerte, es decir, del diablo" (Concilio de Trento: DS 1511, cf. Hb 2,14). Ignorar que el hombre posee una naturaleza herida, inclinada al mal, da lugar a graves errores en el dominio de la educación, de la política, de la acción social (cf. CA 25) y de las costumbres.
408 Las consecuencias del pecado original y de todos los pecados personales de los hombres confieren al mundo en su conjunto una condición pecadora, que puede ser designada con la expresión de san Juan: "el pecado del mundo" (Jn 1,29). Mediante esta expresión se significa también la influencia negativa que ejercen sobre las personas las situaciones comunitarias y las estructuras sociales que son fruto de los pecados de los hombres (cf. RP 16).
409 Esta situación dramática del mundo que "todo entero yace en poder del maligno" (1 Jn 5,19; cf. 1 P 5,8), hace de la vida del hombre un combate: «A través de toda la historia del hombre se extiende una dura batalla contra los poderes de las tinieblas que, iniciada ya desde el origen del mundo, durará hasta el último día, según dice el Señor. Inserto en esta lucha, el hombre debe combatir continuamente para adherirse al bien, y no sin grandes trabajos, con la ayuda de la gracia de Dios, es capaz de lograr la unidad en sí mismo» (GS 37,2).
418 Como consecuencia del pecado original, la naturaleza humana quedó debilitada en sus fuerzas, sometida a la ignorancia, al sufrimiento y al dominio de la muerte, e inclinada al pecado (inclinación llamada "concupiscencia").”

[xviii] NdE. De hecho, desde los comienzos de la Tradición cristiana autores como Víctor de Antioquía, Teofilacto, Eutimio, San Beda y otros, así como durante la Edad Media los escolásticos, señalaron que el texto de Mc 6,13, junto con el de St 5,14-15, que veremos un poco más adelante, se referían propiamente al sacramento de la unción de los enfermos, sea, como indicaron algunos de ellos, como el registro de su institución por Cristo, sea, como señalaron otros de ellos, como la prueba de su promesa o de su intención (como afirmó Trento) de instituirlo. Tal unción no sería simplemente un acto terapéutico, como el que se emplea en la medicina, sino un acto específicamente sacramental. Las oposiciones, con todo, no se han dejado de expresar, pues algunos señalan que, por ejemplo, sólo se alude a una curación corporal, o que los curados no habían recibido el bautismo, o que los Apóstoles aún no habían sido hechos sacerdotes, o que aún no existía el sacramento de la penitencia, del que la unción es su complemento. Razones de más, por las que Trento precisamente sólo afirmó que en el texto de Mc Jesús insinuaba o prefiguraba la milagrosa unción que luego realizarían los Apóstoles, de la misma manera como el bautismo de Juan prefiguraba o insinuaba el bautismo cristiano.

[xix] “En una ocasión, Pedro y Juan subían al Templo para la oración de la tarde. Allí encontraron a un paralítico de nacimiento, que ponían diariamente junto a la puerta del Templo llamada «la Hermosa», para pedir limosna a los que entraban. Cuando él vio a Pedro y a Juan entrar en el Templo, les pidió una limosna. Entonces Pedro, fijando la mirada en él, lo mismo que Juan, le dijo: «Míranos». El hombre los miró fijamente esperando que le dieran algo. Pedro le dijo: «No tengo plata ni oro, pero te doy lo que tengo: en el nombre de Jesucristo de Nazaret, levántate y camina». Y tomándolo de la mano derecha, lo levantó; de inmediato, se le fortalecieron los pies y los tobillos. Dando un salto, se puso de pie y comenzó a caminar; y entró con ellos en el Templo, caminando, saltando y glorificando a Dios. Toda la gente lo vio caminar y alabar a Dios. Reconocieron que era el mendigo que pedía limosna sentado a la puerta del Templo llamada «la Hermosa», y quedaron asombrados y llenos de admiración por lo que le había sucedido. Como él no soltaba a Pedro y a Juan, todo el pueblo, lleno de asombro, corrió hacia ellos, que estaban en el pórtico de Salomón” (He 3, 1-11).

[xx] “Los Apóstoles hacían muchos signos y prodigios en el pueblo. Todos solían congregarse unidos en un mismo espíritu, bajo el pórtico de Salomón, pero ningún otro se atrevía a unirse al grupo de los Apóstoles, aunque el pueblo hablaba muy bien de ellos. Aumentaba cada vez más el número de los que creían en el Señor, tanto hombres como mujeres. Y hasta sacaban a los enfermos a las calles, poniéndolos en catres y camillas, para que cuando Pedro pasara, por lo menos su sombra cubriera a alguno de ellos. La multitud acudía también de las ciudades vecinas a Jerusalén, trayendo enfermos o poseídos por espíritus impuros, y todos quedaban curados” (He 5,12-16).

[xxi] “Felipe descendió a una ciudad de Samaría y allí predicaba a Cristo. Al oírlo y al ver los milagros que hacía, todos recibían unánimemente las palabras de Felipe. Porque los espíritus impuros, dando grandes gritos, salían de muchos que estaban poseídos, y buen número de paralíticos y lisiados quedaron curados. Y fue grande la alegría de aquella ciudad.”

[xxii] “Pedro, en una gira por todas las ciudades, visitó también a los santos que vivían en Lida. Allí encontró a un paralítico llamado Eneas, que estaba postrado en cama desde hacía ocho años. Pedro le dijo: «Eneas, Jesucristo te devuelve la salud: levántate, y arregla tú mismo la cama». El se levantó en seguida, y al verlo, todos los habitantes de Lida y de la llanura de Sarón se convirtieron al Señor. Entre los discípulos de Jope había una mujer llamada Tabitá, que quiere decir «gacela». Pasaba su vida haciendo el bien y repartía abundantes limosnas. Pero en esos días se enfermó y murió. Después de haberla lavado, la colocaron en la habitación de arriba. Como Lida está cerca de Jope, los discípulos, enterados de que Pedro estaba allí, enviaron a dos hombres para pedirle que acudiera cuanto antes. Pedro salió en seguida con ellos. Apenas llegó, lo llevaron a la habitación de arriba. Todas las viudas lo rodearon y, llorando, le mostraban las túnicas y los abrigos que les había hecho Tabitá cuando vivía con ellas. Pedro hizo salir a todos afuera, se puso de rodillas y comenzó a orar. Volviéndose luego hacia el cadáver, dijo: «Tabitá, levántate». Ella abrió los ojos y, al ver a Pedro, se incorporó. El la tomó de la mano y la hizo levantar. Llamó entonces a los hermanos y a las viudas, y se las devolvió con vida. La noticia se extendió por toda la ciudad de Jope, y muchos creyeron en el Señor” (He 9,32-42).

[xxiii] “Un hombre llamado Ananías, junto con su mujer, Safira, vendió una propiedad, y de acuerdo con ella, se guardó parte del dinero y puso el resto a disposición de los Apóstoles. Pedro le dijo: «Ananías, ¿por qué dejaste que Satanás se apoderara de ti hasta el punto de engañar al Espíritu Santo, guardándote una parte del dinero del campo? ¿Acaso no eras dueño de quedarte con él? Y después de venderlo, ¿no podías guardarte el dinero? ¿Cómo se te ocurrió hacer esto? No mentiste a los hombres sino a Dios». Al oír estas palabras, Ananías cayó muerto. Un gran temor se apoderó de todos los que se enteraron de lo sucedido. Vinieron unos jóvenes, envolvieron su cuerpo y lo llevaron a enterrar. Unas tres horas más tarde, llegó su mujer, completamente ajena a lo ocurrido. Pedro le preguntó: «¿Es verdad que han vendido el campo en tal suma?». Ella respondió: «Sí, en esa suma». Pedro le dijo: «¿Por qué se han puesto de acuerdo para tentar así al Espíritu del Señor? Mira junto a la puerta las pisadas de los que acaban de enterrar a tu marido; ellos también te van a llevar a ti». En ese mismo momento, ella cayó muerta a sus pies; los jóvenes, al entrar, la encontraron muerta, la llevaron y la enterraron junto a su marido. Un gran temor se apoderó entonces de toda la Iglesia y de todos los que oyeron contar estas cosas. Los Apóstoles hacían muchos signos y prodigios en el pueblo. Todos solían congregarse unidos en un mismo espíritu, bajo el pórtico de Salomón, pero ningún otro se atrevía a unirse al grupo de los Apóstoles, aunque el pueblo hablaba muy bien de ellos” (He 5,1-13).

[xxiv] “Saulo y Bernabé, enviados por el Espíritu Santo, fueron a Seleucia y de allí se embarcaron para Chipre. Al llegar a Salamina anunciaron la Palabra de Dios en las sinagogas de los judíos, y Juan colaboraba con ellos. Recorrieron toda la isla y llegaron hasta Pafos, donde encontraron a un mago judío llamado Barjesús, que se hacía pasar por profeta y estaba vinculado al procónsul Sergio Pablo, hombre de gran prudencia. Este hizo llamar a Bernabé y a Saulo, porque deseaba escuchar la Palabra de Dios. Pero los discípulos chocaron con la oposición de Barjesús –llamado Elimas, que significa mago– el cual quería impedir que el procónsul abrazara la fe. Saulo, llamado también Pablo, lleno del Espíritu Santo, clavó los ojos en él, y le dijo: «Hombre falso y lleno de maldad, hijo del demonio, enemigo de la justicia, ¿cuándo dejarás de torcer los rectos caminos del Señor? Ahora la mano del Señor va a caer sobre ti: quedarás ciego y privado por un tiempo de la luz del sol». En ese mismo momento, se vio envuelto en oscuridad y tinieblas, y andaba a tientas buscando a alguien que le tendiera la mano. Al ver lo que había sucedido, el procónsul, profundamente impresionado por la doctrina del Señor, abrazó la fe.” (He 13,4-12).

[xxv] “En Iconio, Pablo y Bernabé entraron en la sinagoga de los judíos, como lo hacían habitualmente, y predicaron de tal manera que un gran número de judíos y paganos abrazaron la fe. Pero los judíos que no creyeron, incitaron a los paganos y los indispusieron en contra de los hermanos. A pesar de todo, Pablo y Bernabé prolongaron su estadía y hablaban con toda libertad, confiados en el Señor que confirmaba el mensaje de su gracia, dándoles el poder de realizar signos y prodigios. Los habitantes de la ciudad se dividieron en dos bandos, uno en favor de los judíos y otro en favor de los Apóstoles. Pero como los paganos y los judíos, dirigidos por sus jefes, intentaron maltratar y apedrear a los Apóstoles, estos, al enterarse, huyeron a Listra y a Derbe, ciudades de Licaonia, y a sus alrededores; y allí anunciaron la Buena Noticia. Había en Listra un hombre que tenía las piernas paralizadas. Como era tullido de nacimiento, nunca había podido caminar, y sentado, escuchaba hablar a Pablo. Este mirándolo fijamente, vio que tenía la fe necesaria para ser curado, y le dijo en voz alta: «Levántate, y permanece erguido sobre tus pies». El se levantó de un salto y comenzó a caminar” (He 14,1-10).

[xxvi] “De allí fuimos a Filipos, ciudad importante de esta región de Macedonia y colonia romana. Pasamos algunos días en esta ciudad, y el sábado nos dirigimos a las afueras de la misma, a un lugar que estaba a orillas del río, donde se acostumbraba a hacer oración. Nos sentamos y dirigimos la palabra a las mujeres que se habían reunido allí. Había entre ellas una, llamada Lidia, negociante en púrpura, de la ciudad de Tiatira, que adoraba a Dios. El Señor le tocó el corazón para que aceptara las palabras de Pablo. Después de bautizarse, junto con su familia, nos pidió: «Si ustedes consideran que he creído verdaderamente en el Señor, vengan a alojarse en mi casa»; y nos obligó a hacerlo. Un día, mientras nos dirigíamos al lugar de oración, nos salió al encuentro una muchacha poseída de un espíritu de adivinación, que daba mucha ganancia a sus patrones adivinando la suerte. Ella comenzó a seguirnos, a Pablo y a nosotros, gritando: «Esos hombres son los servidores del Dios Altísimo, que les anuncian a ustedes el camino de la salvación». Así lo hizo durante varios días, hasta que al fin Pablo se cansó y, dándose vuelta, dijo al espíritu: «Yo te ordeno en nombre de Jesucristo que salgas de esta mujer», y en ese mismo momento el espíritu salió de ella. Pero sus patrones, viendo desvanecerse las esperanzas y de lucro, se apoderaron de Pablo y de Silas, los arrastraron hasta la plaza pública ante las autoridades […]” (He 16,12-19).

[xxvii] “Lo acompañaban Sópatro de Berea, hijo de Pirro; Aristarco y Segundo de Tesalónica; Gayo de Derbe, Timoteo, y también Tíquico y Trófimo de la provincia de Asia. Estos se adelantaron y nos esperaron en Tróade. Nosotros, partimos de Filipos por mar después de la fiesta de los panes Ácimos, y cinco días más tarde, nos reunimos con ellos en Tróade donde pasamos una semana. El primer día de la semana, cuando nos reunimos para partir el pan, Pablo, que debía salir al día siguiente, dirigió la palabra a la asamblea y su discurso se prolongó hasta la medianoche. La habitación donde nos habíamos reunido estaba muy iluminada. Un muchacho llamado Eutico, que se había sentado en el borde la ventana, tenía mucho sueño y se dormía mientras Pablo hablaba, hasta que, vencido por el sueño, se cayó desde un tercer piso. Cuando lo levantaron, estaba muerto. Pablo bajó, se echó sobre él y, abrazándolo, dijo: «No se alarmen, porque está vivo». Volvió a subir, partió el pan y comió. Luego siguió hablando mucho tiempo hasta el amanecer; y después salió. En cuanto al muchacho, lo llevaron a su casa con vida, y todos se sintieron muy reconfortados.” (He 20, 4-12).

[xxviii] “Pablo recogió unas ramas secas y las echó al fuego. El calor hizo salir una serpiente que se enroscó en su mano. Cuando los habitantes del lugar vieron el reptil enroscado en su mano, comenzaron a decir entre sí: «Este hombre es seguramente un asesino: se ha salvado del mar, y ahora la justicia divina no le permite sobrevivir». Pero él tiró la serpiente al fuego y no sufrió ningún mal. Ellos esperaban que se hinchara o cayera muerto. Después de un largo rato, viendo que no le pasaba nada, cambiaron de opinión y decían: «Es un dios». Había en los alrededores una propiedad perteneciente al principal de la isla, llamado Publio. Este nos recibió y nos brindó cordial hospitalidad durante tres días. El padre de Publio estaba en cama con fiebre y disentería. Pablo fue a verlo, oró, le impuso las manos y lo curó. A raíz de esto, se presentaron los otros enfermos de la isla y fueron curados” (He 28,3-9).

[xxix] NdE. Desde los comienzos del cristianismo se hizo práctica común que los fieles, antes de su muerte, pidieran y recibieran la comunión eucarística. Los mártires, por ejemplo, llevaban consigo la eucaristía para obtener de ella la fuerza para dar testimonio del Señor hasta el final y llegar hasta Aquel que combatía sus luchas con ellos. Muchos relatos nos quedaron de esos fieles y de la eucaristía recibida en esas condiciones. Más aún, como se ha dicho (http://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/11/l.html), a los penitentes, que debían privarse de recibir la comunión, se les concedía recibirla cuando se encontraban cercanos a la muerte, y así lo estableció el Concilio de Nicea: “Para con los moribundos obsérvese aún la antigua norma por la que, en peligro de muerte, nadie sea privado del último y necesario viático [...] y, como regla general, que el obispo, tras informarse, admita a la eucaristía a cualquiera que se encuentre a punto de morir y lo pida” (DS 129). Esta norma fue confirmada por el Concilio de Trento, junto con la prescripción de conservar la eucaristía en el sagrario, a fin de que sea siempre posible llevarla a los enfermos (cfr. DS 1645; 1657).
En la tradición cristiana ha sido práctica unir en una celebración para los enfermos los sacramentos de la penitencia, de la sagrada unción y del viático (http://teologocanonista2016.blogspot.com/2019/10/l_23.html) como oportunamente se ha indicado. El proceso de participación en la naturaleza divina comenzado en el bautismo y proseguido en la confirmación y en la eucaristía (“quien coma mi carne [...] tendrá la vida eterna y yo lo resucitaré en el último día [...] quien coma este pan vivirá para siempre” (Jn 6, 54-58), encuentra en los demás sacramentos otras tantas nuevas gracias que al discípulo, si se dispone adecuadamente a aprovecharlas, le permiten llegar a configurarse más plenamente con su Señor.
Ser fiel y perseverar hasta el final de la vida sólo es posible con la ayuda de los sacramentos, por eso ninguno de ellos debería ser ni dejado de lado, ni, mucho menos, despreciado, si de ello no se quieren obtener consecuencias negativas. Esto es tanto más importante de considerar si reconocemos que esa vida nueva que se nos ha dado también se puede perder ante nuestra fragilidad, ante las tentaciones, la enfermedad y la muerte.
La Iglesia, discípula y ministra del Señor, ofrece las gracias del perdón de los pecados y del consuelo en la enfermedad y en la ancianidad que otorgan los sacramentos de la Penitencia/Reconciliación y de la Unción de los enfermos, y también, particularmente a aquellos que están a punto de dejar esta vida terrena, la eucaristía como Viático: sacramentos que “preparan para entrar en la Patria celeste” y “cierran nuestra peregrinación” terrestre. Estos sacramentos pueden conducir a quienes los reciben con fe a un cambio profundo de su modo de pensar, de obrar, de vivir, a una conversión profunda hacia Dios. Recibido el perdón de los pecados y la absolución de las penas que son consecuencia de ellos; efectuada la reconciliación con Dios y con la Iglesia, la purificación final que se efectúa por medio de estos sacramentos es un progreso serio en orden a la santificación personal, a la configuración con la pascua del Señor.

[xxx] El Ordo unctionis infirmorum eorumque pastoralis curae fue publicado el 7 de diciembre de 1972, y su traducción española fue publicada por la Conferencia episcopal en 1974. Al mismo tiempo que se publicaba la traducción oficial española del Ritual, el Episcopado español publicó las siguientes orientaciones doctrinales y pastorales:
“1.- Como toda la liturgia después de la Sacrosanctum Concilium, el sacramento de la unción tiene que verse en relación con el misterio pascual de Cristo del que toma todo su valor. Celebramos en este sacramento la fuente de la vida que supera el sufrimiento y la muerte. Esa fuerza que ya ha actuado en Cristo actúa también en sus miembros débiles y enfermos. El sacramento de la unción es el sacramento de la vida amenazada.104
2.- La Iglesia quiere ser fiel a la misión de Cristo que pasó haciendo el bien y curando, y envió a sus discípulos a predicar y a curar a los enfermos (Mt 10,1.5.8; Mc 6,12; 16,15-17; Hch 3,1-16). Pablo incluía dentro de los carismas propios de la comunidad el carisma de curación (1 Co 12,9). Santiago manda que cuando esté enfermo llame a los presbíteros de la Iglesia para que lo unjan con aceite y oren por él (Stg 5,14-16). El propio Señor dijo: “Estuve enfermo y me visitasteis” (Mt 25,36). El ministerio de curación deriva de la caridad, que se sirve de los medios ordinarios, e implica a la Iglesia en el campo de la medicina, farmacia, hospitales, y le lleva a la oración y a la liturgia como otros medios que no contradicen los anteriores. Así la Iglesia se mueve “entre la caridad y el rito” (D. Borobio).
3.- Por eso el sacramento se encuadra dentro de una pastoral de enfermos mucho más amplia, y no como un rito suelto. El ritual incluye algunas reflexiones sobre la enfermedad y el sufrimiento, da orientaciones para las visitas a los enfermos (RUE 35), y contiene también otros ritos para el viático, y la recomendación del alma para los moribundos.
4.- Se ha querido quitar la connotación que llevaba el nombre de extremaunción, para que no se vea como un sacramento para moribundos in articulo mortis, sino un sacramento para enfermos. El sacramento para el tránsito de esta vida no es la unción de los enfermos, sino el viático. Las orientaciones del episcopado español insisten en que el ritual “se sitúa no tanto en un contexto de muerte, cuanto en una perspectiva de vida” (Enchiridion p. 822). Tal como se venía administrando antes, estaba asociado demasiado directamente con la muerte. Más bien que una ayuda para levantar la esperanza del enfermo, venía a constituir una declaración de desahucio, con lo que el efecto psicológico sobre la salud era más bien negativo.
No tendría sentido celebrar este sacramento en el caso de enfermedades leves, pero sí puede hacerse en el caso de enfermedades de cierta entidad, o de operaciones quirúrgicas peligrosas (RUE 10), o en el caso de la ancianidad que traiga consigo un debilitamiento de fuerzas (RUE 11). Puede recibirse de nuevo en el caso de que un enfermo tras de haberlo recibido llegara a convalecer y más adelante tuviera una segunda crisis en su enfermedad (RUE 9). Se puede dar a los niños a condición de que comprendan el significado del sacramento (RUE 12).
5.- El antiguo Ritual presentaba como fruto de la unción primariamente el perdón de los pecados del moribundo, como una purificación antes de la muerte. De hecho la fórmula del sacramento pedía sólo el perdón de los pecados: “Por esta santa unción y por su piadosísima misericordia te perdone el Señor cuanto pecaste con la vista, el oído...” La idea de la sanación sólo se recogía en alguna de las oraciones subsiguientes. El nuevo ritual, sin negar ese fruto de purificación, ha querido poner el acento sobre todo en la oración por la curación del enfermo, que sea consecuencia del fortalecimiento de su fe y su esperanza (RUE 6). Podemos apreciar este aspecto en la nueva fórmula: “Por esta santa unción y por su bondadosa misericordia, te ayude el Señor con la gracia del Espíritu Santo, para que, libre de tus pecados, te conceda la salvación y te conforte en tu enfermedad”.
6.- Lejos de apoyarse sólo sobre un concepto mágico del opus operatum, la comprensión del sacramento se abre a la dimensión psicosomática que tiene toda enfermedad, y al influjo que la psiquis tiene sobre el cuerpo, y el influjo que el espíritu del hombre tiene sobre el psiquismo. Hay que celebrar el sacramento de un modo que refuerce la esperanza del enfermo, la intensidad de su fe y sus lazos comunitarios con la familia, que muchas veces quedan dañados por la enfermedad. Todo esto son elementos de un gran valor terapéutico que sirven como mediaciones de la gracia divina. En muchos casos la enfermedad ha sido la oportunidad para un gran encuentro con Cristo.
7.- Se insiste en la conveniencia de que el enfermo sea catequizado sobre este sacramento en la medida que sea posible (RUE 17), y que al recibir la unción tenga conciencia y pueda participar activamente en ella, y también en que sea él mismo quien solicite la unción (RUE 13). La fórmula de la unción prevé que la persona que la recibe responda “Amén”, mientras que en la antigua fórmula no se esperaba ninguna respuesta. No se debe practicar la unción cuando hay una razonable certeza de que la persona está ya muerta (RUE 14). El CIC ha eliminado cualquier referencia a una unción sub condicione (RUE 15).
8.- Se exhorta a la celebración comunitaria, que puede ser incluso dentro de la Eucaristía y con participación de un gran número de enfermos. Este puede ser el caso en hospitales o en Eucaristías especiales por los enfermos de una ciudad o de una parroquia. Para el caso de una celebración individual, se exhorta a que los familiares del enfermo tengan una participación activa en las lecturas, las respuestas o los cantos. Antiguamente el sacramento se celebraba poco menos que clandestinamente, de un modo un tanto vergonzante, y se procuraba mantener alejados a los familiares, con la menor visibilidad y ruido posible.
9.- El ministro del sacramento es solamente el sacerdote -obispo o presbítero (RUE 16). Normalmente celebrará la unción el que tenga algún tipo de autoridad pastoral, como puede ser el párroco, el capellán del hospital, el superior de una comunidad religiosa, pero por causa razonable cualquier presbítero puede celebrarlo “con el consentimiento, al menos presunto, de la persona que tiene autoridad en aquel lugar (RUE 18). El sacerdote puede llevar consigo habitualmente el óleo bendecido (CIC 1003).
10.- Una de las modalidades de celebración es el llamado “rito continuo” (RUE 30), según el cual, en casos de extrema gravedad, el enfermo recibe consecutivamente los sacramentos de la penitencia, de la unción y de la Eucaristía en forma de Viático. Fuera de caso de gravedad es preferible que no se mezclen los sacramentos y el enfermo reciba la penitencia en otro momento anterior (Orientaciones del episcopado 62, Enchiridion p. 827). Si la muerte fuera inminente, tendría que preceder la absolución de forma genérica, el viático y finalmente, si hay tiempo, la unción. En peligro de muerte, si el enfermo no hubiese recibido todavía la confirmación, se la puede administrar “el párroco, o incluso cualquier presbítero”, con tal que tengan el crisma bendecido por el obispo (RUE 31).
11.- Aunque toda la reforma litúrgica vaticana se caracteriza en general por su flexibilidad, en ningún otro sacramento está permitido adaptar tanto los ritos y oraciones a la necesidad del enfermo y de los que le rodean. Los textos son muy distintos según se trate de un enfermo de quien cabe esperar una recuperación, o de un moribundo in articulo mortis. Hay que tener muy en cuenta el estado físico del enfermo y su posible fatiga a la hora de celebrar un rito más o menos breve. Como dice Smolarski, “las oraciones suaves y llenas de esperanza, los pasajes de la Escritura y las rúbricas relativas a los gestos rituales, todo invita al ministro a celebrar los ritos con ternura, sensibilidad y cariño”.105
12.- Como toda la liturgia del Vaticano II, el nuevo rito de la unción incluye unos ritos iniciales, en los cuales se favorece el encuentro personal, una liturgia de la palabra con leccionarios apropiados a las distintas situaciones posibles; es conveniente si la debilidad del enfermo lo permite, una breve homilía para ayudar a disponer el corazón del enfermo a recibir la gracia del sacramento; siguen las letanías u oración de los fieles.
13.- Cobra una importancia especial en el nuevo rito la imposición de manos, que se hace de modo silencioso sobre la cabeza del enfermo (Lc 4,40; Mc 16,18; Stg 5,14). Tiene lugar después de la letanía de intercesión, e inmediatamente antes de la bendición del óleo y la unción. Este rito como instrumento de sanación tiene raigambre bíblica, como ya hemos señalado. Es precisamente mediante la imposición de manos como Jesús y los apóstoles realizaban su ministerio de curación. El contacto corporal es muy importante, puede ayudar a relajar a una persona que está tensa, como sucede en un masaje en el cuello; expresa la comunión que existe en el cuerpo místico de Cristo, cercanía, intimidad. Personas privadas de otros sentidos pueden todavía sentir la presencia de alguien cercano a través del contacto físico.
14.- Se da una nueva importancia al aceite empleado para la unción. La Constitución Sacram unctionem constata que no en todos los lugares es fácil encontrar aceite de oliva, y permite que se utilice otro tipo de aceite vegetal más propio de la cultura local.106 Además la bendición ahora la puede hacer el mismo sacerdote en el curso de la celebración (RUE 21-22). Conviene usar el aceite con abundancia, de manera que la unción sea visible y palpable. No se debe quitar el aceite inmediatamente, sino dejar que sea absorbido lentamente por la piel. Si sobrase aceite del que ha sido bendecido ad casum, se le puede hacer arder como una lámpara hasta que se consuma del todo.
15.- En el rito reformado se ha reducido el número de unciones. Hay sólo dos, una en la frente y otra en las manos. El nuevo rito no especifica si la unción de las manos se hace en la palma o en el reverso de la mano. El antiguo rito especificaba que se ungían las palmas al laico, y el reverso de los sacerdotes cuyas palmas ya estaban ungidas. Según las circunstancias podría omitirse la unción en las manos y dejarlo todo reducido a una única unción en la frente. Si la frente estuviera muy herida o quemada, se puede ungir otro miembro del cuerpo. Se podría también ungir además el miembro enfermo para significar más el poder curativo del sacramento (RUE 24).
16.- Es muy importante, como hemos dicho, que la unción se inscriba dentro de toda una pastoral de enfermos, y que el sacramento sea precedido y continuado por toda una serie de visitas y encuentros, en que se fomente el diálogo pastoral, la oración, la comunión frecuente, la imposición de manos. Para ello es importante que en toda parroquia esté constituido un ministerio de asistencia a enfermos, con personas que tengan ese carisma y esa vocación, y que estén bien capacitadas, y que sean instituidas de una manera oficial con ese ministerio.”
[xxxi] NdE. Incluyo en esta nota el texto de los prenotanda del "Ritual de la Unción de los enfermos", es decir, la Introducción de la edición típica del Ordo Unctionis infirmorum eorunque pastoralis curae del 7 de diciembre de 1972. Véase el texto de la introducción y el ritual mismo en (Ritual Conjunto de los Sacramentos. I. Introducciones II. Celebraciones. Ritual Romano reformado según los decretos del Concilio Vaticano II y promulgado por Su Santidad Pablo VI, págs. 201-229; 927-1091):

“I. LA ENFERMEDAD HUMANA Y SU SIGNIFICACIÓN EN EL MISTERIO DE SALVACIÓN
1. Las enfermedades y los dolores han sido siempre considerados como una de las mayores dificultades que angustian la conciencia de los hombres. Sin embargo, los que tienen la fe cristiana, aunque las sienten y experimentan, se ven ayudados por la luz le la fe, gracias a la cual perciben la grandeza del misterio del sufrimiento y soporta los mismos dolores con mayor fortaleza. En efecto: los cristianos no solamente conocer, por las propias palabras de Cristo, el significado y el valor de la enfermedad de cara a su salvación y la del mundo, sino que se saben amados por el mismo Cristo que en su vida tantas veces visitó y curó a los enfermos.
2. Aún cuando la enfermedad se halla estrechamente vinculada a la condición del hombre pecador, no siempre puede considerarse como un castigo impuesto a cada uno por sus propios pecados (1). El mismo Cristo, que no tuvo pecado, cumpliendo la profecía de Isaías, experimentó toda clase de sufrimientos en su pasión y participó en todos los dolores de los hombres; (2) más aún, cuando nosotros padecemos ahora, Cristo padece y sufre en sus miembros configurados con él No obstante, todos esos padecimientos son transitorios y pequeños comparados con el peso de gloria eterna que realizan en nosotros. (3)
3. Entra dentro del plan providencial de Dios el que el hombre luche ardientemente contra cualquier enfermedad y busque solícitamente la salud, para que pueda seguir desempeñando sus funciones en la sociedad y en la Iglesia con tal de que esté siempre dispuesto a completar lo que falta a la pasión de Cristo para la salvación del mundo, esperando la liberación y la gloría de los hijos de Dios. (4)
Es más: en la Iglesia, los enfermos, con su testimonio, deben recordar a los demás el valor de las cosas esenciales y sobrenaturales y manifestar que la vida mortal de los hambres ha de ser redimida por el misterio de la muerte y resurrección de Cristo
4. No basta sólo con que el enfermo luche contra la enfermedad, sino que los médicos y todos los que de algún modo tienen relación con los enfermos, han de hacer, intentar y disponer todo lo que consideren provechoso para aliviar el espíritu y el cuerpo de los que sufren; al comportarse así, cumple con aquella palabra de Cristo que mandaba visitar a los enfermos, queriéndonos indicar que era el hombre completo el que se confiaba a sus visitas para le ayudaran con medios físicos y le confortaran con consuelos espirituales.

II. LOS SACRAMENTOS QUE HAY QUE DAR A LOS ENFERMOS
A) La unción de los enfermos
5. Los Evangelios muestran claramente el cuidado corporal y espiritual con que el Señor atendió a los enfermos y el esmero que puso al ordenar sus discípulos que procedieran de igual manera. Sobre todo, revelé el sacramento de la unción que, instituido por él y proclamado en la carta de Santiago, fue celebrado siempre por la Iglesia en favor de sus miembros con la unción y la oración de los presbíteros, encomendando a los enfermos al Señor doliente y glorioso para que los alivie y los salve, (5) exhortándolos también para que asociándose libremente a la pasión y muerte de Cristo (6) colabore al bien del pueblo de Dios. (7)
En efecto, el hombre, al enfermar gravemente, necesita de una gracia de Dios, para que, dominado por la angustia, no desfallezca su ánimo, y sometido a la prueba, no se debilite su fe.
Por eso, Cristo robustece a sus fieles enfermos con el sacramento de unción, fortaleciéndolos con una firmísima protección. (8)
La celebración del sacramento consiste primordialmente en lo siguiente: previa la imposición de manos por los presbíteros de la Iglesia, se proclama la oración de la fe y se unge a los enfermos con el óleo santificado por la bendición de Dios: con este rito se significa y se confiere la gracia de sacramento.
6. Este sacramento otorga al enfermo la gracia del Espíritu Santo, con lo cual el hombre entero es ayudado en su salud, confortado por la confianza en Dios y robustecido contra las tentaciones del enemigo y la angustia de la muerte, de tal modo que pueda no sólo soportar sus males con fortaleza, sino también luchar contra ellos e, incluso, conseguir la salud si conviene para su salvación espiritual, asimismo, le concede, si es necesario, el perdón de los pecados y la plenitud de la penitencia cristiana. (9)
7. En la santa unción, que va unida a la oración de la fe, (10) se expresa ante todo la fe que hay que suscitar tanto en el que administra como, de manera especial, en el que recibe el sacramento; pues lo que salvará al enfermo es fe y la de la Iglesia, que mira a la muerte y resurrección de Cristo, de donde brota la eficacia del sacramento, (11) y entrevé el reino futuro cuya garantía se ofrece en los sacramentos. 

a) De aquellos a quienes se ha de dar la unción de los enfermos
8. En la carta de Santiago se declara que la unción debe darse a los enfermos para aliviarlos y salvarlos. (12) Por lo tanto, esta santa unción debe ser conferida con todo cuidado y diligencia a los fieles que, por enfermedad o avanzada edad, vean en grave peligro su vida. (13)
Para juzgar la gravedad de la enfermedad, basta con tener un dictamen prudente y probable de la misma, (14) sin ninguna clase de angustia, y si fuera necesario, consultando la situación con el médico.
9. Este sacramento puede celebrarse de nuevo en el caso de que el enfermo, tras haberlo recibido, llegara a convalecer; puede también repetirse si, en el caso de la misma enfermedad, la situación llegara a ser crítica.
10. Puedo darse la santa unción a un enfermo que va a ser operado, con tal de que una enfermedad grave sea la causa de la intervención quirúrgica.
11. Puede darse la santa unción a los ancianos, cuyas fuerzas se debilitan seriamente, aun cuando no padezcan una enfermedad grave.
12. Ha de darse la santa unción a los niños, a condición de que comprendan significado de este sacramento. En la duda sí han alcanzado el uso de razón, se les debe administrar el sacramento. (15)
13. Tanto en la catequesis comunitaria como en la familiar los fieles deben ser instruidos de modo que sean ellos mismos los que soliciten la unción y, llegado el tiempo oportuno de recibirla, puedan aceptarla con plena fe y devoción de espíritu, de modo que no cedan al riesgo de retrasar indebidamente el sacramento. Explíquese la naturaleza de este sacramento a todos cuantos asisten a los enfermos.
14. Ha de darse la santa unción a aquellos enfermos que, aun habiendo perdido el uso los sentidos y el conocimiento, cuando estaban en posesión de sus facultades lo hayan pedido al menos de manera implícita. (16)
15. El sacerdote que ha sido llamado cabe un enfermo que ya ha muerto, rece por él y pida a Dios que lo absuelva de sus pecados y lo admita misericordiosamente en su reino; pero no le administre la unción. Si dudara de la certeza de la muerte, ha de darle el sacramento con el rito descrito más abajo. (17)
No se dé la unción de los enfermos a quienes persistan obstinadamente en un pecado grave manifiesto. 

b) Del ministro de la unción de los enfermos
16. Sólo el sacerdote es el ministro propio de la unción de los enfermos. (18) Los Obispos, los párrocos y vicarios parroquiales, los capellanes de hospitals y los superiores de comunidades religiosas clericales, ejercen ordinariamente el oficio de este ministerio. (19)
17. A todos ellos pertenece cl disponer con una catequesis adecuada a los enfermos y a los que les rodean, mediante la colaboración de religiosos y seglares, y administrar el sacramento a los mismos enfermos.
Corresponde al Obispo diocesano la ordenación de aquellas celebraciones en las que, tal vez, se reúnen muchos enfermos para recibir la santa unción.
18. Por una causa razonable, cualquier otro sacerdote puede administrar este sacramento, con el consentimiento al menos presunto del ministro del que se habla más arriba en el número 16, al que se informará posteriormente deja celebración del sacramento.
19. Cuando dos o más sacerdotes se hallan ante un mismo enfermo, uno puede decir las oraciones y hacer la unción con su fórmula, y los otros pueden distribuirse entre si las otras partes del rito, como los ritos iniciales, la lectura de la palabra de Dios, las invocaciones y moniciones. Todos pueden hacer a la vez la imposición de manos. 

c) De las cosas que se necesitan para celebrar la unción
20. La materia apta del sacramento ese aceite de oliva, en caso necesario, otro óleo sacado de las plantas. (20)
21. El óleo que se emplea en la unción de los enfermos debe ser bendecido para este menester por el Obispo o por un presbítero que tenga esta facultad en virtud del derecho o de una especial concesión de la Santa Sede.
Además del Obispo, puede, en virtud del derecho, bendecir el óleo empleado en la unción de los enfermos:
* los que jurídicamente se equiparan al Obispo diocesano;
* cualquier sacerdote, en caso de necesidad, pero dentro de la celebración del sacramento. (21)
Y la bendición del óleo de los enfermos se hace normalmente en la misa crismal que celebra el Obispo en el día del Jueves Santo. (22)
22. Cuando, según el número 21, b, un sacerdote haya de bendecir dentro mismo rito el óleo, éste puede ser llevado por el propio presbítero o, también, puede ser preparado por los familiares del enfermo en un recipiente adecuado. Si, celebrado el sacramento, sobrara óleo bendecido, póngase en un algodón y quémese.
Cuando el sacerdote se sirva de un óleo que ha sido bendecido previamente por el Obispo o por otro sacerdote, llévelo en el recipiente en el que habitualmente se guarda. Dicho recipiente debe ser de material apto para conservar el óleo, estar limpio y contener suficiente cantidad de óleo empapado en un algodón para facilitar su uso. En este caso, el presbítero, una vez terminada la unción, vuelve a llevar el recipiente al lugar donde se guarda dignamente. Cuídese de que este óleo esté siempre en buen estado: para ello se renovará convenientemente, bien cada año tras la bendición que hace el Obispo el Jueves Santo, bien con mayor frecuencia si fuera necesario.
23. La unción se confiere ungiendo al enfermo en la frente y en las manos; conviene distribuir la fórmula de modo que la primera parte se diga mientras se unge la frente y al segunda parte mientras se ungen las manos.
Pero, en caso de necesidad, basta con hacer una sola unción en la frente según sea la situación concreta del enfermo, en otra parte conveniente del cuerpo, pronunciando siempre la fórmula íntegra.
24. No hay inconveniente en que, teniendo en cuenta las peculiaridades y adiciones de los pueblos, se aumente el número de unciones o se cambie el lugar de las mismas, lo cual se consignará en los respectivos Rituales particulares.
25. Esta es la fórmula por la que en el rito latino se confiere la unción los enfermos:
"POR ESTA SANTA UNCIÓN Y POR SU BONDADOSA MISERICORDIA, TE AYUDE EL SEÑOR CON LA GRACIA DEL ESPÍRITU SANTO, PARA QUE, LIBRE DE TUS PECADOS, TE CONCEDA LA SALVACIÓN Y TE CONFORTE EN TU ENFERMEDAD." 

B) El viático
26. En el tránsito de esta vida, el fiel, robustecido con el viático del Cuerpo y Sangre de Cristo, se ve protegido por la garantía de la resurrección, según palabras del Señor: "El que come mi carne y bebe ni sangre tiene vida eterna, y yo lo resucitaré en el último día". (23)
A ser posible, el viático debe recibirse en la misa de modo que el enfermo pueda comulgar bajo las dos especies, ya que, además, la comunión en forma de viático ha de considerarse como signo peculiar de la participación en el misterio que se celebra en el sacrificio de la misa, a saber, la muerte del Señor y su tránsito al Padre. (24)
27. Están obligados a recibir el viático todos los bautizados que pueden comulgar. En efecto. todos los fieles que se hallan en peligro de muerte, sea por la causa que fuere, están sometidos al precepto de la comunión; los pastores vigilarán para que no se difiera la administración de este sacramento y así puedan los fieles robustecerse con su fuerza en plena lucidez. (25)
28. Conviene, además, que el fiel durante la celebración del. viático renueve a fe de su bautismo, con el que recibió su condición de Hijo de Dios y se hizo coheredero de la promesa de la vida eterna.
29. Son ministros ordinarios del viático el párroco y los vicarios parroquiales, los capellanes y el superior de la comunidad en los institutos religiosos o sociedades de vida apostólica clericales, respecto a todos los que están en la casa. En caso de necesidad, o con permiso, al menos presupuesto, del ministro competente, cualquier sacerdote o diácono puede administrar el viático; si no hay un ministro sagrado, cualquier fiel debidamente designado.
El diácono debe seguir el orden descrito en el Ritual (26) para el sacerdote; los otros fieles deben adoptar el orden descrito para el ministro extraordinario en el Ritual de la sagrada comunión y el culto a la Eucaristía fuera de la misa. (27) 

C) El rito continuo
30. Con el fin de facilitar ciertos casos particulares en los que, sea por una enfermedad repentina o por otros motivos, el fiel se encuentra como de improviso en peligro de muerte, existe un rito continuo por el cual el enfermo puede recibir la fuerza de los sacramentos de la penitencia, de la unción y de la Eucaristía en forma de viático.
Mas si urge el peligro de muerte y no hay tiempo de administrar los tres sacramentos en el orden que se acaba de indicar, en primer lugar, dese al enfermo la oportunidad de la confesión sacramental que, en caso necesario, podrá hacerse de forma genérica; a continuación se le dará el viático, cuya recepción es obligatoria para todo fiel en peligro de muerte. Finalmente, si hay tiempo, se administrará la santa unción.
Si, por la enfermedad, no pudiese comulgar, se celebrará, la santa unción.
31. Si hubiera, de administrarse al enfermo el sacramento de a confirmación, téngase presente cuanto se indica en el Ritual de la unción. (28)
En peligro de muerte y siempre que el Obispo no pueda venir, tienen en virtud del derecho facultad para confirmar el párroco, e incluso cualquier presbítero. (29) 

III. LOS OFICIOS Y MINISTERIOS CERCA DE LOS ENFERMOS
32. En el Cuerpo de Cristo, que es la Iglesia, si padece un miembro, padecen con él todos los demás miembros. (30) De ahí que sean muy dignas de alabar la piedad hacia los enfermos y las llamadas obras de caridad y mutuo auxilio para remediar las necesidades humanas; (31) igualmente, todos los esfuerzos científicos para prolongar la vida (32) y toda la atención que cordialmente se presta a los enfermos, sean quienes sean los que así procedan, deben considerarse como una preparación evangélica y, de algún modo, participan en el misterio reconfortador de Cristo. (33)
33. Por eso. conviene sobremanera que todos los bautizados ejerzan este ministerio de Caridad mutua en el Cuerpo de Cristo, tanto en la lucha contra la enfermedad y en el amor a los que sufren como en la celebración de los sacramentos de los enfermos Estos sacramentos, como los demás, revisten un carácter comunitario que, en la medida de lo posible, debe manifestarse en su celebración.
34. La familia de los enfermos y los que, desde cualquier nivel, los atienden tienen una parte primordial en este ministerio reconfortador. A ellos les corresponde en primer lugar fortalecer a los enfermos con palabras de fe y con oraciones en común, encomendarlos al Señor doliente y glorioso e, incluso, exhortarlos para que, asociándose libremente a la pasión y muerte de Cristo, colaboren al bien del pueblo de Dios. (34) Al hacerse más grave la enfermedad, a ellos corresponde provenir al párroco y preparar al enfermo. Con palabras prudentes y afectuosas para que pueda recibir los sacramentos en el momento oportuno.
35. Recuerden los sacerdotes, sobre todo los párrocos y todos los que se mencionan en el número 16, que pertenece a su misión visitar a los enfermos con atención constante y ayudarles con inagotable caridad. (35) Deberán, sobre todo en la administración de los sacramentos, estimular la esperanza de los presentes y fomentar su fe en Cristo paciente y glorificado, de modo que, aportando el piadoso afecto de la Madre Iglesia y el consuelo de la fe, reconforten a los creyentes e inviten a los demás a pensar en las realidades eternas.
36. Para que pueda percibirse mejor todo lo que se ha dicho de los sacramentos de la unción y del viático y para que la fe pueda alimentarse, robustecerse y expresarse alejar, es de la mayor importancia que tanto los fieles en general como sobre todo los enfermos sean instruidos mediante una catequesis adecuada que les disponga a preparar la celebración y a participar realmente en ella, sobre todo si se hace comunitariamente. Como se sabe, la oración de la fe que acompaña a la celebración del sacramento es robustecida por la profesión de esa misma fe.
37. Al preparar y ordenar la celebración de los sacramentos, el sacerdote se informará del estado del enfermo, de modo que tenga en cuenta su situación, en la disposición del rito, en la elección de lecturas de la Sagrada Escritura y oraciones, en la posibilidad de celebrar la misa para administrar el viático, etc. Si es posible, el sacerdote debe determinar previamente todas estas cosas de acuerdo con el enfermo o con su familia, explicando la significación de los sacramentos.

IV. ADAPTACIONES QUE COMPETEN A LAS CONFERENCIAS EPISCOPALES
38. En virtud deja Constitución sobre la sagrada liturgia (36) es competencia de las Conferencias Episcopales preparar el Ritual particular correspondiente a este título del Ritual Romano, en consonancia con las necesidades de cada país, para que, una vez reconocido por la Santa Sede, pueda utilizarse en la región a que va destinado.
En este campo, pertenece a las Conferencias Episcopales:
a) Determinar las adaptaciones, de las que se habla en el número 39 de la Constitución sobre la sagrada liturgia.
b) Considerar, con objetividad y prudencia, lo que realmente puede aceptarse entre lo propio del espíritu y tradición de cada pueblo; por lo tanto, deberán ser sometidas al juicio y consentimiento de la Santa Sede aquellas otras adaptaciones que se estimen útiles o necesarias.
c) Mantener algunos elementos existentes en los antiguos Rituales particulares de enfermos, siempre que estén en consonancia con la Constitución sobre la sagrada liturgia y las necesidades actuales; de lo contrario, deberán revisarse.
d) Preparar las versiones de los textos de modo que respondan realmente a la idiosincrasia de las diferentes lenguas y al espíritu de las diversas culturas, añadiendo. siempre que parezca oportuno, melodías para ser cantadas.
e) Si fuera necesario, adaptar y completar los praenotanda del Ritual Romano para lograr una participación más consciente y viva de los fieles.
f) En la edición de los libros litúrgicos bajo la responsabilidad de las Conferencias Episcopales, distribuir la materia según el método que parezca más adecuado para su uso pastoral.
39. Cuando el Ritual Romano ofrece varias fórmulas a elección del usuario, los Rituales particulares pueden añadir otras fórmulas parecidas.
V. ADAPTACIONES QUE COMPETEN AL MINISTRO
40. Teniendo en cuenta las circunstancias y necesidades de cada caso, así corno los deseos de los enfermos y de los fieles, el ministro puede usar las diversas facultades que se le ofrecen en la ejecución de los ritos:

a) Primordialmente atenderá a la situación de fatiga de los enfermos ya las variaciones que experimente su estado físico a lo largo del día y de cada momento. Por esta razón, podrá abreviar la celebración.

b) Cuando no haya asistencia de fieles, recuerde el sacerdote que en él y en el enfermo está la Iglesia. Por lo tanto, procure proporcionar al enfermo, antes o después de la celebración del sacramento, el amor y ayuda de la comunidad, bien por si mismo, bien, si el enfermo lo admite, por medio de otro cristiano de la comunidad.

c) Si, después de la unción, el enfermo se repusiera, aconséjele con suavidad que agradezca a Dios el beneficio recibido, por ejemplo, participando en una misa de acción de gracias o de otra manera parecida.

41. Por lo tanto, observe la estructura del rito en la celebración, pero acomodándose a las circunstancias del lugar y de las personas. Hágase el acto penitencial al comienzo del rito o después de la lectura de la Sagrada Escritura, según convenga. En lugar de la acción de gracias sobre el óleo, utilice una monición si le parece mejor. Todo esto habrá de tenerlo muy en cuenta, sobre todo cuando el enfermo se encuentra en un hospital y hay otros enfermos en la misma sala que, acaso, no participan de ningún modo en la celebración.”



Notas

1. Cf. 9, 3.

2. Cf. Is 53, 4-5.

3. Cf. 2 Co 4, 17.

4. Cf. Col 1, 24; Rm. 8, 19-21.

5. Cf. St 5, 14-16.

6. Cf. Rm 8, 17; cf., también, Col 1, 24; 2 Tm 2, 11-12; 1P 4, 13.

7. Cf. Concilio Tridentino, Sesión XIV, De extrema unctione, cap. 1: DS 1695: Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, sobre la Iglesia, núm. 11.

8. Cf. Concilio Tridentino, Sesión XIV, De extrema unctione, proemio: DS 1694.

9. Cf. ibid., proemio y cap. 2: DS 1694y 1696.

10. Cf. St 5, 15.

11. CF. St 5, 15; cf. STO. TOMÁS, In IV Sententiarum, d. 1, q. 1, a. 4, qc. 3.

12. Cf. Concilio Tridentino, Sesión XIV, De extrema unctione, cap. 2: DS 1696.

13. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, núm. 73.

14. Cf. PÍO XI, Carta Explorata res, de 2 de febrero de 1923.

15. Cf. Códígo de Derecho Canónico, can. 1005.

16. Cf. ibid., can. 1006.

17. Cf. Ritual de la unción y de la pastoral de enfermos, núms 229-230, Código de Derecho Canónico, Can. 1005.

18. Cf. Concilio Tridentino. Sesión XIV, De extrema unctione, cap. 3 y can. 4: DS 1697 y 1719, Código de Derecho Canónico, can. 1003, § 1.

19. Cf. Código de Derecho Canónico, can. 1003, § 2.

20. Cf. Ordo benedicendi oleum catechumenorum et infirmorun et conficiendi chrisma, Praenotanda, núm. 3, Typ¡s Polyglottis Vaticanis 1970.

21. Cf. Código de Derecho Canónico, can. 999.

22. Cf. Ordo benedicendi óleum catechumenorum et infirmorum et conficiendi chrisma, Praenotanda, núm. 9, Typis Polyglottis Vaticanis 1970.

23. Jn 6, 54.

24. Cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum mysterium, de 25 de mayo de 1967, núms. 36, 39 y 41: AAS 59 (1967), pp. 561, 562 y 563.

25. Ibid., núm. 39: AAS 59 (1967), p. 562.

26. Cf. Ritual de la unción y de la pastoral de enfermos, núms. 175-200.

27. Cf. Ritual de la sagrado comunión y del culto a la Eucaristía fuera de la misa, núms. 68-78.

28. Cf. Ritual de la unción y de la pastoral de enfermos, núms 203, 217 y 231-233.

29. Cf. Ordo Confirmationes, Praenotanda, núm. 7, c, Typis Polyglottis Vaticanis 1971.

30. Cf. 1Co 12, 26; cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, sobre La Iglesia núm. 7.

31. Cf. Concilio Vaticano II, Decreto Apostolicam actuositatem, sobre el apostolado de los seglares núm. 8.

32. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre a Iglesia en el mundo actual núm. 8.

33. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, sobre la Iglesia, núm. 28.

34. Cf. ibid núm. 21.

35. Cf. Código de Derecho Canónico, can 529, S 1.

36. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, núm. 63, b.

[xxxii] “1499 Con la sagrada unción de los enfermos y con la oración de los presbíteros, toda la Iglesia entera encomienda a los enfermos al Señor sufriente y glorificado para que los alivie y los salve. Incluso los anima a unirse libremente a la pasión y muerte de Cristo; y contribuir, así, al bien del Pueblo de Dios" (LG 11).

I. Fundamentos en la economía de la salvación

La enfermedad en la vida humana

1500 La enfermedad y el sufrimiento se han contado siempre entre los problemas más graves que aquejan la vida humana. En la enfermedad, el hombre experimenta su impotencia, sus límites y su finitud. Toda enfermedad puede hacernos entrever la muerte.

1501 La enfermedad puede conducir a la angustia, al repliegue sobre sí mismo, a veces incluso a la desesperación y a la rebelión contra Dios. Puede también hacer a la persona más madura, ayudarla a discernir en su vida lo que no es esencial para volverse hacia lo que lo es. Con mucha frecuencia, la enfermedad empuja a una búsqueda de Dios, un retorno a Él.

El enfermo ante Dios

1502 El hombre del Antiguo Testamento vive la enfermedad de cara a Dios. Ante Dios se lamenta por su enfermedad (cf Sal 38) y de Él, que es el Señor de la vida y de la muerte, implora la curación (cf Sal 6,3; Is 38). La enfermedad se convierte en camino de conversión (cf Sal 38,5; 39,9.12) y el perdón de Dios inaugura la curación (cf Sal 32,5; 107,20; Mc 2,5-12). Israel experimenta que la enfermedad, de una manera misteriosa, se vincula al pecado y al mal; y que la fidelidad a Dios, según su Ley, devuelve la vida: "Yo, el Señor, soy el que te sana" (Ex 15,26). El profeta entreve que el sufrimiento puede tener también un sentido redentor por los pecados de los demás (cf Is 53,11). Finalmente, Isaías anuncia que Dios hará venir un tiempo para Sión en que perdonará toda falta y curará toda enfermedad (cf Is 33,24).

Cristo, médico

1503 La compasión de Cristo hacia los enfermos y sus numerosas curaciones de dolientes de toda clase (cf Mt 4,24) son un signo maravilloso de que "Dios ha visitado a su pueblo" (Lc 7,16) y de que el Reino de Dios está muy cerca. Jesús no tiene solamente poder para curar, sino también de perdonar los pecados (cf Mc 2,5-12): vino a curar al hombre entero, alma y cuerpo; es el médico que los enfermos necesitan (Mc 2,17). Su compasión hacia todos los que sufren llega hasta identificarse con ellos: "Estuve enfermo y me visitasteis" (Mt 25,36). Su amor de predilección para con los enfermos no ha cesado, a lo largo de los siglos, de suscitar la atención muy particular de los cristianos hacia todos los que sufren en su cuerpo y en su alma. Esta atención dio origen a infatigables esfuerzos por aliviar a los que sufren.

1504 A menudo Jesús pide a los enfermos que crean (cf Mc 5,34.36; 9,23). Se sirve de signos para curar: saliva e imposición de manos (cf Mc 7,32-36; 8, 22-25), barro y ablución (cf Jn 9,6s). Los enfermos tratan de tocarlo (cf Mc 1,41; 3,10; 6,56) "pues salía de él una fuerza que los curaba a todos" (Lc 6,19). Así, en los sacramentos, Cristo continúa "tocándonos" para sanarnos.

1505 Conmovido por tantos sufrimientos, Cristo no sólo se deja tocar por los enfermos, sino que hace suyas sus miserias: "El tomó nuestras flaquezas y cargó con nuestras enfermedades" (Mt 8,17; cf Is 53,4). No curó a todos los enfermos. Sus curaciones eran signos de la venida del Reino de Dios. Anunciaban una curación más radical: la victoria sobre el pecado y la muerte por su Pascua. En la Cruz, Cristo tomó sobre sí todo el peso del mal (cf Is 53,4-6) y quitó el "pecado del mundo" (Jn 1,29), del que la enfermedad no es sino una consecuencia. Por su pasión y su muerte en la Cruz, Cristo dio un sentido nuevo al sufrimiento: desde entonces éste nos configura con Él y nos une a su pasión redentora.

“Sanad a los enfermos...”

1506 Cristo invita a sus discípulos a seguirle tomando a su vez su cruz (cf Mt 10,38). Siguiéndole adquieren una nueva visión sobre la enfermedad y sobre los enfermos. Jesús los asocia a su vida pobre y humilde. Les hace participar de su ministerio de compasión y de curación: "Y, yéndose de allí, predicaron que se convirtieran; expulsaban a muchos demonios, y ungían con aceite a muchos enfermos y los curaban" (Mc 6,12-13).

1507 El Señor resucitado renueva este envío ("En mi nombre [...] impondrán las manos sobre los enfermos y se pondrán bien", Mc 16,17-18) y lo confirma con los signos que la Iglesia realiza invocando su nombre (cf. Hch 9,34; 14,3). Estos signos manifiestan de una manera especial que Jesús es verdaderamente "Dios que salva" (cf Mt 1,21; Hch 4,12).

1508 El Espíritu Santo da a algunos un carisma especial de curación (cf 1 Co 12,9.28.30) para manifestar la fuerza de la gracia del Resucitado. Sin embargo, ni siquiera las oraciones más fervorosas obtienen la curación de todas las enfermedades. Así san Pablo aprende del Señor que "mi gracia te basta, que mi fuerza se muestra perfecta en la flaqueza" (2 Co 12,9), y que los sufrimientos que tengo que padecer, tienen como sentido lo siguiente: "Completo en mi carne lo que falta a las tribulaciones de Cristo, en favor de su Cuerpo, que es la Iglesia" (Col 1,24).

1509 "¡Sanad a los enfermos!" (Mt 10,8). La Iglesia ha recibido esta tarea del Señor e intenta realizarla tanto mediante los cuidados que proporciona a los enfermos, como por la oración de intercesión con la que los acompaña. Cree en la presencia vivificante de Cristo, médico de las almas y de los cuerpos. Esta presencia actúa particularmente a través de los sacramentos, y de manera especial por la Eucaristía, pan que da la vida eterna (cf Jn 6,54.58) y cuya conexión con la salud corporal insinúa san Pablo (cf 1 Co 11,30).

1510 No obstante, la Iglesia apostólica tuvo un rito propio en favor de los enfermos, atestiguado por Santiago: "Está enfermo alguno de vosotros? Llame a los presbíteros de la Iglesia, que oren sobre él y le unjan con óleo en el nombre del Señor. Y la oración de la fe salvará al enfermo, y el Señor hará que se levante, y si hubiera cometido pecados, le serán perdonados" (St 5,14-15). La Tradición ha reconocido en este rito uno de los siete sacramentos de la Iglesia (cf DS 216; 1324-1325; 1695-1696; 1716-1717).

Un sacramento de los enfermos

1511 La Iglesia cree y confiesa que, entre los siete sacramentos, existe un sacramento especialmente destinado a reconfortar a los atribulados por la enfermedad: la Unción de los enfermos:

«Esta unción santa de los enfermos fue instituida por Cristo nuestro Señor como un sacramento del Nuevo Testamento, verdadero y propiamente dicho, insinuado por Marcos (cf Mc 6,13), y recomendado a los fieles y promulgado por Santiago, apóstol y hermano del Señor» (Concilio de Trento: DS 1695, cf St 5, 14-15).

1512 En la tradición litúrgica, tanto en Oriente como en Occidente, se poseen desde la antigüedad testimonios de unciones de enfermos practicadas con aceite bendito. En el transcurso de los siglos, la Unción de los enfermos fue conferida, cada vez más exclusivamente, a los que estaban a punto de morir. A causa de esto, había recibido el nombre de "Extremaunción". A pesar de esta evolución, la liturgia nunca dejó de orar al Señor a fin de que el enfermo pudiera recobrar su salud si así convenía a su salvación (cf. DS 1696).

1513 La Constitución apostólica Sacram Unctionem Infirmorum del 30 de noviembre de 1972, de conformidad con el Concilio Vaticano II (cf SC 73) estableció que, en adelante, en el rito romano, se observara lo que sigue:

«El sacramento de la Unción de los enfermos se administra a los gravemente enfermos ungiéndolos en la frente y en las manos con aceite de oliva debidamente bendecido o, según las circunstancias, con otro aceite de plantas, y pronunciando una sola vez estas palabras: Per istam sanctam unctionem et suam piissimam misericordiam adiuvet te Dominus gratia Spiritus Sancti, ut a peccatis liberatum te salvet atque propitius allevet ("Por esta santa unción, y por su bondadosa misericordia, te ayude el Señor con la gracia del Espíritu Santo, para que, libre de tus pecados, te conceda la salvación y te conforte en tu enfermedad")» (Sacram Unctionem Infirmorum; cf CIC, can. 847, §1).


II. Quién recibe y quién administra este sacramento

En caso de grave enfermedad ...

1514 La Unción de los enfermos "no es un sacramento sólo para aquellos que están a punto de morir. Por eso, se considera tiempo oportuno para recibirlo cuando el fiel empieza a estar en peligro de muerte por enfermedad o vejez" (SC 73; cf CIC, can. 1004, §1; 1005; 1007; CCEO, can. 738).

1515 Si un enfermo que recibió la unción recupera la salud, puede, en caso de nueva enfermedad grave, recibir de nuevo este sacramento. En el curso de la misma enfermedad, el sacramento puede ser reiterado si la enfermedad se agrava. Es apropiado recibir la Unción de los enfermos antes de una operación importante. Y esto mismo puede aplicarse a las personas de edad avanzada cuyas fuerzas se debilitan.

"...llame a los presbíteros de la Iglesia"

1516 Solo los sacerdotes (obispos y presbíteros) son ministros de la Unción de los enfermos (cf Concilio de Trento: DS 1697; 1719; CIC, can 1003; CCEO. can. 739,1). Es deber de los pastores instruir a los fieles sobre los beneficios de este sacramento. Los fieles deben animar a los enfermos a llamar al sacerdote para recibir este sacramento. Y que los enfermos se preparen para recibirlo en buenas disposiciones, con la ayuda de su pastor y de toda la comunidad eclesial a la cual se invita a acompañar muy especialmente a los enfermos con sus oraciones y sus atenciones fraternas.


III. La celebración del sacramento

1517 Como en todos los sacramentos, la Unción de los enfermos se celebra de forma litúrgica y comunitaria (cf SC 27), que tiene lugar en familia, en el hospital o en la iglesia, para un solo enfermo o para un grupo de enfermos. Es muy conveniente que se celebre dentro de la Eucaristía, memorial de la Pascua del Señor. Si las circunstancias lo permiten, la celebración del sacramento puede ir precedida del sacramento de la Penitencia y seguida del sacramento de la Eucaristía. En cuanto sacramento de la Pascua de Cristo, la Eucaristía debería ser siempre el último sacramento de la peregrinación terrenal, el "viático" para el "paso" a la vida eterna.

1518 Palabra y sacramento forman un todo inseparable. La Liturgia de la Palabra, precedida de un acto de penitencia, abre la celebración. Las palabras de Cristo y el testimonio de los Apóstoles suscitan la fe del enfermo y de la comunidad para pedir al Señor la fuerza de su Espíritu.

1519 La celebración del sacramento comprende principalmente estos elementos: "los presbíteros de la Iglesia" (St 5,14) imponen —en silencio— las manos a los enfermos; oran por los enfermos en la fe de la Iglesia (cf St 5,15); es la epíclesis propia de este sacramento; luego ungen al enfermo con óleo bendecido, si es posible, por el obispo.

Estas acciones litúrgicas indican la gracia que este sacramento confiere a los enfermos.

IV. Efectos de la celebración de este sacramento

1520 Un don particular del Espíritu Santo. La gracia primera de este sacramento es una gracia de consuelo, de paz y de ánimo para vencer las dificultades propias del estado de enfermedad grave o de la fragilidad de la vejez. Esta gracia es un don del Espíritu Santo que renueva la confianza y la fe en Dios y fortalece contra las tentaciones del maligno, especialmente tentación de desaliento y de angustia ante la muerte (cf. Hb 2,15). Esta asistencia del Señor por la fuerza de su Espíritu quiere conducir al enfermo a la curación del alma, pero también a la del cuerpo, si tal es la voluntad de Dios (cf Concilio de Florencia: DS 1325). Además, "si hubiera cometido pecados, le serán perdonados" (St 5,15; cf Concilio de Trento: DS 1717).

1521 La unión a la Pasión de Cristo. Por la gracia de este sacramento, el enfermo recibe la fuerza y el don de unirse más íntimamente a la Pasión de Cristo: en cierta manera es consagrado para dar fruto por su configuración con la Pasión redentora del Salvador. El sufrimiento, secuela del pecado original, recibe un sentido nuevo, viene a ser participación en la obra salvífica de Jesús.

1522 Una gracia eclesial. Los enfermos que reciben este sacramento, "uniéndose libremente a la pasión y muerte de Cristo, contribuyen al bien del Pueblo de Dios" (LG 11). Cuando celebra este sacramento, la Iglesia, en la comunión de los santos, intercede por el bien del enfermo. Y el enfermo, a su vez, por la gracia de este sacramento, contribuye a la santificación de la Iglesia y al bien de todos los hombres por los que la Iglesia sufre y se ofrece, por Cristo, a Dios Padre.

1523 Una preparación para el último tránsito. Si el sacramento de la unción de los enfermos es concedido a todos los que sufren enfermedades y dolencias graves, lo es con mayor razón "a los que están a punto de salir de esta vida" (in exitu viae constituti; Concilio de Trento: DS 1698), de manera que se la llamado también sacramentum exeuntium ("sacramento de los que parten"; ibid.). La Unción de los enfermos acaba de conformarnos con la muerte y resurrección de Cristo, como el Bautismo había comenzado a hacerlo. Es la última de las sagradas unciones que jalonan toda la vida cristiana; la del Bautismo había sellado en nosotros la vida nueva; la de la Confirmación nos había fortalecido para el combate de esta vida. Esta última unción ofrece al término de nuestra vida terrena un escudo para defenderse en los últimos combates antes entrar en la Casa del Padre (cf ibid.: DS 1694).



Resumen


1526 "¿Está enfermo alguno entre vosotros? Llame a los presbíteros de la Iglesia, que oren sobre él y le unjan con óleo en el nombre del Señor. Y la oración de la fe salvará al enfermo, y el Señor hará que se levante, y si hubiera cometidos pecados, le serán perdonados" (St 5,14-15).

1527 El sacramento de la Unción de los enfermos tiene por fin conferir una gracia especial al cristiano que experimenta las dificultades inherentes al estado de enfermedad grave o de vejez.

1528 El tiempo oportuno para recibir la Santa Unción llega ciertamente cuando el fiel comienza a encontrarse en peligro de muerte por causa de enfermedad o de vejez.

1529 Cada vez que un cristiano cae gravemente enfermo puede recibir la Santa Unción, y también cuando, después de haberla recibido, la enfermedad se agrava.

1530 Sólo los sacerdotes (presbíteros y obispos) pueden administrar el sacramento de la Unción de los enfermos; para conferirlo emplean óleo bendecido por el obispo, o, en caso necesario, por el mismo presbítero que celebra.

1531 Lo esencial de la celebración de este sacramento consiste en la unción en la frente y las manos del enfermo (en el rito romano) o en otras partes del cuerpo (en Oriente), unción acompañada de la oración litúrgica del sacerdote celebrante que pide la gracia especial de este sacramento.

1532 La gracia especial del sacramento de la Unción de los enfermos tiene como efectos:

— la unión del enfermo a la Pasión de Cristo, para su bien y el de toda la Iglesia;
— el consuelo, la paz y el ánimo para soportar cristianamente los sufrimientos de la enfermedad o de la vejez;
— el perdón de los pecados si el enfermo no ha podido obtenerlo por el sacramento de la penitencia;
— el restablecimiento de la salud corporal, si conviene a la salud espiritual;
— la preparación para el paso a la vida eterna.”